Discusiones sobre extractivismo y derechos de la naturaleza
"Durante el Seminario Latinoamericano “Derechos de la Naturaleza y Alternativas al Extractivismo” que se desarrolló en Buenos Aires, un grupo de intelectuales, abogados y activistas compartió sus reflexiones en torno a la urgencia de pensar el postextractivismo."
¿Puede la naturaleza ser “sujeta” de derechos, tal como aparece en la nueva Constitución del Ecuador, primer país en el mundo en establecerlos, o ello constituye una falacia filosófico-constitucional que debe ser desechada? Esta fue tan sólo una de las preguntas que guiaron el Seminario Latinoamericano “Derechos de la Naturaleza y Alternativas al Extractivismo” que se desarrolló el 10 y 11 de noviembre en Buenos Aires.
Allí un grupo de intelectuales, abogados y activistas compartió sus reflexiones en torno a la urgencia de pensar el “postextractivismo”. Qué perspectivas, qué experiencias se vislumbran para superar el modelo extractivista, hoy hegemónico en toda Latinoamérica, basado principalmente en la producción intensiva de monocultivos y la megaminería.
El auditorio de la Asociación de Trabajadores del Estado fue el escenario para el debate que encontró en la primera charla sobre derechos de la naturaleza al ecólogo social Eduardo Gudynas ( CLAES), y los abogados José Esaín (Asociación Marplatense de Estudios Ambientales Integrales), Enrique Viale ( AAdeAA) y Alberto Binder ( CEPPAS).
El eje de la discusión fue la posibilidad de entender a la naturaleza como sujeta de derecho. Posición que se opone a la perspectiva tradicional en la que la humanidad es el centro y el ambiente es un bien tutelado.
En su exposición Gudynas defendió la perspectiva que abre la Carta Magna de Ecuador del siguiente modo:
Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos…
Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados.
El autor señaló que los “derechos de la naturaleza no resuelven el problema pero permiten la introducción de otros argumentos en el debate”. Y resaltó la importancia de introducir la múltiple valoración, superando la mirada exclusivamente economicista del ambiente. Finalmente argumentó a favor de la necesidad asumir una concepción biocentrismo, aunque no descartó alianzas con sectores -entre quienes se destacan por su rol los y las abogadas- que promueven legislaciones similares con fundamentos distintos antropocéntricos.
“No veo inconveniente en reconocer derechos a la naturaleza”
La segunda mesa estuvo ocupada exclusivamente por el ministro de la Corte Suprema de Justicia, Raúl Zaffaroni. El magistrado realizó una erudita historización sobre las dificultades del derecho a la hora de entender los derechos de los animales. “¿Cuál es el bien jurídico tutelado en lo derechos de los animales?”, se preguntan los juristas según la descripción del magistrado. A su entender ese interrogante revela la relación equívoca, dubitativa, e incongruente que se ha mantenido en el tiempo con este tipo de derechos.
Zaffaroni recuperó en su relato alguna figuras como Jeremy Bentham que en su filosofía pragmática propuso que hay que conseguir la mayor felicidad y el menor dolor tanto en lo humano como en lo no humano. Reconoció la agudeza de los teólogos más inteligentes -Leonado Boff, fundamentalmente- en su defensa de la naturaleza y recuperó también la hipótesis Gaia que sostiene que el planeta es una cosa viva de la cual nosotros somos parte.
El ministro de la Corte señaló que los juristas “se ponen muy nerviosos cuando se postula que podría haber titulares de derechos no humanos”. Y expuso la gravedad del asunto al subrayar: “Recién en 1948, con la declaración de los derechos humanos, se reconoció que todos los seres humanos somos personas. Decir que hay otros titulares de derechos, es fuerte”.
Zaffaroni destacó la novedad de los textos constitucionales ecuatoriano y boliviano que invocan a la Pachamama y reconocen a la naturaleza como persona. Concluyó sosteniendo la persistencia de la imagen de la Pachamama como una entidad creadora, sino tutelar, la madre tierra, como algo no muy distinto a la hipótesis Gaia. “Responde a algo que esta en la base cultural que pese a 500 años de dominación no pudieron cambiar”, dijo.
“No veo inconveniente grave en reconocer personalidad a la naturaleza desde el punto de vista práctico, ni jurídico. Si la naturaleza tiene personalidad, ¿a quién corresponde invocar esa representación? A cualquier ser humano”, sostuvo.
Fuente: 8300