Implementación de la UNDROP: un paso clave para lograr la justicia social y climática | Declaración conjunta escrita ante la ONU

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En una declaración escrita conjunta* presentada por Centro Europa – tercer mundo (CETIM), FIAN Internacional, La Vía Campesina y otras ONG de la lista, los grupos han reiterado que la promoción e implementación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales (UNDROP) es un paso clave para lograr la justicia social y climática.

El 17 de diciembre de 2018 marca un logro histórico para el movimiento campesino internacional y todas las organizaciones y comunidades rurales que han estado luchando por la protección de sus derechos humanos. Tras varios años de movilización, trabajo de incidencia y presentación de informes y diferentes tipos de esfuerzos de promoción, la Asamblea General de la ONU adoptó, por una amplía mayoría, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales (UNDROP, por su sigla en inglés).

Últimamente, varios Estados miembros que se abstuvieron en 2018 han declarado políticamente que se adhieren a la UNDROP, avanzando hacia un consenso en torno a este instrumento clave. Los origines de la UNDROP se encuentran en las discusiones dentro del movimiento campesino internacional, liderado por La Vía Campesina, como respuesta a las agresivas acciones del sector del agronegocio. Este sector pretendía, y pretende, monopolizar los sistemas alimentarios y agrícolas para maximizar sus beneficios, lo que dio lugar a violaciones generalizadas y sistemáticas de los derechos humanos y medioambientales contra los pequeños productores de alimentos. Estas violaciones siguen contribuyendo a problemas sociales más amplios, como la migración, los conflictos y el hambre. La iniciativa a favor de
una Declaración de este tipo surgió así de la incapacidad de las comunidades campesinas y rurales para satisfacer sus necesidades dentro de un sistema económico internacional diseñado para favorecer a las élites políticas y económicas dominantes. El objetivo era por ende actualizar el derecho internacional, estableciendo un marco jurídico que protegiera a la agricultura familiar y a las comunidades rurales en general.

Como decimos repetidamente, el proceso que condujo a la adopción de la UNDROP tiene que ser visto como un proceso ejemplar de construcción del derecho internacional desde abajo, poniendo a las personas y al planeta en primer lugar. Este enfoque debería inspirar a todas las personas organizadas que luchan por un mundo mejor en el que los Estados hagan plenamente efectivos los derechos humanos.

Ahora, los Estados miembros de la ONU, así como todos los demás actores relevantes sobre el terreno, deberían adherirse a los principios, derechos y disposiciones de la UNDROP. Éstos deben guiarles en la aplicación del derecho internacional existente, apoyando su promoción y aplicación y poniendo fin a todas las iniciativas y acciones que contradigan la UNDROP.

Los Estados miembros de la ONU deben adaptar sus marcos jurídicos nacionales par asegurarse de que cumplen con la UNDROP y traducirlos en acciones a nivel local, nacional, regional e internacional. Además, en línea con el principio de buena fe y las disposiciones del artículo 2.4 de la UNDROP, deben revisar ahora sus acuerdos existentes para asegurarse de que cumplen sus compromisos en materia de derechos campesinos. Esto es extremadamente relevante para responder a las múltiples crisis a las que se enfrenta nuestro mundo, incluyendo la triple crisis planetaria así como las diversas guerras y conflictos que afectan a nuestras sociedades.

Dada la urgente necesidad de implementar la Declaración tras su adopción, las organizaciones y movimientos que estuvieron históricamente involucrados en el proceso de elaboración y negociación de dicho instrumento han solicitado la creación de un Procedimiento Especial de las Naciones Unidas para dar seguimiento a la situación de los derechos campesinos en el mundo e informar sobre los progresos realizados en materia de promoción e implementación. En octubre de 2023, durante la 54ª sesión del Consejo de Derechos Humanos, se estableció este nuevo mecanismo en forma de un Grupo de Trabajo.

Este nuevo logro es el resultado de trabajo de incidencia fundamental de estas organizaciones y movimientos y de la fructífera colaboración con países que han estado apoyando las iniciativas en la materia, y en particular el Estado Plurinacional de Bolivia (titular de la resolución) y los demás miembros del “core-group” (Cuba, Sudáfrica, Gambia, Luxemburgo, Indonesia y Kirguistán).

El recién creado Grupo de Trabajo de la ONU sobre los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en zonas rurales es muy prometedor para la promoción y aplicación de los derechos de las comunidades rurales (que incluyen a campesinos, trabajadores rurales, pescadores, pastores, pueblos nómadas, pueblos indígenas que trabajan en las zonas rurales, cazadores-recolectores, trabajadores migrantes, comunidades sin tierra y otros, según el Art. 1) consagrados en la UNDROP. El Grupo de Trabajo ofrece un espacio crucial para apoyar las iniciativas destinadas a proteger y hacer realidad los derechos fundamentales de los campesinos y las comunidades rurales – grupos que se han colocado en un estado de extrema vulnerabilidad y han estado resistiendo la ofensiva de un sector monopolístico depredador de la agroindustria, así como de las industrias extractivas mineras, las empresas inmobiliarias, las empresas turísticas, el sector financiero y, más recientemente, las tecnologías digitales emergentes, entre otros.

En este sentido, el Grupo de Trabajo jugará un papel fundamental para los Estados, ofreciéndoles cooperación técnica, compartiendo ejemplos de buenas prácticas y proporcionando recomendaciones concretas sobre las mejores formas de hacer que sus acciones y marcos legales nacionales cumplan con los principios y disposiciones de la UNDROP. Para nosotros, organizaciones de titulares de derechos y organizaciones de la sociedad civil, el Grupo de Trabajo permitirá una aplicación más inclusiva y sólida de la UNDROP. Anticipamos que dará mayor visibilidad a las causas estructurales que llevaron a la adopción de la UNDROP – tales como las diversas formas de discriminación, las violaciones sistemáticas de los derechos humanos y las desventajas históricas – reclamando una atención adecuada por parte de las organizaciones multilaterales y, en particular, del sistema internacional de derechos humanos.

Para que las comunidades campesinas y rurales – los pequeños productores de alimentos reconocidos en el articulo 1 de la UNDROP, que, según datos de la FAO, proporcionan hasta el 80 % de la producción de alimentos en todo el mundo – tengan plena capacidad de acción, visibilidad y participación, y disfruten plenamente de sus derechos humanos sin discriminación de ningún tipo, los Estados deben garantizar que tengan igualdad de acceso al control y la propiedad de los recursos. Esto incluye el control sobre los procesos de producción, transformación, intercambio y comercialización de sus productos. También es esencial abordar las barreras estructurales y no estructurales que limitan el empoderamiento económico de estas poblaciones.

Como prioridad, el Grupo de Trabajo de la ONU sobre los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales debería:

  1. Promover las mejores prácticas y lecciones aprendidas, fomentar la colaboración entre los Estados, los titulares de derechos y las organizaciones de la sociedad civil. Destacar y promover diversas políticas públicas que reconozcan y protejan los derechos de los campesinos y de todas las personas que trabajan en las zonas rurales a nivel internacional, regional y nacional.
  2. Proporcionar apoyo técnico para el desarrollo de capacidades a los Estados, titulares de derechos, sociedades civiles y mecanismos y organismos pertinentes de las Naciones Unidas. Al hacerlo, el Grupo de Trabajo elevará la prominencia global de la UNDROP y abordará las cuestiones subyacentes que obstaculizan la realización de los derechos consagrados en el instrumento.
  3. Supervisar la implementación de la UNDROP y, como seguimiento, centrarse en los retos y cuestiones clave identificados por el Grupo de Trabajo que son fundamentales para las luchas a las que se enfrentan las comunidades campesinas y rurales de todo el mundo. Entre otras cosas, el Grupo de Trabajo debería supervisar, analizar e informar sobre cómo la agroecología y las prácticas agrícolas verdaderamente sostenibles pueden fomentar la justicia climática y medioambiental, garantizar el derecho a la alimentación para todos, mejorar el derecho a la salud y, en general, proteger los derechos humanos. También debería examinar cómo las iniciativas de los campesinos, comunidades rurales y los pueblos indígenas pueden contribuir a salvaguardar la biodiversidad; abordar y revertir la desposesión estructural de los campesinos y las comunidades rurales de los medios de producción (como las semillas, la tierra, el agua, etc.); abordar el tema del desmantelamiento de la arquitectura transnacional de los regímenes dominantes de comercio e inversión que promueven la agroindustria monopolística y depredadora y otras prácticas corporativas perjudiciales a expensas de los derechos de los campesinos; y explorar cómo la soberanía alimentaria y la justicia social sirven como principios alternativos para un mejor acceso a los mercados.

El Grupo de Trabajo de la ONU debería de esta manera destacar la importancia de la UNDROP reconociendo las contribuciones pasadas, presentes y futuras de las comunidades campesinas y rurales a las cuestiones del desarrollo, conservación y mejora de la biodiversidad, que constituye la base de la producción alimentaria y agrícola mundial.

Seguimos dispuestos a colaborar con el nuevo Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas y a trabajar estrechamente con nuestros gobiernos y Estados miembros para aplicar medidas que salvaguarden y protejan los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales, avanzando así hacia la correcta implementación de los derechos, principios y disposiciones de la UNDROP.

La Vía Campesina, la/las ONG sin estatus consultivo también comparte(n) las opiniones expresadas en esta declaración.

- Para descargar la declaración en PDF, haga clic en el siguiente enlace:

Nota: La declaración, recibida por el Secretario General y distribuida de conformidad con la resolución 1996/31 del Consejo Económico y Social, ha sido publicada por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas está celebrando actualmente su 57º período de sesiones (del 9 de septiembre al 9 de octubre de 2024). El Consejo deliberará sobre la declaración en el marco del tema 3 de la agenda, que se centra en la “Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo”. La Vía Campesina contribuyó a la declaración escrita conjunta.

Fuente: La Vía Campesina

Temas: Defensa de los derechos de los pueblos y comunidades, Movimientos campesinos

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