Hoy entra en vigencia Convención de la Unesco sobre Diversidad Cultural

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La Convención de la Unesco sobre la Diversidad Cultural, uno de los instrumentos normativos internacionales de carácter vinculante más relevantes que se hayan adoptado en el campo de la cultura, entra en vigencia hoy domingo 18

Adoptada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) en octubre de 2005 como “Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales”, este instrumento jurídico alcanzó en tiempo record, la ratificación del número de Estados Miembros suficiente para su vigencia, y registró en su génesis importantes aportes de América Latina y del Perú, en particular.

América Latina y el Perú tuvieron un destacado papel desde que, en 1988, el secretario general de las Naciones Unidas, embajador Javier Pérez de Cuellar, y el director general de la Unesco; lanzaron el Decenio Mundial para el Desarrollo Cultural. Poco tiempo después, se designó a la cabeza de la Comisión Mundial de Cultura y Desarrollo al destacado diplomático peruano.

El Informe de esta Comisión, que llevó por título “Nuestra Diversidad Creativa”, fue uno de los elementos básicos en la elaboración de la Declaración Internacional sobre la Diversidad Cultural aprobada por la Conferencia General de la Unesco en el año 2000, precursora directa de la Convención que ahora entra en vigor.

Este importante instrumento jurídico internacional tiene como objetivos principales el reconocimiento de la naturaleza específica y distinta de los bienes y servicios culturales, como transmisores de identidad cultural y de valores, en relación con otros producidos y comercializados por el hombre.

Asimismo, la Convención reafirma el derecho soberano que poseen los Estados para definir y elaborar sus propias políticas culturales; alienta y refuerza la cooperación internacional a fin de dar a conocer y promover la difusión de las expresiones culturales de todos los países; y favorece la creación y el fortalecimiento de “industrias culturales”, sobre todo en los países en desarrollo.

Nota informativa de la UNESCO

La Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales adoptada el 20 de octubre de 2005 por la Conferencia General
de la UNESCO es un instrumento jurídico internacional vinculante para las Partes.

El objetivo último de la misma es la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales, materializadas y transmitidas principalmente por las actividades, bienes y servicios culturales, que son los ejes contemporáneos de la cultura.

La Convención trata de crear un marco jurídico adecuado para todos en lo referente a la creación, la producción, la distribución/distribución, así como al acceso y al disfrute de una gran variedad de expresiones culturales de diversos orígenes.

La finalidad de esta Convención es:

reafirmar el derecho soberano de los Estados en la elaboracion de las políticas culturales;

reconocer la naturaleza específica de los bienes y servicios culturales como vectores de transmisión de identidad, valores y sentido; y reforzar la cooperación y la solidaridad internacional con vistas a favorecer las expresiones culturales de todos los países, y, en particular, las de aquellos países en los que los bienes y servicios culturales sufren una carencia de acceso a los medios de creación, producción y difusión a nivel tanto nacional como internacional.

Esta nueva Convención constituye – junto con la de 1972, relativa a la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, y la de 2003 para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial – uno de los tres pilares de la promoción de la diversidad creativa.

Juntos, estos tres instrumentos refuerzan la idea que figura en la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural (2001), a saber, que la diversidad cultural debe considerarse como un “patrimonio común de la humanidad”, y su defensa es “un imperativo ético inseparable del respeto de la dignidad de la persona humana”.

Servindi, Internet, 18-3-07

Comentarios

27/03/2007
que opinan de esto?, por kmila
nececito saber asi puedo hacer mi tarea