Piden declarar no constitucional una ley colombiana que afecta tierras aborígenes
El procurador general de Colombia, Edgardo Maya, consideró hoy que una ley forestal que afecta tierras de los indígenas del país, 'no se ajusta a la Constitución'
'El Estado colombiano tenía la obligación de consultar con los pueblos indígenas y afro descendientes los proyectos que dieron lugar a la Ley', de 2006, según Maya.
Para el alto cargo, hay que 'declarar contrario a la Carta Política de 1991 la totalidad de la iniciativa legislativa'.
Maya acogió los argumentos de un grupo de ciudadanos que demandaron por inconstitucional la totalidad de la ley debido a que, a su juicio, el gobierno desconoció artículos de la Carta Política y el Artículo Seis del Convenio 169 de 1989 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los cuales forman parte del bloque de constitucionalidad.
Estas disposiciones 'obligan al Estado a realizar una consulta previa en los procesos de toma de decisiones relativos a la explotación de los recursos naturales en los territorios indígenas', señaló un comunicado de la Procuraduría General.
A juicio del Procurador, 'el proceder del gobierno vulneró el derecho de consulta a los pueblos indígenas y tribales'.
Agregó que esas consultas son 'obligatorias en cuanto a su verificación', aunque, añadió ello 'no implica que requiera de un acuerdo con el Gobierno Nacional, por cuanto este es el competente para tomar la decisión final respecto de la medida legislativa o administrativa a que haya lugar'.
Según las demandas, la Ley General Forestal de 2006 'no excluye ningún área del territorio nacional y regula el aprovechamiento de todos y cada uno de los bosques y plantaciones de árboles del país, incluidos los recursos forestales existentes en los territorios de las comunidades indígenas y afro colombianas'.
Esas áreas conforman en su totalidad un 32,2 por ciento del total nacional.
Los territorios de los aborígenes 'se caracterizan por ser ricos en biodiversidad y recursos forestales'.
La mayoría de esas tierras están en los departamentos de Amazonas, Guainía, Guaviare, Putumayo y Vaupés, sur y sureste, así como en el Chocó, noroeste, y las costas Atlántica, norte y Pacífico, oeste, y en la Orinoquía, este, consideradas 'zonas con gran riqueza natural'.
Para el Procurador, 'no era suficiente incluir un artículo en la ley que contemplara la consulta a las comunidades en forma posterior a su aprobación, para proyectos de aprovechamiento de recursos naturales', pues 'el procedimiento debió realizarse antes de llevar la iniciativa a consideración del Congreso'.