Colombia: Proteger la vida antes fallas en El Quimbo
"Se solicita a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ordenar a EMGESA el DESEMBALSE de la Represa el “Quimbo” hasta que se garantice el estudio IMPARCIAL sobre las condiciones de una caracterización geométrica, cinética y sismológica solicitado por la Contraloría General de la República y un Programa de Gestión de Riesgo de Desastres".
La Asociación de Afectados por Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, ASOQUIMBO, -NIT: 900308358-1-, se dirige a ustedes de manera pública en ejercicio del derecho de petición, consagrado en el artículo 23 de la Constitución Nacional y en el artículo 5º del Código Contencioso Administrativo, con fundamento en los siguientes:
HECHOS:
1.- La Contraloría General de la República, en el Informe Final sobre las consideraciones técnicas del quimbo, del 1 de septiembre de 2014, advirtió de una grave situación por AMENAZA E INCERTIDUMBRE sobre actividad VOLCANICA, FALLAS GEOLOGICAS y SISMICIDAD en la zona de inundación y llenado de la represa; situación que no fue estudiada debidamente ni por la Autoridad Ambiental antes de otorgar la Licencia Ambiental 899 de 2009, ni tampoco por EMGESA durante el proceso de construcción de la represa. La solicitud de la Contraloría era obligar a EMGESA a que antes de iniciar el llenado del vaso del embalse se ordenara un estudio IMPARCIAL sobre las condiciones de una caracterización geométrica, cinética y sismológica que permita establecer bajo un modelo determinístico la ocurrencia de sismos generados. La Contraloría caracterizó de esta forma los riesgos:
- “La ausencia de una zonificación por amenaza volcánica relacionada con la presencia y actividades del Volcán Nevado del Huila y el Volcán Sotará”.
- “La ausencia de un modelamiento morfo-dinámico relativo a las amenazas provenientes de “avenidas torrenciales, flujos de lodos, generadas por crecientes en el sector de los Ríos Páez y La Plata y el sector Río Magdalena y Río Suaza”
- La ausencia de una “caracterización geométrica, cinemática y sismológica que permita establecer bajo un modelo determinístico o probabilístico la ocurrencia de sismos generados” por las diez fallas geológicas, identificadas por el EIA, que allí se señalan.
El informe concluye que la licencia ambiental de este proyecto “presenta insuficiencias técnicas que permitan la caracterización ambiental en el componente físico y logre un mejor acercamiento a los aspectos de amenazas por proceso volcánicos, morfodinámicos y sísmicos que son garantes de la prevención de desastres”, lo cual hace de la ejecución de este proyecto un verdadero peligro dado que puede producirse una CATASTROFE DE GRAN MAGNITUD, según esta autoridad.
2.- La CAM a través de Recurso de Reposición de la Resolución 759 del 26 de junio de 2015 advierte que “dada la conjunción de estos factores, se considera inadmisible el riesgo a que se someten todas las poblaciones situadas en cercanías del embalse en un radio aún no determinado en los estudios consignados en la Licencia Ambiental y que no se cuente con una evaluación en temas de Gestión de Riesgo de Desastres acorde con la Ley 1523 de 2012 (procesos de conocimiento y reducción del riesgo y manejo de emergencias y atención de desastres)”
3.- El 30 de junio de 2015 Emgesa con la presencia de la ANLA inició el llenado del vaso del embalse desacatando la advertencia de la Contraloría General de la República y sin la existencia de un Programa de Gestión de Riesgo de Desastres.
4.- Emgesa reconoció el 12 de agosto que en la vía que conforma el espaldón de aguas arriba del dique auxiliar del Quimbo se presentó una fisura que consideró “superficial y normal”, sin embargo, hasta la fecha la emergencia continúa.
SOLICITUD:
PRIMERA: En concordancia con lo expuesto se solicita a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ordenar a EMGESA el DESEMBALSE de la Represa el “Quimbo” hasta que se garantice el estudio IMPARCIAL sobre las condiciones de una caracterización geométrica, cinética y sismológica solicitado por la Contraloría General de la República y un Programa de Gestión de Riesgo de Desastres.
SEGUNDO: Solicitar a la CGR y a la CAM realizar el Estudio Imparcial y elaborar de inmediato un informe sobre el estado actual de la falla existente en el Dique auxiliar del Quimbo.
NOTIFICACIONES:
Recibiremos comunicaciones relacionadas con la solicitud formulada en la siguiente dirección:
Calle 8 B No. 37 A – 01 Apartamento 303, Torre II El Curíbano, Barrio Ipanema Neiva Huila Colombia.
Celular: 3167555427.
E-mail: millerdussan@gmail.com
Miller Armín Dussán Calderón
Representante Legal de Asoquimbo