San Pablo de Amalí,un caso para crear jurisprudencia vinculante
La comunidad de San Pablo de Amalí realizó este 17 de febrero un plantón frente a la Corte Constitucional para solicitar que se acelere la audiencia sobre la acción de protección que fue presentada por la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU) y la Defensoría del Pueblo en enero de 2019.
Durante el plantón la abogada Stefanie Cano de CEDHU, acompañada del representante de la Defensoría del Pueblo, David Tapia encargado del expediente, hicieron entrega de una carta a la Corte Constitucional. Él señaló que «la empresa Hidrotambo no tiene ningún reparo en atacar a la gente, ningún reparo en hacer de menos a la población, una población totalmente vulnerable», antes de entregar el documento donde se denuncia un nuevo desvío del Río Dulcepamba por parte de la empresa, lo que pone en mayor peligro a la comunidad debido a la llegada del invierno y las crecientes del río durante esta época del año.
Algunos representantes de la comunidad, de la Defensoría del Pueblo y de organizaciones de la sociedad civil que han venido acompañando este proceso fueron recibidos por el Asesor Pablo Valdivieso dentro de la Corte. A la salida, la abogada Patty Carrión de CEDHU declaró que durante la reunión “se pudieron dar a conocer las preocupaciones de la gente con respecto a la necesidad de que se llame a una audiencia lo antes posible por el riesgo inminente a la vida de la gente.”
La acción de protección presentada en 2019 es resultado de una lucha de más de 15 años, frente a la violación de los derechos humanos de la comunidad, como el derecho a la vida luego del desborde del río en 2015 que provocó el fallecimiento de 3 personas y la destrucción de viviendas. También están incluidos el derecho a vivir en un ambiente sano y los derechos del río como sujeto de derechos reconocidos en la constitución.
El día 6 de mayo de 2019, la sentencia de la Corte Provincial de Bolívar negó la acción de protección pero fue seleccionada por la Corte Constitucional para el desarrollo de jurisprudencia vinculante con número de caso 502-19-JP. Sobre esta misma sentencia fue planteada la mencionada acción extraordinaria de protección, que fue admitida el 05 de septiembre de 2019.
La abogada Stefanie Cano menciona que “no es únicamente Hidrotambo la que está en la mira, sino también la responsabilidad de las instituciones públicas, que no han hecho un control a la empresa… Para la historia del caso, este proceso es el más importante, ya que se va a definir en relación a la distribución de los caudales del río, responsabilidades de instituciones públicas, responsabilidades de Hidrotambo y también se definirá como han violentado los derechos humanos y derechos de la naturaleza.”
La comunidad queda a la espera de que la Corte señale día y hora para la audiencia, no se sabe aún cuándo será, pero la comunidad aseguró que va a seguir realizando acciones para que este proceso se acelere y pueda resolverse lo más pronto posible porque lo que esta en juego es su vida y la de su comunidad.
Fuente: Tegantai