Argentina: los vecinos de La Criolla están en contra de las fumigaciones
Un grupo de vecinos autoconvocados de la localidad de La Criolla, departamento San Justo, denunció que por la planta urbana de esa localidad circulan las máquinas, conocidas como mosquitos, utilizadas para fumigar en los campos cercanos al distrito
Varios pobladores vienen reclamando desde hace tiempo para que no se permita, tal cual lo establece la ley 11.723, que esos vehículos, transportadores de veneno, circulen por el pueblo y pasen libremente por el frente de sus casas y las escuelas de sus hijos. Pero ante la falta de respuestas de las autoridades locales, los lugareños decidieron formalizar sus peticiones en una carta que entregaron el miércoles 25 de febrero en sede comunal destinada a su titular, Roberto Cayetano Tion.
En la misiva los vecinos argumentaron sus reclamos basándose en los artículos 14 y 41 de la Constitución Nacional que establecen el derecho de peticionar a las autoridades y que “todos los habitantes de la Nación gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”.
“Invocando un interés general para nuestra comunidad, y ante los reclamos constantes de los vecinos, ya de público conocimiento, sobre la constante circulación de las arañas o mosquitos para fumigar, en pleno ejido urbano, sin respetar ninguno de los artículos de la ley provincial 11.273”, sustentaron.
Por otra parte, se argumentó: “Atendiendo a preservar la salud de nuestros niños y de la población toda, expuesta sin elección al derrame constante de agrotóxicos en todo su recorrido, pasaje frente a escuelas y estacionamiento en lugares poblados sin restricción alguna.
“Habiendo reclamado de manera informal los hechos por la confianza que nos ha brindado como jefe comunal y sin tener una respuesta formal y eficaz de cumplimiento a la normativa vigente”, aclararon los vecinos en la nota para explicar el por qué de la formalización de los reclamos.
Las pruebas irrefutables
Para darle sustento a sus peticiones los vecinos adjuntaron fotografías y videos de las máquinas circulando por el pueblo y dejaron la constancia en la carta a Tion. “Teniendo como prueba, las fotos sacadas por vecinos, con fechas que van desde 2008 a la actualidad, y además un video que documenta nuestros dichos”, aseguraron los pobladores autoconvocados.
Los lugareños argumentan que las máquinas fumigadoras vuelven de los campos luego de hacer su trabajo y a lo largo de todo su trayecto, dentro de la planta urbana de La Criolla, van derramando el veneno residual, ya que el mosquito nunca queda absolutamente vacío luego de una fumigación.
Reclamos concretos
Al momento de plasmar sus reclamos los vecinos marcaron tres puntos. En primer lugar se hizo hincapié en las medidas que se deben tomar: “La urgente prohibición de la circulación de esos equipos de fumigación en un radio mínimo de 500 metros de la zona poblada o urbana de nuestra localidad, invocando los derechos ya expresados ut supra y el principio de precaución que subsume nuestra preocupación pasada, actual y futura por la salud de nuestros hijos y la población en general. Para ello, garantizar una zona de resguardo ambiental que tenga un eficaz cumplimiento y acatamiento”.
En el segundo punto los pobladores pidieron el cumplimiento de los artículos 30, 33, 34 y 35 de la ley provincial Nº 11.273 que regula el uso de los productos fitosanitarios. En ellos se establece que las personas físicas o jurídicas que causen daños a terceros “sea por imprevisión, negligencia, culpa o dolo, será pasible de las sanciones” que establece esa misma norma provincial como multas e “inhabilitaciones totales temporarias o definitivas de los establecimientos, empresas y profesionales responsables”.
Por otra parte la ley prohíbe “la aplicación aérea de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B dentro del radio de 3.000 metros de las plantas urbanas”. Mientras que la ley prohíbe “la aplicación terrestre de los productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B dentro del radio de 500 metros de las plantas urbanas. La aplicación por este medio de productos de clase toxicológica C y D se podrá realizar dentro del radio de los 500 metros y conforme a la reglamentación”.
Por otra parte, los vecinos autoconvocados de La Criolla solicitaron al jefe comunal que brinde información sobre el real cumplimiento de la normativa en lo que refiere al registro y habilitación de los equipos fumigadores para garantizar así también el acatamiento de actuales y futuras matriculaciones.