¿Qué caracteriza al Tratado Transpacífico?
"¿Cómo se le denomina al proceso y régimen político donde un pequeño grupo domina, o concentra, la triada de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial? Alguno de inmediato pensará en el México actual, o en algo similar, y no estará lejos del término totalitarismo, o dictadura."
Por Alejandro Villamar
Red Mexicana de Acción Frente al Libre Comercio
¿Cómo se le denomina al proceso y régimen político donde un pequeño grupo domina, o concentra, la triada de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial? Alguno de inmediato pensará en el México actual, o en algo similar, y no estará lejos del término totalitarismo, o dictadura.
El proyecto de Acuerdo Estratégico Transpacífico de Asociación Económica (TPP por sus siglas en inglés) se caracteriza no por abrir las puertas al comercio en el área que le da nombre, sino por la pretensión política de monopolizar sin límite todos los poderes en el seno de las sociedades miembros del Tratado, de buscar el apoyo masivo y el uso de las técnicas modernas de propaganda, características básicas del totalitarismo o dictadura política, ahora trasnacional.
El texto del Tratado Transpacífico se negoció en medio de la secrecía entre esa minoría de los grupos trasnacionales dominantes y sus funcionarios gubernamentales del área, pero a espaldas de los poderes de las repúblicas y de la sociedad. La propaganda apabullante nos lo presenta como un hecho consumado pero contradictoriamente pretende que todos lo aceptemos y que los legisladores simplemente lo ratifiquen.
En su estructura o alma jurídico-política, el Tratado Transpacífico contiene múltiples disposiciones u órdenes en sus más de 600 páginas, con 30 Capítulos y Cartas Paralelas (algunas de ellas desconocidas) de que los países que lo negociaron y lo ratifiquen se obligan a:
- Cambiar leyes al gusto o interés de los grupos trasnacionales (no conforme el interés público, sino privado trasnacional). Se observa así en varios Capítulos como el 2 (Trato nacional y acceso a bienes), 9 (Inversionistas), 15 (Compras gubernamentales), 18 (Propiedad intelectual), 20 (Ambiental).
- Aceptar el predominio de Tribunales Privados Trasnacionales (con Poderes Judiciales) para juzgar controversias entre los inversionistas extranjeros y los Estados nacionales. Tribunales por encima de los Poderes Judiciales nacionales, previstos en el Capítulo 28 (Solución de controversias).
- Reconocer, aceptar y acatar el poder de una Comisión (Ejecutiva) de Asociación Transpacífica, por encima de los poderes formales de la República; integrada por los ministros y con facultades para ejecutar, adaptar y modificar los términos del Tratado, Capítulo 27 (Disposiciones administrativas e institucionales).
Estas características muestran que el Tratado Transpacífico es un atentado a la soberanía, es decir un atentado al poder y derecho del pueblo a definir sus leyes, elegir y controlar a sus instituciones y ejercer el respeto de su territorio. En términos constitucionales es una violación explícita o flagrante al Artículo 39 Constitucional de México.
Además, en el plano del derecho internacional han aparecido con fuerza inusitada las denuncias de relatores especiales y expertos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) donde se sustenta la contradicción entre la naturaleza de tratados “comerciales” como el Transpacífico, con los compromisos asumidos y obligados a cumplir por parte de los gobiernos en materia de derechos humanos, derechos de los pueblos indígenas, derecho al desarrollo y a los compromisos de Desarrollo del Milenio ( aquí), entre otros. O la alerta de la Organización Mundial de la Salud sobre el potencial obstáculo de acceder a los medicamentos que contiene el Transpacífico. ( aquí)
El contundente llamado de los relatores y expertos de la ONU a “darle prioridad a los Derechos Humanos, por encima de las ganancias de las corporaciones”, resume la orientación política alternativa a los falsos tratados comerciales corporativos como el Tratado de Asociación Transpacífico. ( aquí)
Los potenciales y peligrosos impactos políticos, económicos, sociales, culturales del Tratado Transpacífico derivan de las experiencias previas y del análisis actualizado de la profundidad de los cambios que contiene el voluminoso texto, y que dimos a conocer en la Declaración Mexicana de Un rotundo No al TPP ( aquí), y en El TPP, corona de la estrategia trasnacional.( aquí)
Tan sólo como ejemplos de análisis muy recientes de potenciales impactos sobre la soberanía alimentaria, la agricultura y la salud:, el TPP prevé ilegal contaminación de los alimentos por organismos genéticamente modificados ( aquí) un nuevo informe cuestiona las normas de seguridad alimentaria y de sanidad animal del acuerdo comercial TPP. ( aquí)
Finalmente, la estructura del Transpacífico también responde a una geo-estrategia global doble: 1.- trastocar las reglas del derecho internacional y sus instituciones a partir de la imposición ilegítima global de las reglas acordadas entre un puñado de países, y 2.- consolidar una punta “plurilateral” de ataque y contención a China y atenuar la decadencia hegemónica de Estados Unidos.
¡Por estas y muchas más razones ha crecido y sigue ampliándose la coalición nacional e internacional opositora a este engendro Transpacífico de retroceso civilizatorio!
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Entrevista con Victoria Tauli-Corpuz
Relatora Especial de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
gro.aigw@pa Miembro del Grupo Internacional de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (IWGIA, siglas en inglés)
A raíz de la actual negociación de uno de los principales acuerdos de libre comercio, el Acuerdo Estratégico Transpacífico de Asociación Económica (TPP, en inglés), ¿cuál es su opinión sobre el impacto de este tipo de acuerdo sobre los pueblos indígenas?
Muchos de los acuerdos internacionales de inversión y de los tratados de libre comercio son negociados sin tomar en cuenta los derechos humanos en general y sin ninguna participación de los pueblos indígenas. Así que éste es uno de los problemas principales que enfrentamos.
Uno de los principios centrales de estos acuerdos es que tienen una cláusula de no discriminación en cuanto a los inversores, que establece que no se puede discriminar entre un inversor local y uno internacional, lo que implica la liberalización de todas las leyes para otorgar mayores derechos a las compañías y, lamentablemente, en muchos casos minando los derechos de los pueblos indígenas.
En el caso específico del Acuerdo Transpacífico, no hubo información sobre el contenido de las negociaciones, y sólo hace muy poco que se empezó a conocer su contenido. Se trata de un acuerdo para la total liberalización de inversiones y que, entre otros temas, genera serias amenazas en el área de derechos de propiedad intelectual. Con el pretexto de crear nuevas fuentes de trabajo, me temo que con este acuerdo se debilitan los derechos humanos. Si bien todavía estamos en la fase de su ratificación, podría afirmar que este acuerdo será una seria amenaza para los derechos de los pueblos indígenas.
Hay que tener en cuenta que muchos de los últimos recursos naturales se encuentran en los territorios indígenas, bien porque ellos los han protegido tradicionalmente o porque se hallan en áreas muy remotas. El agotamiento de los recursos en varios países hace que ahora se lancen sobre las riquezas de los territorios indígenas. Desafortunadamente, vemos un retroceso en relación con la defensa de los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras, territorios y recursos naturales tanto a nivel de los Estados como incluso dentro de los organismos internacionales. Por ejemplo, a pesar de que los indígenas reconocen el valor del Convenio 169, dentro de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) no existe un programa fuerte de promoción de este Convenio para impulsar su cumplimiento efectivo por los Estados.
¿Nos podría dar algún ejemplo del impacto de estos acuerdos sobre las comunidades indígenas?
Tenemos el caso de Ecuador y la explotación de hidrocarburos de Chevron. La comunidad indígena ganó el juicio por la pérdida de su territorio y contaminación del suelo. A pesar de que la Corte Suprema dictaminó la obligación de la compañía para limpiar el área, no se hizo nada, pues la compañía alega que eso es responsabilidad del Estado ecuatoriano. Este tipo de acuerdos comerciales apoyan completamente los derechos de las empresas, y las medidas que el Estado pudiera adoptar para la defensa de los derechos humanos pueden ser objeto de una demanda al amparo de estos acuerdos comerciales.
Gente de la etnia dusun en Malasia FOTO: Christian Erni / IWGIA |
¿Ante este panorama, que pueden hacer los pueblos indígenas?
Antes que nada, los pueblos indígenas tienen el derecho de su lado a partir de la Declaración de las Naciones Unidas y el Convenio 169 de la OIT. En ambos instrumentos se establecen los derechos indígenas sobre sus territorios y recursos. En muchos países de América Latina se ha ratificado el Convenio de la OIT y en varios casos se ha desarrollado en leyes nacionales. Son derechos establecidos en los ámbitos nacionales e internacionales y deben ser respetados. Los pueblos indígenas tienen también el derecho de participación en las negociaciones de los acuerdos comerciales que puedan afectar sus territorios. Como mínimo deben tener la oportunidad de saber lo que se está negociando y poder expresar sus opiniones. Pero a los indígenas no se les suele informar lo que se está negociando, cuando deberían estar debidamente informados sobre los proyectos de inversión que tengan impacto sobre sus comunidades. Existe el derecho específico a la consulta libre, previa informada, para que al menos sean consultados sobre estos proyectos de inversión.
¿Cuál es el papel de la Relatoría Especial de Pueblos Indígenas?
Estoy trabajando en un informe sobre acuerdos comerciales, inversiones y el impacto sobre los pueblos indígenas, identificando algunas recomendaciones al respecto. Mi objetivo es analizar si estos acuerdos comerciales violan o respetan los derechos indígenas. ¡Quizá encontremos acuerdos comerciales que respetan los derechos indígenas! La Relatoría monitorea las violaciones de los derechos humanos de los pueblos indígenas. Y si estas violaciones son causadas por el accionar de las empresas en el marco de acuerdos de libre comercio, debo informar sobre esto y llamar la atención a los Estados que estén involucrados en este tipo de acuerdos.
Como Relatora usted ha realizado hasta ahora dos visitas en América Latina: Paraguay y Honduras. ¿Qué opinión le merece la situación de los pueblos indígenas en ambos países?
En Paraguay las comunidades indígenas están perdiendo sus territorios porque el gobierno ha decidido que la prioridad es la expansión de la frontera agrícola-ganadera. Paraguay es el cuarto productor mundial de soya y el quinto en exportación de carne. Y esta política tiene implicaciones directas sobre los indígenas, pues esta ampliación de las áreas de producción se desarrolla sobre las tierras indígenas.
Integrante de la etnia harákmbut en Perú FOTO: Alejandro Parellada / IWGIA |
En el caso de Honduras también los proyectos de inversión afectan a las comunidades indígenas, aunque nunca se les haya consultado. Pero estas no son situaciones únicas en estos países, sino que ocurren en muchos otros países del mundo.
¿Cuáles serán sus próximas visitas oficiales?
Tenemos confirmada una visita a Brasil a principios del 2016 y me gustaría poder ir a otro país de América Latina. El Congreso mexicano aprobó una resolución para invitarme, pero hasta ahora no he recibido la invitación oficial del gobierno para visitar el país. Así que espero recibir dicha invitación y así poder visitar México en el 2016.
Fuente: La Jornada del Campo