México: ONU detecta alarmante situación de indígenas, migrantes y afrodescendientes
Las observaciones finales del CERD advierten una alarmante situación de los pueblos indígenas, afrodescendientes e indígenas migrantes de Honduras, Guatemala y Nicaragua.
Las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de Naciones Unidas (CERD) tras el examen de los informes presentados por el Estado Mexicano y la sociedad civil advierten una alarmante situación de los pueblos indígenas, afrodescendientes e indígenas migrantes de Honduras, Guatemala y Nicaragua.Una de las primeras preocupaciones es la situación de violencia que se vive en el país con repercusiones negativas en pueblos indígenas y afrodescendientes que suelen encontrarse en mayor vulnerabilidad.
También advierte que no se respeta plenamente el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados antes de que se proceda a la explotación de los recursos naturales en sus territorio y que el Sistema de Consulta Indígena no contempla la figura del consentimiento, previo, libre e informado.
Las dificultades de acceso a la justicia de miembros de los pueblos indígenas y el alarmante número de denuncias por presuntas irregularidades que involucran personas indígenas, así como la cantidad de personas indígenas en el sistema carcelario, son reflejo en la mayoría de sus casos de actos de discriminación racial.
En ese contexto, el CERD muestra su inquietud ante la proliferación de crecientes tensiones entre actores externos y pueblos indígenas asociados a la explotación de recursos naturales destacando en particular los casos de explotación minera.
Según el Informe de Desarrollo Humano de los Pueblos Indígenas en México del PNUD del 2010, en materia de educación, salud, seguridad social, vivienda, servicios básicos y alimentación; los resultados muestran que el 93.9% de la población indígena está privada al menos de uno de estos derechos y el 64.2% al menos de tres.
A esto se añade que las cifras más elevadas de mortalidad materna e infantil se presentan en la población indígena.
Otra de las observaciones formuladas por el CERD es la necesidad de medidas administrativas para garantizar formas tradicionales de tenencia y posesión de la tierra.
Asimismo, pidió a México que disponga acciones ante la serie de amenazas y atentados en contra de la integridad física de defensores de los derechos de los pueblos indígenas que ha cobrado algunas víctimas.
Otro aspecto advertido por el CERD es la limitación constitucional del derecho de los pueblos indígenas a elegir a sus representantes políticos con sus propias normas únicamente a nivel municipal; así como de la falta de información sobre la participación política de los afrodescendientes.
Situación de migrantes
“El Comité sigue preocupado por la situación de los trabajadores migrantes que provienen principalmente de comunidades indígenas de Guatemala, Honduras y Nicaragua; y los migrantes en tránsito, en particular respecto de las mujeres que son víctimas de abusos”, menciona el documento elaborado por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial.
Estas comunidades son vulnerables al secuestro, tortura y asesinato a los que se añaden muestras de discriminación y xenofobia que les impide buscar ayuda y protección.
Teniendo presente la indivisibilidad de todos los derechos humanos, el Comité alentó a México a que considere la posibilidad de adherirse al Protocolo Facultativo de la Convención sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Institucionalidad
El comentario final del CERD es que la institucionalidad dedicada a los pueblos indígenas y para combatir la discriminación racial “sigue siendo una realidad estructural”, y que faltan procedimientos que permitan evaluar la implementación de políticas públicas.
El Comité expresó también preocupación porque la legislación sobre asuntos que afectan a los pueblos indígenas varía mucho de estado federal en estado federal y las políticas dependen mucho de la agenda de gobernación del estado federal.
Aspectos positivos
El CERD consideró positivas la entrada en vigor de la reforma de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de amparo, proceso penal y acciones colectivas y por elevar a rango constitucional los tratados internacionales sobre derechos humano.