Santo Domingo: critican promuevan semillas transgénica
La Fundación por los Derechos del Consumidor (FUNDECOM) y representantes de la empresa ambientalista Gaia Tropical afirmaron que la introducción al país de semillas transgénicas no solucionará el problema de la seguridad alimentaria en el país, como sugirió el presidente Leonel Fernández, en su discurso del pasado 17 de julio
Dicen experiencia demuestra presencia de semilla transgénica causa la extinción de la semilla autóctona.
Indicaron que no es viable porque la República Dominicana produce el 80 por ciento de lo que consume y además éstas semillas pierden su viabilidad después de la cosecha y amarra a los agricultores a las fluctuaciones del mercado, lo que incrementará el costo de la producción nacional.
Entre varias medidas para enfrentar una eventual crisis alimentaria, Fernández dijo que el Gobierno incrementaría el uso de la biotecnología en los procesos productivos, tanto agropecuarios como agroindustriales, que "implicará la utilización de semillas genéticamente modificadas para elevar los rendimientos y la calidad de las cosechas".
Ramón Narpier, representante de Gaita Tropical, así como Carolina Lerebours y Alfonsina Cuesta, directoras ejecutivas, de la empresa y de Fundecom, respectivamente, aseguraron en documento entregado a DL, que antes de mejorar, la semilla transgénica podría aumentar la inseguridad y el hambre.
En la declaración se exponen diez razones que hacen imposible la semilla transgénica, en el plano local.
Citaron que elimina la oportunidad de establecer nuevos nichos de mercado, a partir de la agricultura orgánica y pone en peligro la comercialización y producción orgánica certificada, que está muy desarrollada en el país y aleja la oportunidad de lograr, por primera vez para la República Dominicana, una marca país, que garantizaría la entrada de rubros nacionales a los mercados potenciales de alimentos saludables.
No regulados
Fundecom y Gaia aseguran que en el país no hay legislación que regule los transgénicos, pues, sólo se hace referencia a estos en la Ley 358-05, sobre los derechos del consumidor o usuario.
Esta normativa establece en su artículo 74, la aplicación del principio precautorio.