Argentina: Medida cautelar frena el fracking en Chubut

La operación de un pozo no convencional de la empresa YPF en la zona de La Greta en cercanías de Río Mayo, fue suspendida por una medida cautelar dictada por la Justicia.

La acción de amparo contra la petrolera fue presentada por el dirigente de una comunidad mapuche Marcelo Pintihueque.

La medida judicial había sido declarada inadmisible en primera instancia y la medida cautelar que presentaron para suspender el proyecto fue rechazada. Sin embargo el miércoles, la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia revocó la sentencia con lo cual declaró admisible la acción de amparo y concedió la medida cautelar de suspender el proyecto de YPF, informó hoy el Diario Crónica.

La abogada Silvia De los Santos es la representante legal de Pintihueque, del Lof Mapuche Comarca Chubut, y el viernes 31 de mayo presentó un recurso de amparo en el Juzgado Laboral Nº 1 con el objeto de impedir la perforación de un pozo exploratorio de petróleo no convencional denominado “La Greta”, ubicado a 15 km de Río Mayo. Este fue rechazado, pero la Cámara de Apelaciones le hizo lugar.

De los Santos explicó que el Estado y la empresa deberán ser notificados de la medida cautelar, para que no avancen con el proyecto. “Es importantísimo porque la medida cautelar es para proteger la fuente de agua potable de más de 230 mil personas de distintas localidades, Sarmiento, Comodoro, Rada Tilly, Caleta Olivia”, expresó la abogada en declaraciones a Radio Crónica de Comodoro Rivadavia.

“Es muy importante la reivindicación de preservar sobre todo el agua y el lugar donde vivimos, porque en este caso, la cuenca del Senguer es la única fuente de agua potable que tenemos y si se llevara adelante este proyecto es casi garantizado que se destruiría”, agregó la letrada.
Además manifestó que, de su conocimiento, este es el primer proyecto paralizado de fracking en el país.

La abogada había destacado al momento de iniciar esta acción legal, que la medida interpuesta se basaba en “la falta de consulta al mundo indígena ante cualquier actividad a realizarse en su territorio, la violación del debido proceso y acceso a la información ambiental, la participación efectiva de la comunidad en audiencia pública y la preservación del agua”. Además el amparo realiza tres denuncias, una de ellas es la falsificación de documento público, la existencia de un expediente mellizo y la omisión de los deberes de funcionarios públicos “por incumplimiento de las funciones del Instituto Provincial del Agua, y de los organismos competentes por falta de resguardo de zona arqueológica y material arqueológico en superficie”, señalaba.

El “fracking” es un término anglosajón para referirse a la técnica de fracturación hidráulica para la extracción de gas no convencional. Consiste en la extracción de gas natural mediante la fracturación de la roca madre (pizarras y esquistos). Para extraer el gas atrapado en la roca se utiliza una técnica de perforación mixta: en primer lugar se perfora hasta 5000 metros en vertical y después se perfora varios kilómetros en horizontal (2 a 5). Entonces se inyecta agua con arena (98%) y una serie de aditivos químicos (2%) a gran presión. Esto hace que la roca se fracture y el gas se libera y asciende a la superficie a través del pozo. El proceso se repite a lo largo de la veta de roca rica en gas. Parte de la mezcla inyectada vuelve a la superficie (entre un 15 y un 85 %).

Existe una gran alarma sobre el peligro medioambiental derivado de esta técnica, pues además de un enorme consumo de agua, es habitual que junto con la arena se incluyan multitud de compuestos químicos, cuya finalidad es favorecer la fisuración o incluso la disolución de la roca, y que podrían contaminar tanto el terreno como los acuíferos subterráneos.

Fuente: Agencia de Noticias Patagonia Energética

Temas: Petróleo

Comentarios