Uruguay: Yendo al grano
El Ministerio de Salud Pública (MSP) espera tener aprobada antes de que termine 2014, coincidiendo con el inicio de una nueva zafra sojera, una reglamentación interna que definirá el procedimiento a seguir por el personal de la salud ante situaciones de riesgo o contaminación por agrotóxicos con secuelas para las personas, en especial cuando se trate de niños, animales o cursos de agua.
Según datos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, “en los últimos diez años se ha triplicado el uso de plaguicidas en el país”, al tiempo que “el MSP ha registrado un aumento de la frecuencia de los incidentes por exposición ambiental a plaguicidas”, tal como lo consigna un borrador de trabajo de la División Salud Ambiental y Ocupacional de la cartera, base del futuro protocolo sobre plaguicidas.
Mañana se había previsto una videoconferencia entre las autoridades de esa dependencia y las de las divisiones departamentales de Salud para analizar el contenido de la normativa propuesta. Sin embargo, fuentes de Salud Ambiental explicaron a la diaria que a último momento algunas de las departamentales solicitaron aplazar la jornada.
La iniciativa tiene como trasfondo las movilizaciones sociales en comunidades cuyos integrantes han sufrido trastornos tales como alergias, cefaleas, erupciones cutáneas, entre otras, cada vez que los cultivos cercanos a sus casas son fumigados. Los casos se han multiplicado proporcionalmente con el auge de la soja transgénica, que en la zafra 2013-2014 llegó al millón de hectáreas plantadas.
El material de trabajo describe que “los incidentes por exposición ambiental a plaguicidas se han producido en general a consecuencia del manejo inapropiado”, como la limpieza de los envases que los contienen en cursos de agua, mientras que “otras veces se debe a la aplicación de agrotóxicos sin respetar las áreas de exclusión establecidas en la normativa nacional”. Se menciona que esto ha derivado en “mortandad de peces, aves y ganado vacuno”, que se ha “comprobado la presencia de residuos de estos plaguicidas en suelo, pasturas y en el agua” y que “se ha producido afectación de la salud de la población en distintos puntos del país”, reconociendo que “existe un subregistro de este tipo de accidentes”. Para eso se adoptará la Ficha Ambiental, con 58 puntos que deberá llenar el técnico del MSP.
El borrador de trabajo indica los organismos que tienen jurisdicción ante un incidente con plaguicidas, de acuerdo con su gravedad, en tanto que el personal del “MSP evaluará la población potencialmente expuesta mediante la aplicación de la Ficha Ambiental” e identificará “las fuentes de agua para consumo humano” que puedan estar en riesgo, para, de ser necesario, extraer muestras para su análisis “en coordinación con OSE”.
Por otro lado, deberá “obtener material fotográfico” del lugar, y tendrá que recabar datos considerados clave: tipo de aplicación (aérea o terrestre), tipo de cultivo y producto usado, nombres de los responsables del campo y de la empresa fumigadora. Se indica asimismo que “si la población presentó sintomatología durante el evento deberá realizar la consulta médica”. Finalmente, se indica que será considerado “un evento grave cuando la exposición cause un cuadro clínico que requiera el ingreso hospitalario, exista afectación de población pediátrica y/o se constate la reiteración de los episodios”.
Federico Gyurkovits
La Diaria, 14 de octubre de 2014.
Fuente. RAPAL Uruguay