Justicia reconoce riesgo ambiental de hidroeléctrica

Por ADITAL
Idioma Español
País Brasil

El Ministerio Público Federal en Pará obtuvo despacho preliminar del juez federal Antonio Carlos de Almeida Campelo, de la jurisdicción única de Altamira, mandando suspender el proceso de licenciamiento ambiental de la hidroeléctrica de Belo Monte, que la Eletronorte había reiniciado en el segundo semestre de 2005

El juez aceptó los argumentos de los Procuradores de la República Marco Antonio Delfino de Almeida y Felício Pontes Jr, de que el licenciamiento no podría comenzar sin realizar las debidas consultas a las comunidades indígenas afectadas.

Por lo menos cinco reservas indígenas - Arara, Kararaho, Koatinemo, Paquiçamba y Trincheira Bacajá - pueden ser impactadas por la usina, pero, según la Procuraduría de la República en Pará, sus habitantes fueron ignorados tanto por la Eletronorte, como por los parlamentarios brasileños, cuando editaron el Decreto Legislativo nº 788/2005, que autorizó los Estudios de Impacto Ambiental en un proceso tan controvertido como veloz, después de menos de 15 días de tramitación en la Cámara y en el Senado. Para el MPF, la aprobación del decreto y el comienzo del licenciamiento afrentan la Constitución Federal, que prevé el escuchar la opinión de las comunidades indígenas por el Congreso antes de la aprobación de cualquier emprendimiento hidroeléctrico.

En el despacho preliminar, el juez Antonio Campelo determina la "suspensión de cualquier procedimiento emprendido por el Ibama y por la Eletronorte para la consecución del licenciamiento de la Usina Hidroeléctrica de Belo Monte", inclusive las audiencias públicas agendadas para los días 30 y 31 de marzo, en Altamira y Vitória do Xingú, en la región de la Transamazónica, que iniciarían la elaboración del Término de Referencia de la obra. La multa determinada en caso de incumplimiento de la decisión es de un millón de reales.

Para el juez, los riesgos ambientales del proyecto Belo Monte justifican la concesión de medida judicial urgente, como es el caso del despacho preliminar. "La interrupción del curso del río Xingú afectará la viabilidad de locomoción en el mismo, disminuirá la oferta de peces - principal fuente alimentaria de las comunidades indígenas - facilitará la proliferación de enfermedades que pueden culminar en un proceso que diezme a las comunidades indígenas, cambiará el régimen del curso del río, la calidad del agua, la composición de la fauna acuática, reducirá la fertilidad natural de las campiñas y aumentará la erosión de las márgenes, no justificándose ningún retardo", dice.

Agrega en seguida que en el caso, "no están en salvaguardia sólo el medio ambiente y los derechos de las comunidades indígenas, sino también cuestiones que se reflejan en la sociedad, en la economía y en la cultura de las poblaciones involucradas y fundamentalmente de las generaciones futuras, que merecen recibir un medio ambiente ecológicamente equilibrado de sus antepasados".

La prisa en aprobar el emprendimiento es cuestionada seguidamente por los procuradores. "No es posible comprender porqué las autoridades ponen a andar esta obra, atropellando las exigencias legales", comenta Marco Antonio Delfino. "¿Por qué tanta urgencia? Si el proyecto fuera realmente bueno e importante para el país, ¿cuál es el problema en debatirlo con las comunidades afectadas?", pregunta Felício Pontes.

La construcción de la hidroeléctrica de Belo Monte por la Eletronorte es objeto de disputa judicial desde el 2001, cuando el MPF de Pará juzgó la primera Acción Civil Pública contra el licenciamiento de la usina, justamente por la ausencia de decreto legislativo autorizando el proceso. Después de sucesivas derrotas judiciales, la empresa volvió a insistir en la obra el año pasado, después de la aprobación del Decreto Legislativo nº 788, que remediaría, en tesis, las fallas señaladas por la Procuraduría de la República.

En el análisis del decreto, sin embargo, el MPF descubrió nuevas fallas: la prisa en aprobar el emprendimiento hizo que los parlamentarios ignorasen la necesidad de realizar audiencias con las comunidades indígenas. El cuestionamiento fue presentado por el procurador general de la República al Supremo Tribunal Federal a través de Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI). Los ministros, a fines del 2005, juzgaron que el instrumento jurídico escogido no era el correcto y el decreto fue mantenido por una cuestión procesal, sin análisis de mérito. Casi al mismo tiempo, la Eletronorte solicitó al Ibama el inicio del licenciamiento.

En marzo de 2006, el entender del MPF volvió a ser presentado a la justicia, esta vez en la forma de nueva Acción Civil Pública, otra vez victoriosa. "La construcción de la usina hidroeléctrica de Belo Monte en las condiciones jurídicas actuales equivale a la edificación de un monumento de falta de respeto a la Constitución", afirmaron los procuradores en la acción ahora acogida por la Justicia Federal.

"Esta es una victoria para la Amazonia, para el río Xingú y para su pueblo, que desde la década del 80 viene luchando contra la instalación de usinas hidroeléctricas en la región", afirmó Carlo Rittl, coordinador de la Campaña del Clima de Greenpeace. "Belo Monte, además de inundar más de 40.000 hectáreas de florestas, afectar directamente a diversos pueblos indígenas, modificar profundamente la dinámica del río Xingú y emitir inmensas cantidades de gases de efecto invernadero, no iba a generar energía para beneficiar a las poblaciones locales. Su energía tendría como destino principal la industria de explotación mineral, que también provoca inmensos daños a la floresta y a los ríos. Sería un completo absurdo."

Traducción: moc.liamg@leinad.setnarrab

ADITAL, Internet, 31-3-06

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