Honduras: admite Comisión Interamericana de DDHH petición sobre el Monumento Marino Cayos Cochinos
Las comunidades garífunas ubicadas dentro del Monumento Marino Cayos Cochinos han padecido una serie de violaciones a los derechos humanos, además de restricciones al derecho alimentación, situación que dio lugar a interponer una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), instancia que admitió en fecha reciente la petición presentada ante ese organismo de derechos humanos en el año 2003. Entre otras se exigía que el Estado de Honduras procediera a registrar los títulos comunitarios expedidos por el INA a favor de Bulaños, Eastend y Chachuate y el respeto a los derechos humanos y la alimentación de los garífunas radicados en el área protegida y su zona de influencia
En el año 2001, la OFRANEH introdujo ante el Instituto Nacional Agrario (INA), las solicitudes para la titulación de las comunidades garífunas que se encuentran ubicadas en el Archipiélago de Cayos Cochinos, siendo los títulos concedidos el 24 enero del 2002. Sin embargo el Registro de Propiedad de Roatán se rehusó a registrar los titulos, argumentando que el INA no tiene jurisdicción en ejidos urbanos que pertenecen a la municipalidad de Roatán, situación que dio lugar a un Recurso de Amparo ante la Corte Suprema de Justicia, El 8 de junio de 2005 la sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dictó sentencia concediendo el Recurso de Amparo solicitado y remite el expediente a la Corte de Apelaciones de la Ceiba. El 10 de octubre de 2006, la Corte de Apelaciones de la Ceiba dicto sentencia revocando el auto objeto del recurso de queja y ordeno al registrador de Islas de la Bahía la inscripción de los tres títulos definitivos de propiedad; El 18 de octubre de 2006 se remitio al Registrador de Islas de la Bahía en Roatán la sentencia dictada para que procediese a cumplir con lo ordenado. Dos de los registros - Chachuate y Eastend -fueron entregados el año pasado en el mes de diciembre y se procedió a registrar a Bulaños en este año.
No obstante, el Registro de la Propiedad de Roatán procedió finalmente a cumplir sus funciones, la petición admitida incluye en otras el derecho de las comunidades garífunas del archipiélago al uso de uso hábitat funcional, el cual ha sido restringido y ha conllevado a violaciones de los derechos humanos de los pescadores.
Según el informe No 39/07 sobre la petición 1118-03 de la Comisión "considera que los alegatos referidos a la imposibilidad de utilizar y gozar el territorio legalmente reconocido, de desarrollar las actividades tradicionales de supervivencia y explecursos naturales en el territorio y en las zonas aledañas, así como la falta de consulta previa sobre el régimen legal a actividades permisibles y protección del medio ambiente en dichos territorios y zonas aledañas, podría constituir una violación del artículo 21 de la Convención, en conexión con el artículo 1.1".
La comisión desglosó de la petición original, el caso del buzo Jesús Flores Satuye con una arma de fuego por elementos de la Fuerza Naval en el año 2001, sin que el Estado de Honduras hubiera efectuado la investigación del caso omitiendo las órdenes de captura dictada por los operadores de justicia. La petición sobre el caso del buzo Flores Satuye está registrada con el N0 P 1063-07 y prosigue en el proceso de admisibilidad.
El caso de Cayos Cochinos se remonta al año de 1993, cuando el empresario suizo Stephan Schmidheiny, adquirió el Cayo Menor y Paloma, procediendo el entonces presidente Rafael Leonardo Callejas a declarar la zona área protegida. El Instituto Smithoniano asumió la dirección del manejo del área de reserva y elaboró un plan de manejo de los recursos sin consultarlo con la población local a la que se pretendió expulsar de sus comunidades, ya que el Smithsoniano mantenía una visión de área protegida de exclusión.
Desafortunadamente la visión ambientalista ha naufragado en una serie de antinomias, siendo los realities shows una muestra de las severas contradicciones que existen en el manejo del archipiélago y la inexistencia del respeto al derecho a la alimentación.
En los últimos años la Fundación Cayos Cochinos, en compañía de la WWF y la Fundación AVINA, han pretendido cambiar los modos de producción de la zona, restringiendo la pesca y alentando el turismo, situación que viene a beneficiar a algunos pocos mientras la gran mayoría de la población que ha dependido de la pesca, verán un incremento en sus niveles de pobreza.
La actitud asumida por la Fundación Cayos Cochinos y sus socios extranjeros, viola la Convención Interamericana de Derechos Humanos, El Convenio 169 de la OIT y la Convenio de Biodiversidad en su artículo 8j.
Es lamentable que las buenas intenciones de los ambientalistas hayan degenerado en una violación a los derechos humanos y que el discurso de conservación se haya convertido en un proyecto turístico con severas consecuencias para el medio ambiente que supuestamente protegen. en la admisibilidad del caso que se esta manejando ante la Comisión.
Además, de conformidad con el ‘Plan de Acción de Durban’ acordado por organismos de áreas protegidas en el V Congreso Mundial de Parques, en setiembre de 2003, las tierras indígenas que hubieren sido designadas en el pasado como áreas protegidas sin el referido consentimiento, deben ser restituidas para el año 2015. La mayoría de las áreas protegidas donde se encuentran algunas comunidades garífunas, nunca hicieron efectivo el derecho a la consulta previa e informada, disponiendo de los hábitats funcionales de las de las comunidades, restringiendo el derecho a la alimentación y extracción sostenible de materiales de construcción, situación que ha inducido a varios casos de violaciones de derechos humanos.
La admisibilidad puede ser consultada aquí
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Telefax 504-4432492
La Ceiba, Atlántida
Honduras, C.A
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