Comunidad Yukpa de nuevo gana en estrados judiciales batalla contra proyecto minero

Idioma Español
País Colombia

Consejo de Estado dejó intacta una orden judicial que frenó un proyecto de extracción de hidrocarburos en zona protegida de la Serranía del Perijá, hasta que se haga una consulta previa con la comunidad indígena Yukpa.

El 3 de marzo de 2020 el Consejo de Estado ratificó un fallo de tutela del Tribunal Administrativo del Cesar que frenó, por falta de consulta previa con la comunidad indígena Yukpa, un proyecto minero que las sociedades Carbones de La Jagua S.A., Consorcio Mineros Unidos S.A. y Carbones El Tesoro S.A., pretenden desarrollar en el área sustraída de las Zonas de Reserva Forestal de Los Motilones y Río Magdalena, ubicadas en la Serranía del Perijá. Ahora, el alto tribunal, negó otra acción que buscaba la nulidad de todo lo actuado para que esta discusión judicial iniciara de ceros.

Este proceso se remonta a 2019 cuando Jaime Luis Olivella, gobernador del cabildo de los resguardos El Rosario, Bella Vista y Yukatán y otras autoridades indígenas presentaron una tutela contra el proyecto que busca la”disposición de material estéril (botadero estéril) y manejo de aguas de escorrentía, construcción de canales y piscinas de sedimentación”. El Tribunal les dio la razón y ordenó suspenderlo, dispuso que el Ministerio del Interior tramitara la consulta previa y determinó que no se podían otorgar nuevos contratos de mineros hasta que no se defina el territorio ancestral Yukpa.

Luego que esa decisión fuera ratificada por el Consejo de Estado en 2020, la sociedad C.I. Prodeco S.A presentó un incidente de nulidad por considerar que debieron ser vinculados desde el inicio al trámite de este proceso por cuenta del título minero No. 044-89, y por ser propietaria y operadora de la mina Calenturitas. La empresa dijo que el carbón extraído de esa mina debe ser mezclado con aquel producido en proyectos carboníferos de terceros, por lo que adquiere permanentemente, a título de compraventa, la totalidad del carbón que se extrae de los yacimientos de la mina La Jagua.

En fallo del pasado 5 de abril, conocida por El Espectador, el mismo Consejo de Estado negó tal posibilidad. La decisión, primero, da cuenta además que hay un choque entre las expectativas de ampliación de uno de los resguardos de la comunidad Yukpa –Sokorpa-, con las Zonas de Reserva Forestal, que se encuentran las áreas protegidas y en las que las sociedades mineras pretenden adelantar el mencionado proyecto minero. U destacó que se constató que el proyecto minero La Jagua está compuesto por cinco títulos mineros y que todos ellos están en poder de tres compañías, siendo estas Carbones de La Jagua S.A., Consorcio Minero Unido S.A. y Carbones El Tesoro S.A.

“Este despacho consultó los datos de la sociedad C.I. Prodeco S.A. y pudo verificar que, conforme a la información reportada en la página web del denominado Grupo Prodeco, la sociedad hace parte de este grupo, en conjunto con las sociedades directamente involucradas en los hechos objeto de análisis en el fallo de tutela. Conforme a lo anterior, se infiere que el Grupo Prodeco tuvo conocimiento de la acción de tutela desde el momento en que se notificó a tres de las cuatro sociedades que lo conforman, por ser aquellas directamente involucradas en los hechos que motivaron la solicitud de amparo y, a pesar de ello, C.I. Prodeco S.A., como miembro del grupo empresarial, no presentó ninguna solicitud de vinculación o una coadyuvancia para fortalecer la posición de las sociedades directamente demandadas y exponer las razones de su interés en la decisión a ser adoptada por esta Corporación”, dice el fallo.

“El despacho considera que la vinculación de C.I. Prodeco S.A. no era necesaria, en la medida en que los supuestos fácticos que sustentaron la solicitud de amparo y que fueron expuestos por parte de los líderes de la comunidad Yukpa no concernían a dicha sociedad, porque el área de incidencia del proyecto minero “disposición de material estéril (botadero estéril) y manejo de aguas de escorrentía, construcción de canales y piscinas de sedimentación” quedó delimitada al área sustraída de las Zonas de Reserva Forestal de Los Motilones y Río Magdalena, de la Serranía del Perijá en la que se localiza la mina La Jagua y no así la mina Calenturitas de propiedad de C.I. Prodeco S”, agrega el fallo.

Fuente: El Espectador

Temas: Defensa de los derechos de los pueblos y comunidades

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