Semillas certificadas, monopolios y soberanía alimentaria

Idioma Español
País Colombia

El control de semillas, la tecnificación agrícola, la interferencia en la administración de la diversidad de los países del sur, hace parte de un modelo de producción y control alimentario que se sirve de la biotecnología para garantizar el control sobre un insumo esencial a la producción agrícola. Quien tiene las semillas tiene el poder.

En los días pasados circularon en la red las imágenes de la destrucción de más de 70 toneladas de arroz en Campoalegre, Huila. Las imágenes que provocaron escándalo en la red y la reacción de algunos medios de comunicación, hacían parte del documental “9.70” de Victoria Solano. 970 es el número de la resolución del ICA sobre semillas certificadas y hace parte de un sistema normativo de leyes, resoluciones y decretos que apunta a proteger los derechos de propiedad intelectual sobre la biodiversidad del país. En el documental se explicaban los efectos de esta disposición para los pequeños campesinos, quienes además de estar obligados a sembrar semillas certificadas e impedidos para reutilizar semillas de sus mejores cosechas, son judicializados por el uso de semillas que no cumplan con las exigencias del mercado.

Un día después de la publicación del documental, Teresita Beltrán Ospina, directora del ICA, hizo ciertas aclaraciones acerca de la resolución. En su intervención en radio y prensa explicó la importancia que tiene el control de semillas para la disminución de riesgos fitosanitarios así como para el rendimiento de los cultivos, aclarando además que las violentas imágenes de la destrucción de arroz corresponden a un decomiso, hecho por el ICA en el año 2011, de semillas que no respetaban las normas vigentes y que no eran aptas para el consumo humano, agregando a sus argumentos que la información suministrada por el documental acerca de la prohibición a los campesinos de cultivar semillas nativas era imprecisa. “Los campesinos sí pueden sembrar la semilla nativa para su propio consumo”, señaló1.

El documental, la intervención de la directora del ICA y algunas reacciones que se publicaron en los medios escritos ponen en evidencia ciertos puntos claves de la problemática: el desconocimiento generalizado de las medidas legales orientadas al control y monopolio de la producción de alimentos, la ambigüedad jurídica, la criminalización del uso de semillas nativas, la criminalización de las tradiciones agrícolas y culturales del país etc. Si bien es cierto que las problemáticas que se levantan tienen una gran relevancia, sería pertinente, en estos momentos en que se exigen transformaciones estructurales para el sector rural y para el campesinado colombiano, entender que dicha resolución se inscribe en un sistema complejo de leyes y decretos, encargados de preparar el terreno para que el control de la cadena de la producción agrícola por parte de multinacionales sea un hecho.

Si en un primer momento la problemática pareciera ser asunto exclusivo de los campesinos, detrás de los tecnicismos, de las cuestiones de forma y de la divulgación, se esconde un debate mucho más importante del que debe ocuparse el conjunto de la sociedad. El control de semillas, la tecnificación agrícola, la interferencia en la administración de la diversidad de los países del sur. En suma, las recetas propias de un modelo de producción y control alimentario que se sirve de la biotecnología para garantizar el control sobre un insumo esencial a la producción agrícola, las semillas.

Como lo señala GRAIN2, “El control cada vez mayor de las empresas multinacionales sobre las políticas agrícolas ha sido facilitado por las políticas económicas de las organizaciones multilaterales tales como la Organización Mundial del Comercio –OMC”3. Frente a esto, los argumentos de la directora del ICA respecto al peligro sanitario de semillas no controladas se entiende más como accesorios de la norma que como objetivo central. La lucha por tener el mercado mundial de la alimentación influye directamente en la búsqueda, por parte de las grandes multinacionales, de la obtención del monopolio de la cadena agrícola. El éxito de este proceso puede observarse en el hecho que existen 10 transnacionales que controlan más de dos tercios de las ventas mundiales de semillas que están bajo propiedad intelectual4. Nombramos las 5 primeras: Monsanto (EEUU), DuPont (EEUU) Syngenta (Suiza), Groupe Limagrain (Francia), Land O`Lakes (EEUU)

El modelo se ha convertido en una fuente de legitimización de violencias simbólicas y de inadmisibles legales, hasta llegar al absurdo de judicializar un campesino por el uso de semillas criollas o nativas para la producción comercial. Y este absurdo tiene un gran alcance, él aniquila saberes, tradiciones, conocimientos necesarios e indispensables para la conservación de la semilla como patrimonio colectivo además de tener un gran efecto en la protección y promoción de la soberanía alimentaria.

En este sentido, más allá de una correcta divulgación pedagógica de la norma, es imperativo inscribir la discusión en un debate amplio acerca del modelo de producción que se quiere imponer a los países del sur, en donde no solamente se sacrifica el sector agrícola sino que además se le convierte en un simple eslabón de la cadena de producción de alimentos homogenizados, ajeno a toda autonomía y sometido a un puñado de multinacionales que leen la problemática de la seguridad alimentaria bajo la lógica del mercado.

Ahora que el Paro Nacional Agrario sacó de la invisibilidad las problemáticas del sector agrario, que revivió un sector de la población paulatinamente arrasado por décadas de abandono, de exclusiones y de violencia, que puso en evidencia los efectos perversos del modelo económico actual, es tiempo que la opinión pública se apropie del debate acerca de la soberanía alimentaria y sobre el cual Colombia aún ha guardado un silencio cómplice.

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1“El ICA establece que el agricultor interesado en reservar semillas de su propia cosecha para sembrarlas en su misma explotación, debe solicitar autorización al ICA. Esta reserva de semillas sólo podrá ejercerse por una sola vez en el ciclo agrícola indicando la ubicación y el área del predio, la cual debe tener máximo cinco hectáreas. Debe tener en el predio una distancia mayor a mil metros respecto del predio donde otro agricultor esté usando el mismo género o especie vegetal, y utilizarla para su propio uso” ver aquí.

2GRAIN es una pequeña organización internacional que trabaja apoyando a campesinos y a movimientos sociales en sus luchas por lograr sistemas alimentarios basados en la biodiversidad y controlados comunitariamente.

3 Ver aquí

4 www.etcgroup.org, ¿De quién es la naturaleza? El poder corporativo y la frontera final en la mercantilización de la vida.

Fuente: Palabras al margen

Temas: Semillas

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