Argentina: los nuevos conflictos territoriales, el escamoteo de la cuestión
En los últimos años surgieron nuevas formas de participación ciudadana, que se definen por la defensa del territorio y de los bienes naturales
Dichos reclamos están vinculados al actual proceso de expansión de la frontera agrícola, minera, energética y sobre territorios que incluyen reservas de recursos naturales, impulsada por el marco regulatorio impuesto en los años 90 (y continuado en la actualidad), favorable a la instalación de grandes empresas trasnacionales (con regalías bajísimas, grandes exenciones impositivas y otros privilegios), cuyo impacto en términos ambientales, sanitarios, productivos y económicos, se revela sumamente desastroso para la vida de la comunidad.
Uno de los casos emblemáticos es el conflicto que mantiene la población de Esquel, situada en la provincia de Chubut, con la empresa minera canadiense Meridian Gold. En el año 2002, gracias al alerta dado por técnicos y ambientalistas de la región, la comunidad de Esquel se movilizó contra la explotación de una mina de oro a cielo abierto, altamente contaminante. Finalmente, los vecinos autoconvocados organizaron un plebiscito en marzo de 2003, que arrojó un rotundo "no" a la minería tóxica, reuniendo el 81% de la población.
Como afirma Pablo Bergel, el "efecto Esquel" originó una ola que despertó otras regiones donde ya se habían implantado o se proyectaban emprendimientos mineros de gran envergadura, que involucran conocidas multinacionales. En la actualidad, reclamos similares tienen lugar en Río Negro, en San Juan, Catamarca, La Rioja y Mendoza, donde los vecinos se han organizado en asambleas de autoconvocados, en contra de la minería tóxica. Como sucede también en otros países de América Latina, estas movilizaciones dan cuenta de la importancia de los nuevos núcleos de conflicto, centrados cada vez más, en la defensa del hábitat, la protección de la biodiversidad y los recursos naturales no renovables, frente al avance de las empresas trasnacionales.
La potencialidad de estas movilizaciones es enorme. Por un lado, al denunciar el avance de un modelo de saqueo y de contaminación, dichas asambleas no sólo plantean la necesidad de un cambio del marco regulatorio actual, sino que abren una disputa en torno a lo que se entiende por modelo de desarrollo sustentable. Por otro lado, el proceso de construcción revela una articulación multisectorial y policlasista con formas de participación asamblearias, lo cual sin duda se conecta tanto con el proceso de politización abierto en 2002, como con los levantamientos comunitarios registrados en los 90, ligados a la crisis y desmantelamiento de las economías regionales. En este sentido, son conflictos de nuevo tipo, pues ponen en juego un complejo entramado social, en el cual se encuentran involucrados diferentes actores sociales, económicos y políticos (actores locales y globales, así como el poder político en sus distintos niveles).
Pero si la potencialidad de estas movilizaciones es mayor, necesario es decir que las asimetrías también son muy grandes. Para comenzar, estamos hablando de actores locales que confrontan directamente con los agentes del capitalismo global (empresas energéticas y mineras transnacionales). El caso de Esquel es en este sentido emblemático. Hace un tiempo seis vecinos de esta localidad fueron querellados por la compañía Meridian Gold por "violación de secretos empresariales". La compañía denuncia la difusión del audio de una reunión, llevada a cabo en la ciudad de Buenos Aires, en la cual directivos de la empresa, junto con representantes de una conocida consultora local y una ONG extranjera, se propusieron diseñar una estrategia de "acercamiento" hacia aquellas personas y organizaciones más "accesibles al diálogo", con el objetivo de torcer la voluntad de la comunidad de Esquel, expresada muy claramente en el plebiscito de 2003. Hace sólo unos días, el 13 de febrero, se llevó a cabo una "audiencia de conciliación", en la cual estuvieron presentes ambas partes (un vecino de Esquel y representantes de la Meridian Gold), en la cual la empresa mostró su voluntad de llevar a juicio a los asambleístas por la difusión de ese audio.
El fenómeno ambientalista encuentra paralelismos significativos con lo que sucede desde hace años respecto de la protesta social. Recordemos que la judicialización de la protesta se inició en 1996 y tuvo como blancos predilectos piqueteros y militantes sindicales (maestros, empleados públicos). Hoy en día se estima que existen más de 4.000 personas procesadas. Una parte importante de estas causas se originaron en las localidades petroleras (Salta, Neuquén y, más recientemente Santa Cruz), y varias de ellas fueron iniciadas por empresas multinacionales. También pueden hallarse paralelismos con los conflictos que hoy enfrentan a compañías inmobiliarias con vecinos. Así, hace unos días la compañía Load S.A., que actualmente levanta dos torres en el barrio porteño de Caballito, hizo una denuncia penal por "daños y perjuicios" contra dos vecinos de ese barrio, que se oponen a la construcción indiscriminada en nombre de la calidad de vida y el control de los usos del suelo. ¿No será que estos hechos están señalando entonces el inicio de una segunda oleada de judicialización, que abarca ahora los explosivos conflictos ambientales?
En todos estos casos nos encontramos con conflictos serios que involucran violaciones de derechos constitucionales; grandes empresas involucradas; marcos regulatorios hechos a la medida de aquellas grandes empresas; gobiernos locales sobre los que pesan razonables dudas en cuanto a su imparcialidad frente a las partes involucradas (grandes empresas, vecinos, trabajadores); e individuos afectados que se agrupan para hacer frente al conflicto, en nombre de sus derechos violados. Ello, ante la inoperancia, negligencia o connivencia/parcialidad de los poderes públicos. Finalmente, también distingue a estos casos la precariedad de medios que padecen los sectores más vulnerables para hacer frente al conflicto, y la ausencia de foros públicos adecuados a través de los cuales resolver tal tipo de problemas de modo rápido y ecuánime.
Al mismo tiempo, desde el gobierno nacional, a excepción del conflicto ambientalista en Gualeguaychú, la regla suele ser el silencio, lo que normalmente implica un compromiso efectivo con la parte mas poderosa del conflicto: al respaldar con el poder coercitivo del que dispone contratos leoninos, condiciones de trabajo y técnicas de explotación, que expresan la violación de derechos y/o la afectación grave al medio ambiente, el poder público deja de ser un tercero imparcial en la discordia. En tales situaciones, las disputas alcanzan un rango constitucional. En una mayoría de casos, los problemas no son difíciles de resolver: a veces involucran conflictos de derechos constitucionales con otros de carácter infra-constitucional; en otras derechos contra meros intereses; y sólo en los casos más difíciles y menos comunes derechos constitucionales versus otros derechos de rango constitucional. En estas situaciones, sin embargo, la solución no suele ser tan compleja, ya que debe existir una prioridad para la atención de los derechos más urgentes (i.e. la falta de alimentación adecuada, la violación de derechos territoriales de poblaciones indígenas) o aquellos que dejan en situación de desamparo a un mayor número de personas (i.e. el impacto ambiental, sanitario y social grave sobre una comunidad).
Por todo ello, resulta criticable que el poder político no intervenga ni decida de una vez y rápidamente en estos conflictos. Peor aún, en ocasiones, y frente a la desidia del poder político, los conflictos terminan derivándose a la esfera judicial que, salvo excepciones, viene a reproducir -insólita e injustificadamente- la ecuación de poder reinante en la esfera política, y desfavorable a quienes sufren las violaciones de derechos mas graves. Este tipo de situaciones generan, razonablemente, una creciente desconfianza sobre el poder publico, y a la vez, continúan minando la legitimidad de sus decisiones.
En todos estos casos, el problema no es solamente que el conflicto se politice o se judicialice, sino que, en cualquiera de las dos esferas, el conflicto sea desnaturalizado, privándose al mismo del contenido de derechos que lo distingue y que debiera marcar el modo en cómo resolverlo. El riesgo es, en definitiva, tratar a estas disputas como si no fueran, ante todo, disputas que involucran derechos, es decir, escamotear la cuestión de fondo y tratar a estos conflictos como si involucraran, meramente, un enfrentamiento entre intereses particulares contrapuestos.
Fuente: Renace