México prohibiría consumo y cultivo de trigo genéticamente modificado

Idioma Español
País México

Manuel López Obrador, antes que deje su cargo como mandatario, busca impulsar reformas constitucionales que beneficien la salud de las personas y el medio ambiente.

México prohibiría el consumo y cultivo de trigo genéticamente modificado. Así lo confirmó un reporte del Departamento de Agricultura de EEUU, USDA, que detalló que, tras la reciente elección de la nueva presidente de México, Claudia Sheinbaum, el actual mandatario, Andrés Manuel López Obrador, busca avanzar en reformas constitucionales que incluirán la prohibición de maíz transgénico para consumo humano y siembra.

De esta forma, el próximo 1 de septiembre de este año en la sesión legislativa, López Obrador
junto a Ignacio Mier, coordinador de los diputados federales morenistas, impulsarán esta medida que prohibirá el uso de maíz transgénico en tortillas y masa de harina. La medida propuesta prohibirá el uso de maíz transgénico para el consumo humano y consagrará en la Constitución la prohibición de la siembra de maíz transgénico.

La iniciativa propone reformar el artículo 4 de la Constitución, “para reconocer que, como alimento básico y elemento de identidad nacional, el maíz para consumo humano debe estar libre de modificaciones genéticas”. Adicionalmente, la enmienda de reforma del Artículo 27 constitucional, “para garantizar que el Estado promueva actividades agropecuarias y forestales para el óptimo aprovechamiento de la tierra, libres de cultivos y semillas de maíz genéticamente modificadas”.

El fundamento normativo de la reforma cita el artículo 4 de la Constitución, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Ley de Biodiversidad de México y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

Antecedentes

De acuerdo con la publicación del 5 de febrero de 2024 respecto a la reforma constitucional, el artículo 4to de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que toda persona tiene derecho a una alimentación nutritiva, suficiente, de calidad y a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar.

El 29 de diciembre de 1993 se suscribió el Convenio sobre Diversidad Biológica en el cual se establece: “Por conservación in si tu se entiende la conversación de los ecosistemas y lo hábitats naturales y el mantenimiento y recuperación de poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y en el caso de la especies domesticadas y cultivadas en los entornos que haya desarrollado sus propiedades específicas. Por utilización sostenible se entiende la utilización de componentes de la diversidad biológica de un modo y aun ritmo que no ocasione la disminución a largo plazo de la diversidad biológica, con lo cual se mantiene las posibilidades de ésta de satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones actuales y futuras”.

En 2005 se publicó la Ley de Bioseguridad de Organismo Genéticamente Modificados, que regula actividades relacionadas con estos organismos. En su artículo 2, fracción XI establece un régimen de protección especial al maíz del cual México es centro de origen

En abril de 2020 se publicó la Ley Federal para el Fomento y Protección del Maíz Nativo, que su artículo 3 y 4, reconoce legalmente la producción, comercialización, consumo y tradicional diversificación constante del maíz como manifestación cultural, nacional y cómo garantía de derecho humano a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.

En diciembre de ese año se publicó un decreto presidencial que ordenó abstenerse de otorgar permisos para el uso y liberación o siembra de maíz transgénico. En febrero de 2023 se sustituyó por un nuevo decreto que buscó garantizar la inocuidad de la masa y la tortilla de maíz en la ingesta mexicano, lo que es compatible con el objetivo del capítulo 9 del T-MEC.

Fuente: SimFRUIT

Temas: Semillas, Transgénicos

Comentarios