Empresas y derechos humanos: Fundamentación del Tratado Vinculante
"El Tratado Internacional Vinculante deberá fundamentarse en el reconocimiento de los estándares establecidos por el Derecho Internacional sobre Derechos Humanos, por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y por la Organización Internacional del Trabajo en (OIT)".
Tal como lo han propuesto ONG y otros actores a nivel internacional, el Tratado debería ser equivalente a un derecho de apelación y debería hacer que ese derecho sea accesible para las personas, grupos, sindicatos y comunidades de forma gratuita, con los costos cubiertos por un impuesto a pagar por corporaciones transnacionales.
Dado que a nivel local y transnacional, las empresas a través de sus operaciones, incluso en sus cadenas de valor globales, causan y/o contribuyen a violaciones de los derechos humanos y de la naturaleza, se hace necesario, un Tratado Internacional (transnacional) Vinculante acorde a la estructura de transnacionalidad de las corporaciones, sus cadenas de suministro, actos de subsidiarias y otros actores como actores financieros.
El Tratado Internacional Vinculante deberá fundamentarse en el reconocimiento de los estándares establecidos por el Derecho Internacional sobre Derechos Humanos, por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y por la Organización Internacional del Trabajo en (OIT) por lo tanto, deberá cubrir los derechos de los trabajadores, en particular los establecidos en la Declaración de la OIT sobre los Principios Fundamentales y Derechos en el trabajo; asegurar un equilibrio entre los derechos y responsabilidades de los inversores; también fundamentarse en las Políticas de Inversión para el Desarrollo Sosteniblede la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) e incluir una cláusula jerárquica que establezca primacía de los derechos humanos y de la naturaleza sobre los acuerdos de comercio e inversión.
Reitero lo propuesto por diversos actores en el sentido de que es necesario establecer un Tribunal Internacional para investigar y garantizar la responsabilidad de las empresas transnacionales así como para ayudar a los Estados a adoptar una Legislación efectiva y Medidas administrativas para establecer la responsabilidad penal y civil de las empresas responsables de los abusos contra los derechos humanos y proporcionar estándares para proteger la política pública en Tratados bilaterales de inversión.
Fuente: Business and Human Rights