Ecuador: CONFENIAE, sobre la situación de los pueblos en aislamiento voluntario
"CONFENIAE, frente a los sucesos acontecidos entre nuestros hermanos de la Nacionalidad Waorani y los Pueblos Tagaeri y Taromenane, expresa su preocupación por el acoso que los pueblos indígenas sufrimos en el territorio que nos da la vida y exhorta al Estado ecuatoriano a implementar las medidas de protección necesarias para proteger a los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario."
La Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonia Ecuatoriana CONFENIAE, frente a los sucesos acontecidos entre nuestros hermanos de la Nacionalidad Waorani y los Pueblos Tagaeri y Taromenane, expresa su preocupación por el acoso que los pueblos indígenas sufrimos en el territorio que nos da la vida y exhorta al Estado ecuatoriano a implementar las medidas de protección necesarias para proteger a los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario (PIAV) de la amenaza de las empresas petroleras y las actividades e impactos derivadas de éstas.
El triste suceso ocurrido el pasado 5 de marzo y que costó la vida a dos Waorani en Yarentaro a causa de un encuentro con un grupo Taromenane, se deriva de la presión a la que están siendo sometidos como resultado de la ampliación de la frontera petrolera en esta zona de la Amazonía. Agravando esta conflictividad, dirigentes indígenas de las comunidades de Tigüino y Bataboro, en la provincia de Orellana, afrontan procesos de judicialización desde el 2011 por protestas realizadas ante la empresa transnacional Petrobell, situación que requiere un seguimiento responsable para que no se pretenda intervenir en la justicia -como ya es costumbre- y sentenciarlos por ejercer su legítimo derecho a la resistencia ante el incumplimiento de las empresas petroleras y el estado, y la desatención de los gobiernos seccionales.
Exigimos al Estado ecuatoriano el cumplimiento del Plan de Medidas Cautelares solicitado por la CIDH, el Plan de Política Nacional de Protección de los PIAV, las Directrices de Naciones Unidas para la Protección de Pueblos Indígenas Aislados y la Constitución ecuatoriana que establece en su art. 57, numeral 21, que las empresas petroleras no podrán operar en territorios con indicios de Pueblos en Aislamiento Voluntario, siendo obligación del Estado proteger a estos pueblos de las amenazas que pudieran poner en peligro su supervivencia. Cuestionamos la política benefactora practicada por el Ministerio del Interior en el cual se reduce un problema de fondo a la simple dotación de infraestructura básica y a la aplicación de medidas desarrollistas y clientelares, minimizando las causas estructurales que motivaron estos sucesos y representando un manejo irresponsable de una problemática que requiere de un profundo debate nacional. Las medidas como el ofrecimiento de viviendas y políticas de contención social resultan indignantes frente a la dimensión real de la problemática.
Por otra parte, el gobierno ecuatoriano debe detener su acelerada política de explotación petrolera con la cual se encuentra violentando el legítimo derecho de nuestros hermanos Tagaeri y Taromenane a la Libre Determinación. Más aún, esta agresiva política extractiva ha generado ya efectos de desestructuración y debilitamiento organizativo y avizoran una álgida conflictividad en vista de la firme posición de las nacionalidades del centro sur amazónico de rechazo a la Onceava Ronda Petrolera. Cualquier tratamiento que no aborde esta problemática desde su raíz, constituye un análisis periférico de la situación de los pueblos en Aislamiento Voluntario y los Pueblos Indígenas en general y, por tanto, uno más de los discursos alejados de la práctica.
Puyo, 18 de Marzo de 2013
Atentamente,
Franco Viteri
Presidente de la CONFENIAE
moc.liamg@eainefnocnoicacinumoc
Fuente: Red Latina Sin Fronteras