El genocidio empieza por matar los derechos de la humanidad

Idioma Español
País Colombia

"Como sabemos que los Estados y las corporaciones no sólo no harán caso sino que se burlan, enseñoreados de su desvío de poder, tenemos que recurrir a instancias como el Tribunal Permanente de los Pueblos, buscando acuerpar responsabilidad y cuidado, —y hacerlo visible, actuante, propositivo y reivindicante de la vida de lo humano y la naturaleza, de la que somos parte".

- Foto tomada del sitio Cronicón.
COLUMNA DESDE LOS FUEGOS DEL TIEMPO

Por Ramón Vera-Herrera

Entre el 25 y el 27 de marzo de 2021 se llevó a cabo una sesión del Tribunal Permanente de los Pueblos en Bucaramanga, Medellín y Bogotá, para juzgar la alarmante y tan difundida situación de “Genocidio político, impunidad y crímenes contra la paz” en Colombia.

La acusación interpuesta el 1 de abril de 2020 por “un amplio número de organizaciones y representantes de la sociedad civil colombiana” [209 organizaciones sociales, movimientos, asociaciones, comunidades, sindicatos y colectivos más 179 personalidades y líderes sociales] se presentó públicamente en Bogotá el 26 de enero de 2021 y abrió un proceso que culminó este año cargando un contexto de reiteración de agravios, pues su referencia primera se remonta a dos sesiones anteriores del Tribunal en Colombia, la primera en 1989-1991, donde se abordó “la impunidad de los crímenes de lesa humanidad en América Latina” y luego otro entre 2006 y 2008, sobre “Empresas transnacionales y derechos de los pueblos en Colombia”. (www.tppcolombia.com)

En la introducción de la sentencia emitida apenas hace unos días, esta tercera sesión del Tribunal no deja de citar, y por tanto reiterar, lo dicho ya en las sesiones anteriores: «Un gobierno formalmente democrático que vive en una inusitada y persistente ejecución de crímenes de lesa humanidad. La violencia institucional (fuerzas armadas y organismos de seguridad), parainstitucional (organismos paramilitares) y extrainstitucional (sicarios y asesinos a sueldo)… persigue acabar con toda persona y organización social, gremial o política que confronte las injustas estructuras socio-económicas y políticas vigentes. El asesinato de líderes populares y políticos de oposición, la desaparición forzada, las masacres de campesinos, los bombardeos de zonas rurales, la detención ilegal, son varios de los instrumentos utilizados en la sistemática y permanente violación de los más elementales derechos y se describían los mecanismos de impunidad, que han seguido vigentes durante muchos años». 

Si eso era en 1991 (hace treinta años), en 2008, “el Tribunal condenó al gobierno de Colombia” diciendo: «por su participación, directa o indirecta, por acción y por omisión, en la comisión de prácticas genocidas, […] en la comisión de crímenes de lesa humanidad […] y por incumplimiento de sus obligaciones de persecución del genocidio, […] y de los crímenes de lesa humanidad, y en particular de la violación del derecho a la tutela judicial efectiva y de los derechos reconocidos internacionalmente a las víctimas de dichos crímenes». 

Esto hace de la sentencia que ahora presenta el Tribunal, sin duda una agravante y es por eso que desde la introducción, el Tribunal no deja de anotar: «La continuidad de las prácticas de la violencia en contra de los pueblos colombianos y sus derechos fundamentales, en su forma, su gravedad y sus actores está demostrada en la presente sesión, así como la magnitud de los grupos poblacionales afectados a lo largo de la historia reciente de Colombia. Los elementos esenciales, factuales y jurídicos, de las dos sesiones anteriores han permitido una evaluación más completa de las evidencias presentadas por los testigos de la presente Sesión. Estos elementos pueden ser sintéticamente resumidos en los siguientes puntos». 

Su puntualización y detalle recorren entonces los aspectos que en otros casos y en tales sesiones históricas mencionadas, el Tribunal mantiene como mira: “1… El recurrente escenario de políticas estatales de los diferentes gobiernos —comparables por la gravedad, las estrategias, las responsabilidades— destinadas a reprimir radicalmente, hasta el exterminio físico, toda oposición democrática y a imponer modelos de sociedad excluyentes de los derechos fundamentales a pesar de estar constitucionalmente reconocidos. 2… La alianza estrecha —que se traduce en un sistema de apropiación, explotación, control concreto de territorios con la expulsión violenta, hasta una práctica de masacres en las comunidades y pueblos legítimos propietarios—, con actores privados, legales e ilegales, nacionales e internacionales. Eso tiene la consecuencia de producir condiciones intolerables de pobreza, y de desigualdad, con unos pobres cada día más pobres y una oligarquía cada día más rica. 3… Políticas estatales de exclusión y exterminio han tenido como objetivo específico las comunidades campesinas, las poblaciones indígenas y afrodescendientes, los movimientos estudiantiles, los sindicatos, los movimientos y partidos políticos, y los líderes sociales y defensores de derechos humanos, y han integrado sistemáticamente la violencia más brutal contra las mujeres como herramienta específica de expresión de desprecio y terror para las comunidades. 4. La transformación de algunos grupos de oposición en formas de lucha armada ha creado una permanente situación de guerra, que se ha traducido también en la creación por parte del Estado de una verdadera estructura ilegal paramilitar. El cruce y las alianzas de las organizaciones armadas con el narcotráfico han producido situaciones de violencia incontrolables y de conflictos que han afectado aún más profundamente los derechos a la vida de las poblaciones civiles, y han frustrado todos los intentos de acuerdos de paz. 5. Las dos sentencias precedentes del TPP, que coinciden con muchos informes de agencias internacionales de derechos humanos, han concluido la existencia de crímenes contra la humanidad, de crímenes de guerra, de políticas y prácticas genocidas. La sentencia de 2008 reconoció específicamente el genocidio contra partidos políticos y poblaciones indígenas. Todo esto pasó en una total impunidad, que se ha mantenido a lo largo de los decenios examinados, y que ha sido posible en particular por una política de activa persecución de la independencia de los poderes judiciales del país».

¿Pero qué es el Tribunal Permanente de los Pueblos? Por qué juzga de un modo tan certero el quehacer de los Estados, los gobiernos y las corporaciones, actores que ninguna instancia jurídica parecen tocar, ni quieren hacerlo, en una especie de pacto de silencio que se extiende por todo el planeta y hace ver al derecho internacional como una máscara bastante echada a perder, a la que se le asoman ya los rasgos descompuestos y pútridos de lo que quieren esconder.

El propio Tribunal, nueva encarnación de lo que fuera el Tribunal Bertrand Russell, dice de sí mismo que es un tribunal internacional “de opinión o conciencia”. “No es un tribunal judicial ni pretende serlo. No dispone de los medios humanos ni materiales para actuar como un tribunal. No ha sido creado mediante un instrumento juridico de carácter público, ni una ley estatal, ni mucho menos un tratado internacional”. Fue creado de un modo privado por la Fundación Lelio Basso y tiene su sede en Roma.

Llanamente esto significa que es un tribunal autogestionario que responde al llamado de los pueblos, entendidos éstos en su acepción más vasta, y por ende este carácter de no vinculación lo hace totalmente independiente, una entidad convocada y activada por la sociedad civil en sus instancias organizadas, a niveles nacionales e internacionales para ser una “tribuna de visibilidad, del derecho a la palabra, de afirmación de los derechos de los pueblos expuestos a violaciones graves y sistemáticas por parte de actores públicos y privados, nacionales e internacionales, sin posibilidades de recurso y acceso a los organismos competentes de la comunidad internacional organizada”. (Ver la sentencia del TPP en Colombia.)

Hay quien dirá que para qué sirve un tribunal si no tiene ninguna repercusión en términos de penas y castigos sobre los agravios, configurados o no como delitos por las leyes existentes, si no puede someter a la “justicia” a quienes han perpetrado tantos crímenes innombrables.

Lo real es que el tribunal es un espacio internacional donde se discute y se reflexiona sobre lo que significa eso que le llaman derecho, y sobre la responsabilidad compartida que toda sociedad debería poner en alto, y que hoy por hoy está prácticamente desmantelada exprofeso por los organismos internacionales de promoción económica y comercial, los gobiernos complicitados con las corporaciones, legales o ilegales que miran en estos derechos invocados por los pueblos, un estorbo real a sus intereses, intereses que son capaces de llevar al exterminio a quien se oponga.

El exterminio no necesariamente es físico. Por eso el Tribunal, desde su independencia, sirve de “herramienta para explicitar y determinar la existencia, la gravedad, la responsabilidad y la impunidad de las violaciones cometidas, así como las medidas de justicia y reparación debidas”, es “testigo y promotor de la investigación dirigida a llenar las lagunas institucionales y doctrinales del derecho internacional actual”, pero sobre todo, como lo hemos constatado quienes trabajamos con el Tribunal en su capítulo México ocurrido entre fines de 2011 y 2014, es también un espacio para que la gente se organice en torno a sus agravios, los sistematice abriendo a su vez espacios de reflexión e investigación siempre colectiva, y permita que le gente se reconstituya como sujetos individuales y colectivos de una acción y una transformación urgente, a partir del cotejo, del espejo, que gente con autoridad moral, y sin ningún afán de lucro y sin intereses, sirva de interlocutor de una sociedad desesperada por expresar su voz.

En el caso de Colombia, sabemos que es largo el trecho para arribar a una transformación, pero las recomendaciones expresadas ponen de manifiesto que ya se ha condenado en reiteradas ocasiones al gobierno colombiano por solapar, por ende promover la impunidad de “los responsables de violaciones de derechos humanos”. “Por su participación, directa o indirecta, por acción y por omisión, en la comisión de prácticas genocidas, […] en la comisión de crímenes de lesa humanidad, y en particular de la violación del derecho a la tutela judicial efectiva y de los derechos reconocidos internacionalmente a las víctimas de dichos crímenes”. Por eso, la conclusión central de la sentencia en esta sesión en Colombia es que «El trabajo del TPP ha puesto en evidencia, con los límites de esta síntesis inevitable, cuánto y cómo la historia del genocidio continuado de los pueblos de Colombia es, al mismo tiempo, memoria y representación de la historia que toca a fondo, a pesar de las diferencias materiales de actores y contextos, a los pueblos del mundo. En la larga trayectoria del TPP, quizás nunca como en esta sesión se ha hecho clara la necesidad que, aún más en un mundo global, sean los pueblos con sus luchas tan diversas y tan complementarias, los sujetos que pueden investigar, experimentar, compartir un derecho, de los pueblos y de la tierra, que sea a medida de los desafíos vitales de los tiempos que se viven. El agradecimiento del TPP al pueblo colombiano quiere ser una recomendación y un auspicio para una capacidad de recíproca alianza y lucha entre los pueblos que creen en un futuro que sea su bien común.» 

Más allá de esa declaración tan vital, resaltamos también las reflexiones de Gianni Tognoni, secretario general del Tribunal Permanente de los Pueblos, que en un reciente texto, lamentaba: “La situación de grave crisis de los derechos humanos no tiene, en sí, nada de nuevo, lamentablemente: la violación de los derechos fundamentales, de los individuos y de los pueblos, es cada vez más a menudo la protagonista de la crónica cotidiana. Queda sólo la duda de elegir entre escenarios del mundo global. Sin embargo, lo que se ha verificado en las últimas semanas en tres situaciones profundamente heterogéneas (tanto es así que son parte de crónicas absolutamente distintas por características políticas, de imaginario, de “víctimas” concretas), en Gaza, en las tratativas sobre la accesibilidad a las vacunas, en las relación entre Europa y migrantes, propone una coincidencia transversal tan coherente de actores y de responsabilidad de la ‘comunidad internacional’, en sus más altos y formales niveles de representación, que se impone como novedad”.

Para Gianni Tognoni, esto significa que la civilización occidental, institucionalizada transversalmente en el planeta, expresa “una verdadera, explícita interpretación oficial actualizada de todas las Declaraciones, Convenciones y Constituciones que han configurado la originalidad histórica de una civilización (o por lo menos un proyecto de ella”. 

En esta actualización, la violación del derecho universal a la vida “de cada ser humano como individuo y colectividad”—que antes habría ocasionado una verdadera sacudida— “una situación criminal contra el orden internacional de los Estados”, hoy parecería considerarse, burlona, o cínicamente. Se le relativiza. El extrañamiento del secretario del TPP nos exige cuestionar nuestra relación con las instancias a las que no les importa incurrir en “crímenes contra la humanidad, sin siquiera la ‘excusa’ de la guerra, hasta el crimen ‘impensable’ del genocidio, es decir, del proyecto de eliminación de un grupo humano”. (Ver, “Es oficial: los derechos humanos han ‘caducado’”, Other News, 14 de junio de 2021,  http://www.other-news.info/noticias/2021/06/es-oficial-los-derechos-humanos-han-caducado/)

Gianni Tognoni lo deja muy claro, y su voz debemos tomarla en cuenta por su gran humanidad, su lucidez y su entereza para cuestionar la vigencia del sistema de derecho internacional cuya fragilidad queda manifiesta en esta sumisión del derecho, de los derechos humanos, ante la omnipresencia del mercado y sus irrresponsables y despreciativas propuestas y acciones en aras de intereses económicos. 

Siguiendo cercanamente las reflexiones de uno de los teóricos más certeros de lo que entraña el genocidio, Daniel Feierstein, también juez del Tribunal Permanente de los Pueblos (para quien el genocidio comienza desde “afectar de manera significativa el funcionamiento de la vida normal del grupo agraviado, hasta con intencionalidad buscar la destrucción de la identidad de un grupo”) Gianni afirma: “los selectos y potentes defensores del hecho que el mercado —desde hace tiempo y con toda claridad— ha declarado que los derechos humanos y de los pueblos son extraños a su identidad de fondo, y que sus reglas no admiten excepciones, podrían ser una señal muy peligrosa sobre la necesidad de cambiar los principios que garantizan la jerarquía de la trinidad privado-mercado-finanza sobre cualquier otro actor-valor. Muy simplemente: los derechos humanos desde hace un tiempo han ‘caducado’. ¿Porqué experimentar una ‘excepción’ que pondría en discusión todos los algoritmos económico-financieros que se sostienen sobre la exclusión de la vida de las personas de las variables que cuentan?”

Esta constatación, atendiendo a la mera existencia misma del Tribunal Permanente de los Pueblos, nos invita como sociedad a volcarnos no sólo a la defensa de la vida y la autonomía de los pueblos, a la defensa de los ámbitos de comunidad y de los hoy ya tan nombrados “territorios”, sino a defender el derecho mismo. No uno abstracto y siempre aprovechado por las instituciones y las corporaciones justo para ese cinismo del que nos quejamos, sino la esencia misma de una mutua responsabilidad que pongamos en el centro de nuestras relaciones para que exista transparencia, rendición de cuentas, y el cuidado de unos y otras a todas y todos. Como sabemos que los Estados y las corporaciones no sólo no harán caso sino que se burlan, enseñoreados de su desvío de poder, tenemos que recurrir a instancias como el Tribunal Permanente de los Pueblos, buscando acuerpar responsabilidad y cuidado, —y hacerlo visible, actuante, propositivo y reivindicante de la vida de lo humano y la naturaleza, de la que somos parte.

Fuente: Desinformémonos

Temas: Criminalización de la protesta social / Derechos humanos, Defensa de los derechos de los pueblos y comunidades

Comentarios