Argentina: el fiscal que denuncia a La Alumbrera
Halló pruebas para procesar al vicepresidente de la compañía por violación a la ley penal ambiental. Denuncia que buscan destituirlo
Minera Alumbrera es el símbolo de la minería metalífera a gran escala de la Argentina. Ubicada en Catamarca, hace trece años que extrae oro y cobre, explota 340 toneladas de roca por día y utiliza 4 millones de litros de agua por hora en zona desértica. La Unión de Asambleas Ciudadanas (UAC), que reúne a cien pueblos en lucha, la exhibe como el ejemplo del fiasco minero, desmiente todas las promesas de las compañías: no generó desarrollo local, no aportó riqueza al país y, por sobre todo, afirman que contaminó el medio ambiente. Luego de filtraciones en el dique de colas –una olla de 30 hectáreas y 150 metros de profundidad, que hace de basurero químico—, cuatro derrames e innumerables denuncias, el vicepresidente de la compañía fue procesado por el presunto delito de contaminación. Es el primer caso en Latinoamérica en el que un ejecutivo minero llega a esa instancia judicial. Las organizaciones sociales festejaron la medida y el sector empresarial se declaró en alerta. El fiscal de la Cámara Federal de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez, fue el impulsor de la investigación y aportó las pruebas más comprometedoras. Asegura que la industria minera contamina, al igual que las pasteras y el monocultivo de soja. Afirma que detrás de cada hecho de contaminación hay un funcionario corrupto y reconoce que no hay condenas porque reina la impunidad. Gómez, que es jefe de fiscales federales, también denuncia una avanzada judicial que puede terminar con su destitución.
– ¿Cómo comienza la causa Alumbrera?
–Nace con el antecedente de denuncias de comunidades de Catamarca y Tucumán. Y a poco de comenzar a investigar detectamos que Minera Alumbrera presentaba serios problemas de contaminación. Con Gendarmería Nacional comenzamos a hacer las primeras pericias y comprobamos que el canal DP2, donde Alumbrera descarga desechos, en Tucumán, tiene índices de contaminación muy elevados. Esa investigación preliminar concluye en dos partes: por el hecho de contrabando, que se requiere instrucción en Rosario, y la contaminación ambiental. Soy fiscal de Cámara, así que entrego esa información al fiscal de primera instancia. Este requiere instrucción, pide la declaración indagatoria de Julián Rooney (vicepresidente de Alumbrera).
– ¿Qué pruebas permiten el procesamiento?
–Hay pruebas de contaminación hasta en los informes de impacto ambiental de la propia empresa. A confesión de partes, relevo de pruebas. Esos informes aceptan, literalmente, la contaminación por encima de los niveles permitidos por la Ley 24.051, que es nuestra ley penal ambiental. El informe de la Secretaría de Minería de la Nación, en su página web, reconocía la contaminación y es otra prueba. Los informes de la Secretaría de Ambiente de Tucumán, con datos de altos índices de contaminación. Y la pericia que hicimos con Gendarmería muestra gran cantidad de metales en el ambiente.
– ¿Cuál podría ser la condena de Rooney?
–La Cámara Federal diferencia el delito doloso y el culposo, y le imputa a Rooney el delito doloso de contaminar el ambiente, sostiene que lo hace intencionalmente, que no se trata de una cuestión negligente. Le puede corresponder un mínimo de tres años de prisión. El máximo depende de las víctimas y la lesión que se haya realizado al medio ambiente. Por ejemplo, si se comprueba que hubo muerte por contaminación puede llegar hasta veinte años de prisión o más.
–En el caso de Alumbrera, ¿quién sería el funcionario responsable?
–Hay que remarcar que detrás de cada delito ambiental hay un funcionario corrupto. En el caso Alumbrera he pedido la imputación directa del secretario de Minería de la Nación, Jorge Mayoral. Estoy seguro de que Mayoral sabía de la contaminación de Alumbrera.
–Minería, pasteras y monocultivo de soja. ¿Qué observa en común?
–Minería, pasteras y soja tienen en común que son impunes y que lucran con la salud pública. Y esto es un tema central de control. En este país, según Transparencia Internacional, es muy alta la impunidad. Y la corrupción es en función de la impunidad. Un dato: de 2000 a la fecha, hubo 1254 causas en el interior del país por delitos ambientales. En sólo cinco hubo condenas. Es una muestra de la impunidad.
– ¿Fallan los organismos de control o es una política de complicidad para contaminar?
–En algunas áreas es una política de complicidad, con impunidad estructural y personal. Creo que la corrupción es transversal. Atraviesa toda la dirigencia, todas las capas. El poder económico viene a la Argentina a contaminar porque aquí le hemos facilitado las cosas. La minería es un caso emblemático. Si se cumplieran las normas vigentes y el Estado realizara de manera rigurosa los controles necesarios, la minería a cielo abierto, altamente contaminante, no sería rentable y por lo tanto a las empresas multinacionales no les interesaría explotar el negocio. Con las papeleras e ingenios sucede lo mismo.
– ¿Qué opina del uso de agrotóxicos como el glifosato?
–Cuando cae a la tierra, provoca un grave caso de contaminación ambiental. No podemos rociar indiscriminadamente: cuando toca la tierra o el agua, es muy grave.
–El último año se fumigó con 165 millones de litros de glifosato. ¿Por qué no hay causas?
–Porque no hay fiscales preocupados en cuestiones ambientales y porque no hay jueces preocupados.
– ¿Por qué en el caso del glifosato se pide que haya pruebas que demuestren el daño?
–Porque son ignorantes o cómplices. En esos casos debiera aplicarse la figura de delito de peligro. El delito de peligro clásico es el narcotráfico. Porque se captura la droga antes que haga daño. Con la droga se pone en peligro a la comunidad. Los delitos de contaminación son contra la salud pública de la misma manera que el narcotráfico. Y es un delito de peligro, se lo tiene que detener antes que haga daño a la comunidad. No se puede esperar, como ha dicho algún fiscal, una víctima y comprobar el nexo causal entre la contaminación y la víctima porque eso es inmoral. Está establecido en la ley, dice “quien ponga en peligro”, artículo 55 de la 24.051, no dice que “dañe”. Son dos cosas muy distintas. Narcotráfico y contaminación son delitos de salud pública. El narcotráfico sólo afecta a quien quiere consumir droga que puede ser un porcentaje determinado de la población, mientras que la contaminación afecta a quienes no quieren consumir, a todos, y a pesar de ello el dinero dispuesto desde el Estado para combatir el narcotráfico es interminable, pero para combatir la contaminación es casi inexistente.