Colombia: el Consejo de Estado en contra de Monsanto
El Consejo de Estado exige licencia ambiental a todos los transgénicos que hayan sido introducidos en Colombia desde 2OO2, fecha de aprobación del protocolo de Cartagena
Terrorismo, clima , algodón y canola
La resistencia de las comunidades locales debe ser el rechazo a todas las formas de privatización de la vida: No a las patentes, a la propiedad intelectual ... y las banderas de lucha nacen de los derechos colectivos, muy bien ganados, sobre la biodiversidad y los territorios.
Un amigo nos contaba, que muy recientemente, un grupo de especialistas en cuestiones del clima planetario, le oficializó al Presidente de Estados Unidos su firme convencimiento de que el calentamiento del planeta es mucho más grave que el terrorismo que tanto pregona.
A su vez, Lina María Salgar, del Grupo Semillas, nos insistía en que el TLC es una trampa mortal que busca ampliar el dominio de las transnacionales de ese país y la subordinación política y económica de todos los sectores de nuestra sociedad. Especialmente, tendría graves implicaciones sobre los recursos, la población y los territorios colombianos.
Mario Mejía Gutierrez, le agrega a la trampa mortal, los riesgos que corremos frente a los transgénicos y resalta los peligros para el ser humano, los peligros sanitarios, los ecológicos y sociopolíticos. El punto más preocupante es la resistencia a los antibióticos, cuando se consumen esas drogas en el proceso de producción de semillas y los efectos alergénicos; por ejemplo, el riesgo que entraña el gen de la resistencia a la ampicilina en el maíz de Novartis: 57 por ciento lo consideraron inaceptable; 34 por ciento pidieron medidas precautelatorias previas a la siembra del maíz; y solo el dos por ciento lo consideraron seguro. También registra Mejía como preocupantes los numerosos daños ecológicos de los transgénicos, no solo en la cadena alimentaria de los animales silvestres, sino en su capacidad de contaminar la biodiversidad mediante cruces o hibridaciones incontrolables, pues dependen del vuelo de los polinizadores y del viento.
La canola: Símbolo de imperialismo genético
Silvia Ribeiro desde México nos mantiene actualizados sobre los transgénicos, y registró textualmente la sentencia final de la Corte Suprema de Canadá en el caso de Monsanto contra Perry y Louise Schmeiser, que después de ocho años de juego jurídico término culpando a los agricultores de “Privar a Monsanto del pleno gozo de su monopolio al usar plantas que contenían genes con su patente”... Monsanto los culpaba por cuanto el viento y los insectos contaminaron los cultivos no transgénicos de los Schmeiser con genes de las variedades de Monsanto.
Vale anotar que Monsanto tiene detectives secretos para proteger sus patentes, demandar a los agricultores y obligarlos a pagar. También tiene jueces, medios de comunicación y lógicamente muchísimo dinero .... todo ello para exhibir su poder y amedrentar a los gobiernos y agricultores del mundo.
Y el algodón transgénico invade el territorio tolimense y asalta el bolsillo de los agricultores del algodón, en su modalidad Bt, algodón Bt. Es una planta insecticida artificial a la cual se le ha incorporado por ingeniería genética la toxina del Bacillus thuringensis, especialmente contra larvas de lepidópteros, y en este caso contra el perforador del tallo Helicoverpa armigera.
El comportamiento de la toxina Bt en algodón ha sido ampliamente estudiada en China, donde Monsanto lo introdujo en 1997, aumento a un millón de hectáreas en 2000 y creció hasta uno y medio millones de hectáreas en 2001, representando en 2001 el 35 por ciento del algodón sembrado en China (publicado por Greenpeace, Junio de 2002, 26 páginas).
La conclusión central de estos estudios es que la tecnología Bt actual habrá desarrollado en ocho o diez años resistencia eficaz por parte de la plaga objetivo, y simultáneamente habrá convertido plagas secundarias en principales y habrá reducido la población de parásitos naturales.
Por cuanto estamos ecológicamente en un punto crítico con los transgénicos, queremos festejar la decisión del Consejo de Estado mediante la cual les pide respeto a las transnacionales, ética frente a nuestra soberanía y lo más importante que consideren a los humanos, a la vida y a las culturas con prioridad esencial del planeta ... no como una mercancía.
GONZALO PALOMINO ORTIZ
Observatorio Ambiental del Tolima
Comunicado de prensa
El Consejo de Estado exige licencia ambiental a todos los transgénicos que hayan sido introducidos en Colombia desde 2OO2, fecha de aprobación del protocolo de Cartagena. (Bogotá, marzo 15 de 2005)
Acción popular
En el año 2003, el doctor Hernán Arévalo con el apoyo del Grupo de Acciones públicas de la Universidad el Rosario y algunas organizaciones como el Grupo Semillas y la fundación Derechos de Colombia, iniciaron una acción popular que tuvo por objeto cuestionar desde una visión de derechos colectivos la omisión de sus funciones en que incurrió el Ministerio de Ambiente al no exigir a la empresa Monsanto Inc. licencia ambiental para la liberación comercial del algodón transgénico Bt en Colombia.
Principio de precaución
Los principales argumentos de la demanda estaban basados en la exigencia de cumplimiento de las obligaciones por parte del Ministerio de Ambiente y la aplicación del Principio de Precaución, que establece que “la falta de certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces”(1).
La demanda solicitó expresamente la suspensión de la autorización otorgada por el ICA para la introducción de semillas de algodón Bt para la siembra, en la región del caribe húmedo. En su lugar se solicita que la empresa Monsanto inicie el trámite de licencia ambiental ante el Ministerio de Ambiente.
Licencia ambiental
El 17 de octubre de 2003, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló en primera instancia dicha acción popular en sentencia, cuya magistrada ponente fue la Dra. Beatriz Martínez, se ordenó:
1). Proteger los derechos colectivos al medio ambiente sano, a la salud pública, la libertad de consumo, a la participación de la comunidad en las decisiones que las afecten o que podrían afectarla y a la moralidad administrativa.
2). Suspender los efectos jurídicos de la resolución 1035 del 10 de mayo de 2002 expedida por el ICA.
3). Ordenar al Ministerio de Ambiente exigir a Monsanto el trámite de licencia ambiental previa importación del algodón Bt para ensayos semicomerciales en el caribe húmedo.
4). Enviar copia del expediente a la Procuraduría General de la Nación para los fines disciplinarios referidos a posibles vulneraciones de la moralidad administrativa en el trámite para la aprobación de la siembra del algodón Bt en Colombia. Ante dicha decisión, los demandados interpusieron recurso de apelación el cual fue resuelto por el Consejo de Estado el 4 de febrero de 2005 con ponencia de la Dra. Olga Inés Navarrete Barrero.
Revocaron a Monsanto
El Consejo de Estado estudió la apelación del fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, y revocó las determi naciones de esta primera instancia judicial. Determinó no procedente la licencia ambiental para este caso específico, puesto que considera que la solicitud de Monsanto y la resolución que aprobó estas siembras, fueron anteriores a la entrada en vigencia en Colombia de la Ley 740 de mayo 24 de 2002, aprobatoria del Protocolo de Cartagena sobre bioseguridad.
El gran aporte de esta sentencia del Consejo de Estado es que establece dos obligaciones en relación con los transgénicos que se introduzcan al país, cultiven o comercialicen, a partir de la vigencia de la Ley 740 de 2002 (Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad:
1). La exigencia de licencia ambiental.
2). El seguimiento a las actividades de Monsanto en Colombia a través de un Comité que deberá presentar informes al Tribunal de primera instancia.
Hacer seguimiento a Monsanto
Con respecto a la licencia ambiental, ésta debe considerarse como un requisito adicional dentro de todas las demás evaluaciones de bioseguridad que debe realizarse en el marco de las normas internacionales y nacionales vigentes, y de las que posteriormente se desprendan del desarrollo de una ley nacional en esta materia.
Comité de vigilancia transparente
En cuanto a la decisión de conformar un comité de seguimiento a las actividades de la empresa Monsanto en Colombia, es importante resaltar la preocupación que expresa el Consejo de Estado frente a los posibles impactos que puedan generar en el país las actividades de esta transnacional biotecnológica. Sin embargo, una debilidad en la decisión del Consejo de Estado es que excluyó a representantes de la sociedad civil en la conformación de dicho comisión, razón por la cual los demandantes y los coadyuvantes han solicitado al Consejo de Estado que sean incluidos en la conformación de este comité de seguimiento.
[1] Ley 99 de 1993. Decisión 391 del Acuerdo de Cartagena, artículo 13.
Germán Vélez y Elizabeth López
Grupo Semillas