Los derechos de los pueblos se escriben en clave comunitaria

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En este 12 de octubre se cumplirán 527 años de luchas emancipadoras de los pueblos indígenas de América contra los gobiernos colonizadores. Desde que los pueblos asumieron un rol protagónico a nivel internacional, logrando el reconocimiento de sus derechos colectivos, en la Organización de las Naciones Unidas, en nuestro continente se han protagonizado luchas emblemáticas, donde los pueblos indígenas aparecen como los principales actores del cambio.

Los gobiernos colonizadores para consolidar eficazmente relaciones de poder desigual en nuestras sociedades, usan el derecho para negar creíble la existencia de un sistema basado en las desigualdades sociales. Las autoridades utilizan su mayor empeño para que la población oprimida crea que no hay desigualdad, porque el estado es legítimo y soberano y porque el derecho es autónomo y universal. De lo que se trata es ejercer el poder desigual, haciendo creer a la sociedad que es el mejor gobierno que nos merecemos. Para ello, la clase política se empeña en controlar todas las instituciones para imponer un orden hegemónico.

Nada cambiaría si los ciudadanos y los pueblos no se organizaran para cuestionar este sistema dominante y generar procesos de transformación profunda, que trastoca el mismo sistema político y jurídico, que aparece como intocable y hasta sagrado, para mantener el estado de cosas que institucionaliza la desigualdad. Los movimientos sociales se han encargado de derrumbar estos sistemas de poder monolíticos, que se han querido arraigar para imponer una ley de un sistema de gobierno donde sólo unas elites son las que toman las decisiones por las mayorías y las que acumulan riquezas a costa del despojo y la exclusión social.

Las luchas de los pueblos indígenas se caracterizan por su gran potencial político que han logrado desafiar el edificio jurídico del estado colonial. Desde que los pueblos emergieron con un rostro propio en la escena mundial han sabido pelear al tú por tú con los estados nacionales para evidenciar sus políticas excluyentes y discriminatorias que se han plasmado en las mismas constituciones. En los últimos años los pueblos indígenas han denunciado los siglos de hegemonía y colonización que han impuesto el estado y el derecho eurocéntrico.

En los albores del nuevo milenio Bolivia y Ecuador fueron los dos países latinoamericanos que pasaron por transformaciones constitucionales profundas,  debido a las movilizaciones políticas protagonizadas por los movimientos indígenas y por otros movimientos y organizaciones sociales y populares. Las constituciones de ambos países contienen embriones de una transformación paradigmática del derecho y estado moderno, al grado que podemos hablar de una refundación de una política, social, económica y cultural.

El reconocimiento de la existencia y legitimidad de la justicia indígena, adquiere un nuevo significado político en estos procesos de transformación social. No se trata solo del reconocimiento de la diversidad cultural del país o de un expediente para que las comunidades indígenas resuelvan pequeños conflictos en su interior, como lo plantean muchos políticos y funcionarios a nivel federal y estatal, que siguen reproduciendo la visión colonialista del derecho. Se trata, por el contrario, de concebir la justicia indígena como parte importante de un proyecto político de vocación descolonizadora y anticapitalista, que rompa con los vínculos eurocéntricos que han condicionado el proceso de desarrollo de los pueblos indígenas desde hace 5 siglos.

Tenemos que ser muy claros, los vínculos eurocéntricos siguen empotrados en nuestro modelo de estado y el mismo derecho que son monolíticos y monoculturales, imponiendo un capitalismo dependiente, reproduciendo el colonialismo al interior de nuestros países, el racismo, autoritarismos y el centralismo burocrático. Sobre esta base se diseñaron políticas económicas, educativas, culturales, lingüísticas, sanitarias, de seguridad, asistencialistas, territoriales fundadas en la exclusión, represión e invisibilización de las maneras de vivir de los pueblos, imponiendo principios nacionalistas liberales.

Romper con todos estos vínculos es una tarea titánica protagonizada por los mismos pueblos, que no se circunscribe a un proceso político sujeto al ciclo electoral, dependiente de los partidos políticos. Las luchas por cambios constitucionales son muy tensas porque requieren vencer inercias de la vieja política que solo busca maquillar cambios constitucionales sin tocar el modelo monocultural del derecho. Por eso las luchas de los pueblos se tiene que impulsar desde la raíz comunitaria, abriendo brechas e inaugurando nuevas narrativas del derecho colectivo, gestando procesos de transición histórica de largo aliento. El gran desafío es enfrentar a los actores políticos que se oponen a estos cambios, a funcionarios que se encargan de boicotear esfuerzos legítimos de los pueblos que buscan como sujetos colectivos promover reformar constitucionales, que realmente reconozcan su libre determinación y autonomía. Su derecho al autogobierno y a ejercer su propio sistema de justicia y seguridad.

Es importante señalar que la justicia indígena no es algo que hay que encuadrar dentro de una norma de derecho dominante, que al final de cuentas es colonizador. La justicia indígena es una realidad que, reconocida o no por el Estado, ha formado y forma parte de la vida de las comunidades. Viene siendo la vanguardia de sus derechos colectivos, porque es algo que ya está ejerciéndose en las comunidades. Son una demostración viva y realista del pluralismo jurídico y cultural del nuestro país. A la justicia indígena, la clase política dominante la ha desvalorado y desvirtuado, porque con su visión etnocéntrica la califican como prehistórica, es decir, como bárbara. La realidad es que esta justicia indígena es una justicia ancestral de los pueblos originarios, que está anclada en todo un sistema de territorio, de autogobierno y de cosmovisiones propias. Tiene una historia muy larga y una memoria bastante prolongada, constituida por mucho sufrimiento, pero también por muchísimas resistencias. La justicia indígena se sustenta en la raíz profunda de la pluriculturalidad y del pluralismo jurídico que deben quedar plasmados con mucha claridad en la reforma constitucional que promueve el Institucional Nacional de los Pueblos Indígenas, a nivel federal y que en el plano local impulsa la Comisión de Asuntos Indígenas del Congreso del Estado, en coordinación con las autoridades de las 5 casas de justicia de la policía comunitaria y el Centro de Derechos Humanos de Montaña.

Para no repetir amargas experiencias, como pasó con la reforma constitucional federal del 2001, que originalmente impulsó el Ejercito Zapatista de Liberación Nacional y que se concretó con la iniciativa legislativa elaborada por la Comisión de Concordia y Pacificación (COCOPA) que el congreso federal desnaturalizó el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas, a nivel estado, hemos iniciado un proceso de consulta libre, previa e informada para la reforma constitucional y legal, con relación a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicano del estado de Guerrero.

En el 2011, en nuestra entidad se logró que el sistema de justicia y seguridad comunitaria fuera reconocido explícitamente en la ley 701. En el 2014 se logra el reconocimiento constitucional de la policía comunitaria y sus acciones de seguridad y prevención del delito, así como el sistema de faltas. Con estas modificaciones se amplió el marco legal de la Coordinara Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC-PC), estableciéndose en el artículo 14 de la Constitución del estado de Guerrero y en los artículos 35, 36 y 37 de la ley 701, quedando estas legislaciones como una de las más avanzadas en derechos de los pueblos indígenas del país.

Este logro quedó truncado por la reforma constitucional que impulsó el gobernador del estado, Héctor Astudillo en abril del 2017. Por su parte la LXI legislatura del congreso del estado, asumiendo una postura sumisa, aprobó el decreto número 756, por el que se reforma el artículo 14 de la Constitución Política de Guerrero, el 27 de julio de 2018, desconociendo el sistema de seguridad y justicia comunitaria y a la misma policía comunitaria, al eliminar dichas palabras del texto constitucional. El 14 de agosto de 2018, el secretario de gobierno Florencio Salazar remitió al congreso del estado la iniciativa del decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la ley 701, firmada por el gobernador Héctor Astudillo. Por su parte el congreso alineándose a esta propuesta, aprobaron fast track el dictamen presentado por la Comisión de Asuntos Indígenas y Afromexicanos emitiendo el decreto 778 en la sesión del 17 de agosto de 2018.

Ante estas actuaciones contrarias al principio de progresividad de los derechos de los pueblos indígenas, se interpusieron dos controversias constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que declare la invalidez de esta reforma por otra parte el mismo Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas hizo llegar a la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación un amicus curiae, para reforzar la acción de inconstitucionalidad promovida por diputados y diputadas integrantes de la LXII legislatura del congreso de Guerrero.

Paralelamente a los recursos legales interpuestos contra estas reformas, las 5 casas de justicia de la CRAC-PC en coordinación con Tlachinollan hemos trazado una ruta de trabajo con algunos diputados y diputadas de la Comisión de Asuntos Indígenas y Afromexicano de la presente legislatura, orientados a revertir esta acción regresiva de la legislatura pasada.

Para ello, se inició un proceso inédito con la realización de parlamentos abiertos para la construcción de criterios y principios para la reforma constitucional legal del estado de Guerrero sobre los derechos de los pueblos indígenas y afromexicano. En estos parlamentos se realizaron mesas de trabajo para analizar y discutir temas centrales que definen las especificidades de los derechos de los pueblos indígenas. Este trabajo se realizó en los meses de mayo y junio del presente año. Por otra parte, la Comisión de Asuntos Indígenas y Afromexicano, del congreso del estado convocó a un proceso de consulta a todos los pueblos y comunidades indígenas, así como al pueblo afromexicano, que se realizaron en 10 sedes, donde mayoritariamente se encuentran asentadas estas poblaciones. Del 7 de septiembre al 5 de octubre se realizaron 10 foros de consulta, que representaron un proceso innovador, porque garantizó la libre participación de ciudadanos y ciudadanas indígenas y afromexicanos en los lugares más cercanos a sus comunidades. Han sido las voces de los pueblos Me’phaa, Na savi, Ñonmdáá, Nahuas y Afromexicanos, las que nutrieron de contenido esta consulta.

Se trata de impulsar procesos transformadores desde la base comunitaria que garanticen el pleno reconocimiento de los derechos de los pueblos, como verdaderos sujetos del cambio. No se trata de maquillar cambios, como ha querido el gobierno del estado, de imponerles el derecho colonizador, al decidir desde arriba, leyes que mantienen la sujeción de los pueblos al poder de las elites políticas.

La presente legislatura carga con la gran responsabilidad de plasmar fielmente el sentir de los pueblos en una ley que proteja cabalmente sus derechos.

Fuente: Desinformémonos

Temas: Defensa de los derechos de los pueblos y comunidades, Pueblos indígenas

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