Chile: decreto limita al Convenio 169
"El 15 de septiembre de 2009 ha entrado en vigor en Chile el Convenio 169 de la OIT. Simultáneamente el Gobierno ha dictado un Decreto con un "Reglamento" del mismo. Se trata de un "Reglamento" arbitrario que transgrede al Convenio 169, y desconoce los estándares internacionales del deber de consultar a los pueblos indígenas".
Texto comentado del Decreto 124 de 'Reglamento de Consulta y Participación de los pueblos indígenas en Chile'.
El 15 de septiembre de 2009 ha entrado en vigor en Chile el Convenio 169 de la OIT. Simultáneamente el Gobierno ha dictado un Decreto con un "Reglamento" del mismo.
Se trata de un "Reglamento" arbitrario que transgrede al Convenio 169, y desconoce los estándares internacionales del deber de consultar a los pueblos indígenas.
El "Reglamento" sigue los pasos del anterior intento gubernamental de limitar el Convenio 169 en Chile por vía de una Declaración Interpretativa. En su momento tal "declaración" no logró imponerse gracias a la decidida y oportuna denuncia de la misma de parte de los pueblos indígenas, organismos de derechos humanos, la academia y la comunidad internacional.
Transcribimos texto del Decreto 124 de "reglamento de la consulta" con notas críticas a cada artículo: Aquí