"Al vivir en un espacio comunal, los o’dam contraen entre sí un sistema de obligaciones, los cuales pueden hacer posible la “convivencia comunitaria”. Así, este principio contiene las siguientes acciones: participar en los trabajos colectivos en beneficio del pueblo; cooperar o realizar fiesta para los comuneros; asistir a las asambleas comunitarias; ser parte de los cargos sin remuneración económica; subordinarse a la asamblea de comuneros como máxima autoridad."