Contraloría ha determinado incompatible cortar bosque nativo para habilitación agrícola
El 16 de marzo del año 2020 será recordado como un hito en la ardua lucha que han dado organizaciones y comunidades en la defensa de los ecosistemas nativos. Tras varios meses de discusión y análisis, la Contraloría General de la República fue tajante en poner fin a una errónea interpretación que hacía CONAF de la Ley 20.283 (Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal o “Ley de Bosque Nativo”) y que involucra al sector agrícola-forestal: se determina como incompatible la corta de bosque nativo para recuperación de terrenos con fines agrícolas bajo el amparo de esta ley.
Contraloría ha determinado incompatible cortar bosque nativo para habilitación agrícola: ¿Cómo seguimos ahora?
Esta resolución es producto de un largo proceso. A fines del 2018 un propietario del valle Quilicura en la comuna de Las Cabras (Región del Libertador General Bernardo O’Higgins) denuncia que CONAF, mediante un plan de manejo de “recuperación de terrenos agrícolas”, aprobó la corta y eliminación de un bosque esclerófilo adulto para establecer una plantación de paltos. Ante la polémica situación, la Diputada Alejandra Sepúlveda conforma una comisión investigadora, parte a la que fue invitada la Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo (AIFBN), quien mediante una exposición planteó la inexistencia legal del instrumento usado por CONAF para eliminar bosque nativo. Semanas después del desarrollo de esta comisión investigadora, la AIFBN, concejales y dirigentes del sector de Quilicura-comuna de Las Cabras junto a la Diputada Alejandra Sepúlveda hicieron una presentación en las dependencias de la Contraloría General de la República, indicando la inexistencia de este permiso corta en la normativa chilena vigente.
Considerando que el objeto de la Ley de Bosque Nativo, promulgada el 2008, es la protección, la recuperación y el mejoramiento de los bosques nativos, ha habido una tremenda contradicción, ya que mediante una particular interpretación de la Ley, se permitió el “cambio de uso de suelo”, eliminando más de 20 mil hectáreas de bosque nativo para habilitar distintos cultivos agrícolas, como los paltos. Estos cultivos han reemplazado importante superficie de bosque esclerófilo (aquel de la zona norte-centro del país), alterando significativamente el paisaje local y generando serios impactos territoriales debido a su alto consumo hídrico, afectando a miles de familias.
El dictamen de Contraloría es un logro histórico, pero también es importante proyectar que es lo que es lo que viene y cómo se puede seguir avanzando en la protección de los ecosistemas nativos. Hay que considerar la fuerte influencia de los gremios de la agricultura en Chile sobre los servicios del Estado. En este sentido, sería muy ingenuo pensar que solo con este dictamen los ecosistemas nativos podrán estar más seguros, ya que quienes tienen intereses creados buscarán de alguna manera, “compatibilizar” los instrumentos (actuales y nuevos) para no afectar y justificar la viabilidad de un modelo de agronegocios que ni siquiera se somete a procesos de evaluación de impacto ambiental.
Hay que recordar intervenciones como la realizada por Francisco Contardo, gerente general de Comité de la Palta, indicando que los paltos combaten el cambio climático al ser cultivos de carbono positivo, haciendo mención a estudios que indican que en laderas que reemplazaron a la vegetación xerófita (espinos y otros matorrales) por paltos, existe mayor captura de carbono (El Mostrador, el 30 de diciembre de 2019). Es decir, indirectamente y sustentado en cuestionables argumentos técnicos y científicos, se está diciendo que la sustitución de ecosistemas nativos por paltos es válida y necesaria.
Una vez que se les suspende el riego, los cultivos agrícolas como los de paltos quedan abandonados secándose en cerros y laderas, formando verdaderos desiertos verdes. Es necesario avanzar en la reconversión de esas plantaciones abandonadas, donde el Estado tiene la obligación de recuperar esos sectores con la vegetación nativa adaptada a esas condiciones. Para ello, hay que definir políticas que permitan desarrollar procesos efectivos de restauración socioecológica. En este sentido, la modificación de la Ley de Bosque Nativo es una necesidad, pues debe ser un instrumento claro y que permita cumplir esta desafiante tarea, para formar ecosistemas sostenibles y no plantaciones en donde la sobrevivencia se encuentre supeditada al riego. Por otro lado, si bien el dictamen declara incompatibilidad para sustituir bosques, las formaciones xerofíticas (matorrales y cactáceas), aún se encuentran amenazadas y siguen estando expuestas a ser reemplazadas por diferentes cultivos frutícolas, por lo que es estrictamente necesario aumentar su estándar de protección. En un escenario de cambio climático, necesitamos una Ley que realmente permita proteger a los ecosistemas nativos, recuperarlos y también manejarlos, para que no se sigan viendo como un “estorbo” para otras actividades productivas.
Lo que verdaderamente debiese ser tema de discusión es que el modelo del agronegocio en Chile no es sostenible, y el empleo que éste aporta en ningún caso puede ser a costas de la destrucción de los ecosistemas y en desmedro de las comunidades. Esa es una visión obsoleta, egoísta y deshumanizada que está lejos del desarrollo sostenible que debiese implementar un país que integra la OCDE. Mucho de esto pueden hablar las comunidades de Petorca y otros sectores de la zona norte-centro, que hoy en la crisis sanitaria ni siquiera cuentan con agua para lavarse las manos (medida de protección básica de indicada por las autoridades), porque la poca a la que tienen acceso es para sobrevivir. Es fundamental un cambio de paradigma respecto a nuestra mirada sobre los ecosistemas y el medioambiente en general, donde el ser humano no este de espalda a la naturaleza, sino más bien aprenda a relacionarse de forma armónica y de forma sustentable.
Fuente: Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo