México: acuerdos de San Andrés: 17 años de incumplimiento activo

Idioma Español
País México

El Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) ha recolocado en la agenda política el cumplimiento de los acuerdos de San Andrés. Es legítimo que lo haga, pues constituyen un parteaguas emblemático en la conflictiva relación con el Estado mexicano en el marco de un diálogo suspendido.

Considero que ello no implica confianza en que en 2013 el priismo al timón tomará en serio unos acuerdos que fueron saboteados por esta fuerza inmediatamente después de ser firmados. Pero algo harán discursivamente, por lo cual es importante advertir que ya no se trata solamente de incluir o modificar una frase en el texto constitucional de 2001, pues durante más de una década se ha operado una política de Estado antiautonómica, por esencia neoliberal, que hemos caracterizado como indigenismo de baja intensidad.

 

Por otra parte, al momento de firmar los acuerdos referidos no se incluyeron temas que hoy son centrales, como lo relativo a recursos genéticos, biopiratería, siembra de maíz transgénico, entre otros, cuyas normas deben reformarse. Y no vale decir que el Estado está obligado sólo respecto al contenido de los acuerdos en virtud de que al intentar cumplirlos, caso hipotético, debe enmarcar sus propuestas en los derechos vigentes, cuyo origen son los convenios internacionales de derechos humanos. Hoy se cuenta, por ejemplo, a partir de 2007, con la declaración de Naciones Unidas sobre pueblos indígenas; también con la reforma al artículo primero constitucional, el convenio 169 de la OIT cobra relevancia similar a la Constitución. Además, si bien los acuerdos de San Andrés fueron elaborados con la más amplia consulta y participación, una nueva reforma debe realizarse con respeto al derecho a consulta previa, libre e informada de todos los pueblos indígenas del país, en lógica de alcanzar el consentimiento previo.

 

Ya hemos documentado cómo en 2001 se expresó en la contrarreforma indígena la definición de una razón de Estado frente a los pueblos, que se reflejó en eludir que la implicación de los derechos fuera otorgarles poder con el reconocimiento a la autonomía y libre determinación. Se procuró evitar que los pueblos indígenas se reconstituyeran y contaran con el uso y disfrute de los recursos naturales en sus tierras y territorios y negarles el carácter de entidades de derecho público.

 

En conclusión, si se pretendió que el artículo segundo constitucional fuera la evidencia del cumplimiento a los emblemáticos acuerdos de San Andrés, encontramos en su texto el reflejo de la esquizofrenia que desnuda la estrategia frente a los pueblos indígenas. En su apartado A se dice que los pueblos indígenas tienen autonomía y libre determinación, y en el B se les niega, al sentar las bases también constitucionales de la antiautonomía, señalando o reiterando que el Estado aplicará programas, sólo que no se vinculan ambos apartados y en la práctica el B camina, ese sí con plena autonomía respecto a los pueblos.

 

La clase política mexicana se mostró dispuesta a continuar tratando a las y los integrantes de los pueblos indígenas como potenciales beneficiarios individuales de derechos que son propios de todas y todos, indígenas o no. Hoy como ayer las políticas de combate a la pobreza son el caballo de Troya contra los derechos colectivos de los pueblos. Basta con revisar las reglas de operación de Oportunidades (DOF, 2009) para dar cuenta de la ausencia de intervención de las autoridades indígenas de pueblos y comunidades, lo más colectivo que encontramos es la unidad familiar.

 

En esta década hubo recambio institucional indigenista que ofrece a los pueblos más de lo mismo sólo que con nuevo disfraz. La Comisión Nacional de Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDPI) también aplica políticas marginales, como en su tiempo el Instituto Nacional Indigenista (INI) y, sin embargo, valida y aplica la contrautonomía de derechos reconocidos a los pueblos. Es evidente que el grueso de la política que impacta a los pueblos indígenas no se impulsa desde ahí. Son principalmente Sedeso, Semarnat y Secretaría de Economía quienes se hacen cargo de la misma, esto es, la inclusión de familias indígenas en programas de combate a la pobreza y las masivas concesiones mineras y otros megaproyectos. Hemos señalado sólo la punta del iceberg de los saldos del incumplimiento a los acuerdos de San Andrés. De manera que hacer cuadros comparativos entre qué decía la iniciativa Cocopa y qué debe decir está fuera de lugar. ¿Estará dispuesto el Estado a revisar las concesiones otorgadas a trasnacionales mineras en territorios indígenas? ¿Se evaluará el destino de la danza millonaria que se ha considerado presupuestos indígenas transversales? ¿Colocarán en los pueblos y sus comunidades la definición y operación de los llamados recursos de combate a la pobreza? ¿Da para tanto la supuesta voluntad oficial, o está en lógica de simulación y contención, preludio de nuevas traiciones de febrero?

 

Fuente: La Jornada

Temas: Defensa de los derechos de los pueblos y comunidades

Comentarios