Colombia: el derecho a la Consulta Previa para comunidades campesinas
La consulta previa a las comunidades culturalmente diferenciadas no es sólo un derecho sino un principio internacional de derecho, lamentablemente, en Colombia éste es reconocido únicamente a comunidades étnicas; sin embargo, comunidades campesinas vindican, en los escenarios judiciales, políticos y civiles, el derecho a decidir en todo lo que afecte sus vidas y sus territorios.
Por ello, entendiendo la cultura como un sistema social de producción y a la economía campesina como un sistema de producción distinto al capitalismo, proponemos el reconocimiento de las comunidades campesinas como sujetos colectivos de derechos, ambientales, culturales, económicos, civiles, políticos y sociales; este reconocimiento se basa en la superación de la vulneración permanente y sistemática de los derechos constitucionales de estas comunidades. Igualmente se propone el análisis de una ruta de exigibilidad y reconocimiento del derecho a la consulta previa para comunidades campesinas.
Por Carlos Erin Quesada Tovar / Martes 17 de septiembre de 2013
Abogado de la Universidad Nacional. Estudiante de doctorado en derecho. Miembro del equipo técnico de la Asociación Campesina del Catatumbo.
Trabajo final de investigación presentado como requisito parcial para optar al título de Magister en Derecho
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"Y a qué es que le tiene temor el Estado?
A preguntarle a la gente, a consultarle a la gente, a que la gente hable y todo el mundo se dé cuenta
que casi nadie está conforme".
Pablo Téllez, Asociación Campesina del Catatumbo (Téllez, 2013)
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