Lo qué está en juego con la reglamentación de la Consulta Indígena en México

Idioma Español
País México

"A pesar del festejo alrededor de la iniciativa por parte de organizaciones y del gobierno de Andrés Manuel López Obrador, “esta aprobación será recordada por los pueblos originarios como un acto de justicia”, definió Regino Montes, movimientos sociales y especialistas alertan sobre las incoherencias y peligros de ser aprobada una ley de consulta. Para el integrante de la Red Mexicana de Afectados por la Minería (Rema), Miguel Mijangos, la reglamentación involucra actores e intereses que van más allá de la garantía de los derechos de los pueblos".

La Cámara de Diputados aprobó el pasado 20 de abril el dictamen que expide la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, el cual fue enviado al senado para ser discutido y aprobado. La ley debe ser aprobada hasta 30 de agosto de 2021 por el Congreso de la Unión, de acuerdo a la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El objetivo, según el propio dictamen, es establecer los principios, normas, instituciones y procedimientos para garantizar el derecho a la consulta a los pueblos indígenas y afromexicanos. El director general del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), Adelfo Regino Montes, expresó la importancia de la aprobación de una ley que “tanta falta hacía a los pueblos indígenas y afromexicanos para que se garantice su derecho a la consulta”.

A pesar del festejo alrededor de la iniciativa por parte de organizaciones y del gobierno de Andrés Manuel López Obrador, “esta aprobación será recordada por los pueblos originarios como un acto de justicia”, definió Regino Montes, movimientos sociales y especialistas alertan sobre las incoherencias y peligros de ser aprobada una ley de consulta.

Para el integrante de la Red Mexicana de Afectados por la Minería (Rema), Miguel Mijangos, la reglamentación involucra actores e intereses que van más allá de la garantía de los derechos de los pueblos. “Es un tema que lleva años siendo impulsado por el propio sistema financiero bancario y por ende manejado por las empresas, los gobiernos”.

A estos sectores les interesa crear mecanismos que den seguridad jurídica a sus megaproyectos. “El capitalismo anda cada vez más enfocado en el modelo extractivo y le urge un mecanismo para seguir validando el despojo”, argumenta.

La diversidad de intereses por detrás de la regulación se evidencia en el  cabildeo realizado por sectores económicos junto a los parlamentarios, así como en manifestaciones públicas de representantes de estos sectores sobre el tema. Un ejemplo fue la participación de integrantes de la Cámara Minera de México, en el Parlamento Abierto, realizado el 30 de marzo, en el marco del proceso de construcción del proyecto de ley.

“La industria minera es moderna y responsable, social y ambientalmente, y busca el beneficio de todos los grupos de interés, sus usos y costumbres. Considero que la consulta debe contemplar que se establezca de manera clara y precisa cuáles son los pueblos y comunidades indígenas en México y que se constituya un padrón que registre sus autoridades, número de integrantes y territorio que ocupan”

KAREN FLORES ARREDONDO, DIRECTORA GENERAL DE LA CÁMARA MINERA DE MÉXICO.

Otro representante del sector minero, Christopher Ávila Mier, dijo que la identificación plena de las comunidades indígenas, sus autoridades y territorios son importantes para que cualquier empresa o proyecto público o privado realice una consulta con certeza administrativa. “Con esto se avanzaría de la mano con los pueblos indígenas”, señaló.

En tono de conciliación con estos sectores, Regino Montes les mandó un recado.“Hay un conjunto de propuestas del sector empresarial que traen el diálogo e interlocución con el PRI y el PAN, yo lo que quiero decirles a los empresarios es que estén tranquilos, esta ley no afecta a nadie”, dijo.

Para la profesora e investigadora de la Universidad Autónoma de Chiapas, Elisa Cruz Rueda, antropóloga y abogada, con una larga experiencia en derecho indígena, el peligro de una ley específica para la consulta “es que la historia de este país nos muestra que (…) el afán de la regulación siempre ha dado por resultado que los derechos se recorten, es decir, que el alcance sea limitado”, explica.

La investigadora señala dos puntos del proyecto de ley para demostrar este recorte. Uno de ellos es el artículo 12 que trata de los resultados de la consulta. En caso de que los pueblos nieguen que un proyecto sea realizado en su territorio, hay la posibilidad de que “el sujeto consultado deja abierta la posibilidad de explorar otras opciones para la realización de una medida similar”, dice el proyecto. “Queda abierta la posibilidad para que se busquen otras vías para hacer efectivo el proyecto. De que estamos hablando, si es negativo es negativo”, argumenta Cruz Rueda.

Un segundo ejemplo dice respecto a los protocolos de Consulta, que deben establecer las reglas y procedimientos para la consulta. El artículo 29 del proyecto establece que las autoridades que realizan la consulta tienen la obligación de realizar los protocolos de consulta. “Ahí viene el procedimiento que ha venido implementando el gobierno desde el sexenio anterior. Es el modelo que ha establecido la Secretaria de Energía”, explica. “En un proceso de consulta real se debería impulsar por parte del gobierno que las comunidades elaboren sus protocolos autonómico de consulta, donde se recorra las formas de organización y decisión de cada comunidad”, sostiene.

La investigadora argumenta que el derecho a la consulta ya es un derecho internacionalmente reconocido previsto en el Convenio 169, del cual México es signatario. Los tratados de derechos humanos poseen rango constitucional en el país. Para la abogada, no se necesita de una ley específica, “lo único que se debería de hacer es cumplir con estos grandes parámetros de estándares internacionales que ya existen, pero no lo hacen”.

Como han sido implementadas las consultas en los anteriores gobiernos y en este, de Andrés Manuel López Obrador, “vemos que es nada más legitimar lo que ya tienen planeado. Entonces que ganancias tienen los pueblos con eso. Las malas llamadas consultas por el Tren Maya, en 2019, son un ejemplo. Eso que hicieron, pues, ya nos da el preludio de cómo quieren que salga la ley”, argumenta la investigadora que se posiciona contra la creación de una ley que reglamente la consulta.

Tras el arribo de López Obrador a la presidencia de México, para la gente que votó por él, avizoraba cambios radicales, incluso, para los pueblos. “Ellos dicen, ¡primero los pueblos indígenas!, ¡primero los más pobres! Pero vemos que primero son las empresas del gran capital, primero son los megaproyectos antes de que nos tomen en cuenta. Luego hacen simulacros con supuestas consultas, pero los proyectos de muerte ya están en marcha ¿entonces para qué hacen consultas?”, puntualiza la integrante de la comunidad Otomí y también del Congreso Nacional Indígena (CNI), Maricela Mejía.

Para el abogado agrario Carlos González, que hace parte del CNI, el derecho a la consulta se está proponiendo como discurso dentro del derecho como un derecho sustituto de los derechos fundamentales de los pueblos originarios. “Desde mi punto de vista los derechos fundamentales para un pueblo originario son: primero el derecho a la libertad, a la libre determinación, que en el marco del Estado nacional se llama autonomía; el segundo es el derecho al territorio. Estos derechos son los derechos medulares de una comunidad y lo que están pretendiendo es sustituirlos por el derecho a la consulta”.

Una burla

El 10 de junio de 2020, la SCJN emitió la sentencia de amparo que ordena la creación de la ley. La SCJN otorgó hasta el 30 de agosto de 2021 para que el Congreso de la Unión cree la ley. El amparo fue interpuesto por la organización oaxaqueña Litigio Estratégico Indígena Asociación Civil. “Lo que estamos viendo es que esta ley pretende responder a una sentencia de la Suprema Corte de Justicia. Me parece que no hay condiciones”, sostiene la investigadora Cruz Rueda.

La abogada sostiene que “no hay condiciones” refiriéndose a las desiguales históricas y estructurales de la sociedad mexicana. “Desde su origen, el Estado mexicano ha sido negacionista de la diversidad en todas sus formas, sobretodo en lo que respecta a los pueblos indígenas”, sostiene. “Las condiciones estructurales que dieron origen al levantamiento zapatista, en 1994, no han cambiado. No están las condiciones estructurales cambiadas para que de hecho se pueda llevar a cabo consultas que realmente respeten a los pueblos. Los pueblos indígenas en México están precarizados. Se les dice, oye dame tu tierra y te doy agua, dame tu tierra y vas a tener trabajo. En estas condiciones hablar de una consulta no es una consulta, es más bien un regateo”.

Y pone sobre la mesa una pregunta a las organizaciones que promueven la ley. “Si el racismo es una de las líneas fundamentales de este Estado mexicano, sea cual sea el gobierno, entonces a ¿qué estamos jugando con este tipo de cosas?”. “A la larga, si este proyecto pasa, los pueblos van a verse entre la espada y la pared”, afirma.

Al promover esta ley “lo único que hacen es dar chance que la corte, desde su racismo, tome lo que le interesa para seguir apuntalando un modelo extractivo que consolida las arcas de dinero de unos pocos en contra de unos muchos, que siempre han pagado los costos del desarrollo”, sostiene Cruz Rueda.

El análisis de Mijangos va en la misma dirección. “En un modelo tan asimétrico, consultar a los pueblos es una burla”.

Lo que se debe buscar, apunta Cruz Rueda, es cambiar la relación entre el Estado mexicano y la sociedad mexicana con los pueblos indígenas, como señalan los acuerdos de San Andrés sobre Derechos y Cultura Indígena. “El formato que tiene este proyecto de ley no cumple este propósito de cerrar las brechas de las desigualdades. Al contrario, las profundiza”, sostiene.

Fuente: Avispa Midia

Temas: Defensa de los derechos de los pueblos y comunidades, Minería, Pueblos indígenas

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