Comunidad o Mercancía: ¿cuál es el futuro del conocimiento tradicional?, por GRAIN
Los países ricos y las grandes corporaciones han transformado los DPIs en métodos muy poderosos de apropiación y control. La propiedad intelectual se usa para privatizar despiadadamente y aprovecharse del conocimiento tradicional conservado por los campesinos y las comunidades indígenas en todo el planeta
GRAIN
Para salvaguardar la continuidad de los sistemas de conocimiento tradicional ¿necesitamos la protección de la propiedad intelectual?
Varios gobiernos de países en desarrollo parecen pensar que sí. En un encuentro internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) realizado en marzo, muchos gobiernos presionaron enérgicamente para lograr la creación de un sistema especial (sui generis) de derechos de propiedad intelectual (DPI) adaptados al conocimiento tradicional (CT). Más aún, hicieron esto con el apoyo explícito de los observadores de los pueblos indígenas presentes en el encuentro.
No es difícil comprender cómo ha surgido esta idea. Los países ricos y las grandes corporaciones han transformado los DPIs en métodos muy poderosos de apropiación y control. La propiedad intelectual se usa para privatizar despiadadamente y aprovecharse del conocimiento tradicional conservado por los campesinos y las comunidades indígenas en todo el planeta.
Ni las comunidades ni los países en desarrollo tienen demasiados elementos para defenderse de esto y se sienten igualmente impotentes. Es desde su frustración que surge la idea de crear un “contra-DPI” especialmente diseñado para proteger a los poseedores del CT original. Si las corporaciones pueden contar con potentes DPIs para usar contra las comunidades ¿por qué no al revés?
Esta es una idea trágicamente equivocada, a pesar de ser perfectamente comprensible. No equivocada en tanto imposible de realizar. Nada detiene a los gobiernos en su afán de concertar un tratado sobre una nueva forma sui generis de DPIs para el conocimiento tradicional. Sino equivocada porque aún si esto se realizara, nunca podría lograr la clase de protección imaginada por quienes lo proponen. Al contrario, por hacer uso de los DPIs, los poseedores de CT perderían justamente eso que intentaban salvar.
Muchos de los gobiernos que promueven esta propuesta, en particular el grupo africano que la inició, comparten sin duda una preocupación sincera por el futuro de los sistemas de conocimiento tradicional. Ellos quieren crear las condiciones para que los poseedores de CT continúen funcionando y desarrollándose de acuerdo a su propia lógica, protegidos de la explotación injusta y la comercialización indigna. Y, por supuesto, también buscan esto las organizaciones de los pueblos indígenas que llegan a la OMPI como observadores.
Lo que ambos grupos parecen ignorar o subestimar es cómo la introducción de los DPIs cambiará inevitablemente la naturaleza misma del conocimiento tradicional –su carácter comunitario. Tanto los gobiernos africanos como los observadores indígenas pusieron de relieve que las bases de DPIs en un sistema sui generis deben estar complementadas por un número de cláusulas adicionales que tengan el propósito de asegurar la herencia cultural y religiosa. Pero no importa cuánto se agrega, la realidad es que la protección de propiedad intelectual puede aplicarse solamente a la propiedad. Para que algo pueda ser protegido por un derecho de propiedad intelectual, debe ser primero convertido en propiedad, en mercancía, en algo que pueda ser vendido y comprado. Es en este punto en donde los sistemas de DPIs entran en conflicto con la noción de conocimiento tradicional como herencia comunitaria, como algo que por su naturaleza no puede venderse o comprarse.
Lo que un sistema de DPI sui generis para el CT podría lograr sería ayudar a los poseedores de CT a comercializar partes de su conocimiento. Los DPIs sui generis podrían ser más accesibles para los campesinos o comunidades indígenas, menos engorroso y menos costoso su uso que el sistema de patentes industriales Se tornaría más fácil para ellos extraer algo del contenido de los sistemas de conocimiento tradicional y ponerlo a disposición en un formato comercial, con derechos de propiedad exclusivos definidos claramente y por ende compatibles con los sistemas legales dominantes. Lo que se perdería es el contexto en el que el conocimiento tradicional se ha desarrollado y crecido– y, con ello, su futuro.
Si la comercialización basada en los DPI se generalizase ampliamente entre los poseedores de CT, es poco probable que el CT pudiera continuar desarrollándose en modo alguno en un contexto comunitario. La lógica es que su desarrollo posterior se desplazaría también hacia un contexto de mercado, y mucho de este desarrollo dejaría de existir integralmente. Los poseedores de CT ganarían la propiedad intelectual, pero perderían su comunidad intelectual.
Resulta ilustrativo el triste ejemplo de la ciencia académica. A pesar de las obvias diferencias, los sistemas de conocimiento de la academia occidental han compartido una importante característica con los sistemas de conocimiento tradicional de los pueblos indígenas, los pescadores, pastores y campesinos. En ambos casos, el conocimiento ha sido conservado y manejado como un bien común dentro de una comunidad autoorganizada, no como una mercancía de propiedad privada. Sin embargo, actualmente, en el mundo académico esto es historia en la mayoría de los casos, y esto es consecuencia directa de la proliferación de protección DPI dentro de las instituciones científicas.
Comenzó exactamente de la misma manera que la discusión de los DPI sobre el CT. Los científicos advirtieron que sus trabajos estaban siendo apropiados y comercializados cada vez más por corporaciones con la ayuda de los DPIs. Esto condujo a los propios académicos y universidades a intentar obtener protección de DPIs, en un principio -en la mayoría de los casos- como medida defensiva, pero en poco tiempo, con idéntico propósito comercial que las corporaciones. Esta tendencia, en apenas unas décadas, ha cambiado de manera fundamental el modo de trabajo de la ciencia académica. En la actualidad, las costumbres arraigadas de construcción y uso en común del conocimiento acumulado que se habían desarrollado en forma continua desde el Renacimiento, están en esencia perdidas.
La publicación de documentos en periódicos académicos o en conferencias científicas es ahora una formalidad sin significado real. El evento real es la aplicación de la patente. Y lo que es más notable, el hábito continuo e informal que los grupos de investigadores tenían de compartir, que fue tan importante para la eficiencia del sistema, ya casi no existe. Nada puede ser compartido por temor a que una futura patente pueda estar comprometida.
Seguramente, el científico advenedizo ha encontrado oro y generado unos cuantos millones de una patente exitosa, y algunos departamentos universitarios han mejorado en gran medida sus finanzas de la misma forma. Pero los únicos ganadores reales son el puñado de grandes corporaciones que hoy controlan, directa o indirectamente, no sólo la mayoría de los desarrollos tecnológicos sino también la mayor parte de la ciencia básica. Ellos son los dueños del sistema de DPI y es su lógica exclusivamente comercial la que se ha hecho cargo también del mundo académico por dentro.
Es importante notar que las corporaciones nunca podrían haber transformado la academia tan rápida o completamente como los científicos lo han hecho desde dentro mismo de ella. Éstos, tratando de vencer a las corporaciones en su propio terreno, el de los DPIs, entregaron servido en bandeja el sistema académico en su conjunto al control corporativo.
Hoy, los investigadores académicos luchan en una competencia feroz para producir la patente con la que ganarán fama y fortuna, en forma de un contrato con alguno de los gigantes corporativos, quienes no necesitan asumir más que una pequeña parte del riesgo o el costo de la ciencia básica, pero son libres para seleccionar y elegir de entre los mejores resultados.
No existe absolutamente ninguna razón para creer que los poseedores del conocimiento tradicional estarán más capacitados para defender su comunidad intelectual si ellos eligen jugar el juego de los DPI. Si las universidades más grandes del mundo rico han fracasado ¿cuáles serían las chances de que campesinos pobres, pueblos indígenas y gobiernos de países en vías de desarrollo lo pudieran hacer mejor?
Habrá una olla de oro para unos pocos afortunados, pero el precio será una descomposición acelerada y generalizada de las instituciones tradicionales y la entrega del corpus de conocimiento tradicional al mercado. Los poseedores de CT se enfrentarán unos con otros como competidores, exactamente como los científicos occidentales, y la capacidad de los sistemas de CT para continuar su desarrollo cesará de manera gradual.
Con certeza, existe una necesidad urgente de acción política para fortalecer la protección legal de los sistemas de CT, incluso en el foro internacional del sistema de Naciones Unidas. Pero esto no puede hacerse mediante la creación de nuevas formas de DPIs. La propiedad intelectual no es sólo irrelevante para esta meta, sino absolutamente dañina. Su misma naturaleza sirve para promover formas de organización mercantiles basadas en la propiedad exclusiva, y consecuentemente siempre socava los sistemas basados en la comunidad, los cuáles dependen de motivaciones diferentes y más integrales. Si queremos proteger el CT, lo que debe institucionalizarse es el reconocimiento y respeto por la comunidad intelectual de los poseedores de CT, existente desde hace largo tiempo, como una comprobada y viable alternativa al conocimiento mercantilizado.
Documento en inglés
Traducción: Ingrid Kossmann.