Argentina: freno a un proyecto minero
El juez, en respuesta a una medida cautelar solicitada por el intendente local, suspendió el convenio hasta que se realice el inventario de glaciares en la región. En Catamarca, un fallo favoreció a La Alumbrera.
La Justicia de Chilecito, en La Rioja, ordenó ayer suspender el convenio que el gobierno riojano firmó con la empresa minera canadiense Osisko Mining Corporation hasta que se realice un inventario de glaciares en la región. La resolución del juez Daniel Flores fue celebrada por el intendente de Famatina, Ismael Bordagaray, quien presentó la demanda, y los pobladores de esa localidad que rechazan la minería a cielo abierto y el emprendimiento que Osisko intenta iniciar en el cerro que da nombre a la comuna. En Catamarca, en cambio, la Justicia federal falló a favor de la empresa minera La Alumbrera en la causa por supuesta afectación ambiental en la zona del río Vis Vis, que nace en el límite de los departamentos de Andalgalá y Belén.
El juez Flores confirmó que había dispuesto que “se suspenda” la vigencia del convenio al admitir una medida cautelar presentada por la intendencia. Consultado sobre los términos de la suspensión, dijo que había “dispuesto (esa medida) hasta tanto se haga el inventario de glaciares” que exige la legislación nacional.
El juez advirtió que la medida es preventiva ya que si efectivamente los glaciares existieran en la zona, “como consta en el expediente a través de un estudio científico, luego habrá que determinar el impacto ambiental de la minería” sobre esas fuentes de agua, ya que el daño estaría producido.
La solicitud de la medida cautelar había sido presentada por el intendente Bordagaray, quien dijo que éste era “el primer golpe que la Justicia le da al gobierno” provincial. El convenio fue firmado sin anuncio previo en agosto de 2011 por el gobierno, a través de la empresa estatal EMSE y la empresa canadiense Osisko Mining Corporation para la exploración en busca de oro y otros minerales en el cordón del Famatina.
Si bien el inicio de las tareas estaba previsto para enero, el 2 de ese mes buena parte de la comunidad de Famatina y las Asambleas Ciudadanas por la Vida cortaron el acceso a la zona de trabajo a la altura de Alto Carrizal, a unos 250 kilómetros de la ciudad capital en dirección oeste. Desde entonces, el corte se mantiene con movilizaciones y un rechazo popular mayoritario a darle a la actividad minera la licencia social que requiere.
El gobierno riojano prevé suscribir un convenio con el Instituto de Glaciología (Ianiglia) para estudiar si existen glaciares en la zona y en caso afirmativo, qué características tienen. Las autoridades provinciales, que sólo reconocían la existencia de uno, admitieron que se basaban en “manuales de geografía” que podían estar desactualizados pero negaron que en la zona del cordón del Famatina, donde se pretende explorar, haya glaciares.
Los pobladores, que sostienen el corte de Alto Carrizal, afirmaron ayer que no dejarán pasar a funcionarios provinciales que intenten hacer un inventario por fuera de lo que prevé la ley nacional.
El diputado nacional Juan Casañas (UCR) destacó que el fallo es un “avance hacia un modelo minero responsable”. Tras la resolución judicial, las Asambleas Ciudadanas organizaron una manifestación hacia los Tribunales de Chilecito para “agradecer al magistrado por dar lugar al pedido del municipio y el pueblo de Famatina”.
“Es otra batalla ganada. Ahora vamos a exigir a rajatabla el cumplimiento de la Ley de Glaciares”, señalaron los ambientalistas.
Fuentes empresarias indicaron que el fallo se dio en el marco de la causa iniciada por pobladores de Andalgalá contra la compañía por posible daño ambiental en esa zona. La resolución está fundamentada en dos pericias técnicas que desestimaron la existencia de “perturbaciones ambientales” causadas por la actividad de la mina que extrae cobre, oro y plata.
Según el fallo, una de las pericias determina que “tanto para sedimentos de corriente, aluviones de crecida, suelo y aguas naturales de las cuencas superiores, media e inferior del río Vis Vis, no se reconocen existencias de perturbaciones en los contenidos naturales de los constituyentes que sean atribuibles a impactos del complejo minero Bajo La Alumbrera”.
Fuente: Página 12