Uruguay: Asamblea Nacional de Apicultores a la opinión pública en general
"Hemos elegido desarrollar una actividad valorada en todo el mundo por su relación directa en el mantenimiento y desarrollo de la biodiversidad del medio ambiente... El insecto que manejamos no puede ser mirado solo como factor de rentabilidad o ganancia. Es uno de nuestros objetivos salvaguardarlo de quienes reducen la diversidad biológica como mecanismo para el control de los mercados. No existe interés superior que pueda detenernos a enfrentar todo modelo depredador, que afecte la salud humana y reduzca peligrosamente la vida de miles de especies en el planeta."
A LA OPINIÓN PUBLICA EN GENERAL, AL PODER LEGISLATIVO, AL PODER EJECUTIVO, AL PODER JUDICIAL Y A DEMAS ORGANISMOS DEL ESTADO URUGUAYO.
La Asamblea Nacional de Apicultores reunida el 19 de noviembre de 2016 declara:
ANTES QUE NADA SOMOS SERES HUMANOS. Hemos elegido desarrollar una actividad valorada en todo el mundo por su relación directa en el mantenimiento y desarrollo de la biodiversidad del medio ambiente. Altos valores estos, que garantizan la presencia de los seres vivos sobre el planeta. El insecto que manejamos no puede ser mirado solo como factor de rentabilidad o ganancia. Es uno de nuestros objetivos salvaguardarlo de quienes reducen la diversidad biológica como mecanismo para el control de los mercados. No existe interés superior que pueda detenernos a enfrentar todo modelo depredador, que afecte la salud humana y reduzca peligrosamente la vida de miles de especies en el planeta.
Los apicultores del Uruguay comprometidos ante todo, anteponemos la Vida y la Ética. No somos responsables de la contaminación de la miel y del resto de los alimentos (lácteos, carnes, frutas, verduras, agua, etc.), ni del ambiente, ni de la depredación de vegetales y animales.
Exigimos:
- un sistema de producción agropecuaria que desde su inicio y durante todos su proceso incluya a la Apicultura.
- cumplimiento inmediato del Artículo 201 de la Ley 16.226 (RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL): “Declárase de interés nacional la actividad apícola en todo el territorio nacional.”
- cumplimiento inmediato del Artículo 8 de la Ley 17.115 (DESARROLLO APICOLA): “Aquellos proyectos de explotación agrícola, pecuaria o forestal que aspiren a ser beneficiados por subsidio público, incluyendo crédito en condiciones preferenciales, exoneraciones impositivas o arancelarias específicas, deberán incluir una adecuada explotación del potencial apícola vinculada al emprendimiento.”
- cumplimiento inmediato del Artículo 9 de la Ley 17.115 (DESARROLLO APICOLA): “Las violaciones o infracciones a las disposiciones legales o reglamentarias en materia apícola serán sancionadas con multas que se graduarán según la importancia de la infracción y el carácter de reincidente o no del infractor, de acuerdo a la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que el hecho dé lugar.”
- Que se solicite al MSP y Facultad de Medicina el análisis de la presencia de herbicidas y otros agrotóxicos en fluidos humanos. Que se solicite a la Facultad de Química u otro laboratorio competente que no este bajo la dirección del MGAP, el análisis de residuos de agroquímicos en alimentos que provengan de la producción granjera. Exigimos, además, que los informes se hagan públicos, incluyendo los que surjan de la Unidad de Inocuidad Alimentaria del MGAP.
- Estrechar vínculos y trabajar conjuntamente con organizaciones y ciudadanos que vayan en el mismo sentido de la prohibición de la aplicación de agrotóxicos.
Eventualmente, se iniciarán acciones judiciales para la toma de medidas cautelares que suspendan la aplicación de agrotoxicos en todo el país, cambiando este modelo productivo por un plan hacia sistemas de producción orgánicos, sostenibles y soberanos.
En la producción agropecuaria, somos los apicultores los que en el trabajo cotidiano comprobamos el deterioro de los ecosistemas y, por supuesto, el declive sistemático de la actividad apícola.
Extensiones de tierra donde la acción de herbicidas, insecticidas y fungicidas no deja vestigios de vida alguna. Donde solo emergen aquellas plantas cuyas semillas fueron modificadas genéticamente para vivir donde las demás mueren. Allí las abejas no encuentran su alimento y la oferta de variedad proteica disminuye. El uso de estos tóxicos en forma descontrolada ha llevado a que se fumigue sobre los apiarios, de la misma manera que se ha hecho sobre animales, escuelas, viviendas y personas. El insecto debilitado por la acción de tóxicos, no solamente disminuye su capacidad de comunicación entre los habitantes de la colmena, sino que es permeable al ataque de virus, ácaros y otras enfermedades. Lo que hace que gran parte del colmenar del país se encuentre en estado crítico.
A este panorama se le agrega la confirmación de la presencia de herbicidas en las mieles uruguayas. Algo que ya habíamos dado por descontado desde hace algún tiempo. Precedido esto por análisis que se hicieron en Alemania, donde se encontró polen transgénico. Este hecho incrementa la incapacidad que tendrán los apicultores endeudados ante una situación de creciente inestabilidad y caída de precios, debido al desprestigio en que caen sus productos contaminados por agrotóxicos. Que generará una condición desesperante, que provocará que si no se les extienden los plazos acordados a dichos apicultores pasarán a la categoría de productores morosos en primera instancia y luego a desaparecer como apicultores.
Este conflicto es de los apicultores que perdemos nuestras colmenas, perdemos valor y prestigio de nuestros productos y estamos perdiendo nuestras fuentes de trabajo. Pero también, es el conflicto de la apicultura contra el modelo agroindustrial. Por lo tanto, es el conflicto entre la vida en un ambiente sano y diverso y el agronegocio contaminante. Esto viene a demostrar que el deterioro de la Apis melífera indica el deterioro de los demás polinizadores nativos y, que la contaminación de las mieles visualiza la contaminación de los alimentos. El Estado y sus Poderes tienen que comprometerse a evaluar esta situación, investigar y analizar junto a la sociedad civil y legislar sobre el tema. Tienen que cumplir con las leyes ambientales, proteger y reconocer el papel esencial de la apicultura en la producción de alimentos y mantenimiento de la biodiversidad.
La Asamblea Nacional de Apicultores viene a alertar sobre la pérdida de la diversidad biológica. Sobre los perjuicios que los monocultivos con sus paquetes tecnológicos contaminantes causan al patrimonio de todos los ciudadanos. Que son el agua, nuestras tierras, los polinizadores y la actividad apícola, esenciales para la vida. “El modelo agroindustrial instalado es ilegal y violatorio de los derechos humanos, y directamente responsable de la pérdida de biodiversidad fitogenética, así como de abejas melíferas y otros insectos polinizadores y, como consecuencia de ello, del deterioro y/o desaparición de la apicultura y de sus apicultores... La pérdida de la diversidad biológica no es un efecto marginal, ni una externalidad negativa del modelo agroindustrial, sino un objetivo preciso de su estrategia de conquista del mercado.” Dr. Pedro Sebastián Kaufmann
El modelo agroindustrial del agronegocio es incompatible y no puede coexistir ni con la apicultra, ni con los demás productores familiares de pequeña y mediana escala que producen alimentos diversos, este modelo imperante no repara en daños ambientales ¿Qué protección nos ofrece el Estado ante la pérdida de la inocuidad de los alimentos que producimos? ¿Qué protección ante la pérdida de su valor por su alta contaminación? ¿Y qué protección ante la pérdida de la calidad del ambiente para producir sano, ubicándonos en situación de riesgo sanitario?
El modelo agroindustrial Nacional no produce alimentos destinados a la alimentación humana, sino granos para forraje y “ biodiesel” fundamentalmente. El derecho a un ambiente sano es un Derecho Humano. Según el PRINCIPIO 8 de la Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo: “Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas.”
La Asamblea Nacional de Apicultores, también viene a proponer que se investigue sobre la contaminación en humanos. Que se investigue sobre la contaminación en alimentos. Y que en dichas investigaciones participe la sociedad civil y organizaciones sociales. Todos tenemos derecho a estar informados y tener acceso a las fuentes.
La Asamblea propone cambiar este sistema productivo impuesto por el modelo global depredador por un plan hacia formas orgánicas de producción, sostenibles y soberanas. Consideramos que a más monocultivos, menos biodiversidad y mayor uso de agrotóxicos, menos oferta de alimentos y alto riesgo en la reproducción de los polinizadores. Cuanto mayor sea la diversidad en la producción agrícola, mayor y mejor será la oferta de alimentos para polinizadores y humanos, menor dependencia y se garantizará la soberanía alimentaria. El pequeño productor familiar es quien produce la enorme mayoría de alimentos que consumimos en menos extensión de tierras. Mientras que el agronegocio, desmonta, desforesta, contamina, utiliza mayor extensión de tierras y produce escasos alimentos para nuestra población.
Instamos a Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca, Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Ministerio de Industria, Energía y Minería, Ministerio de Salud Publica, Autoridades académicas y Poderes del Estado a:
1) La inclusión inmediata y reconocimiento del beneficio del VALOR de la POLINIZACION por Abejas en: a) Guías de Buenas Prácticas Agrícolas para sistemas de SECANO, b) Guías de Buenas Prácticas Agrícolas para Producción de frutas y hortalizas frescas en Uruguay, c) el Código de Buenas Practicas Forestales y d) Guía de Buenas Prácticas Agrícolas para el cultivo de arroz. Estas demandas se basan en lo comprobado por los estudios nacionales (“Valor económico por polinización” INIA abril 2009 y “Dependencia de la polinizacion entomófila y relevamientos de los insectos polinizadores en 3 cultivos de interés económico en Uruguay”, Lic. Estela Santos) y numerosa bibliografía internacional.
2) La inclusión inmediata en dichos manuales y la mención de la necesidad de dar cumplimiento a los artículos 8 y 9 de la Ley 17.115.
3) La inclusión inmediata en dichos manuales y la mención de la necesidad de dar cumplimiento al artículo 201 de la Ley 16.226.
4) La inclusión inmediata en dichos manuales de lo ya reconocido internacionalmente a nivel general y por algunas empresas Forestadoras con presencia en Uruguay: “las colmenas en los cultivos ayudan a satisfacer criterios conocidos y estandarizados internacionalmente, que aseguran una forma de producción acorde con la sustentabilidad ambiental.”
(Ver: Agenda Forestal 2011, Uruguay de la Empresa Consultora en Inversiones Forestales Rosario Pou & Asociados, CICLO DE CONFERENCIAS MADEREXPO Uruguay, Agenda Forestal 2013, Uruguay de la Empresa Consultora en Inversiones Forestales Rosario Pou & Asociados).
De esta forma asegurar lo expresado por la Ley 17.283, DECLÁRASE DE INTERÉS GENERAL, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 47 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA, QUE REFIERE A LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE “Artículo 4º. (Deber del Estado).- Es deber fundamental del Estado y de las entidades públicas en general, propiciar un modelo de desarrollo ambientalmente sostenible, protegiendo el ambiente y, si éste fuere deteriorado, recuperarlo o exigir que sea recuperado.”
De esta manera, dichos Manuales podrán efectivamente cumplir sus objetivos y no ocultar las LEYES que están directamente vinculadas. Guías de Buenas Prácticas Agrícolas Sistema de Secano:
“Esta guía será utilizada como una herramienta para orientar a los actores del sector (productores, técnicos y trabajadores en general), sobre las prácticas que se deben llevar adelante para una producción agrícola responsable, más allá de las normas legales establecidas, de manera de garantizar la mayor productividad y fomentar la confianza de los mercados extranjeros en la inocuidad de los productos uruguayos...”
Guías de Buenas Prácticas en Producción de Frutas y Hortalizas Frescas en Uruguay:
“La presente publicación ha sido elaborada con el fin de constituir tanto un aporte a la sostenibilidad ambiental, económica y social de las explotaciones granjeras del Uruguay como a la obtención de frutas y hortalizas con agregado de valor, acompañando la creciente exigencia de los consumidores y de los mercados, tanto nacionales como internacionales. En los últimos tiempos se ha venido registrando un cambio en el comercio de frutas y hortalizas, donde a las tradicionales exigencias de criterios de calidad hoy se suman criterios de sustentabilidad que responden a una preocupación por lo ambientalmente correcto, por lo socialmente justo y por lo económicamente viable. Esta guía pretende brindar las herramientas básicas para el logro de una producción que contemple esas exigencias,...”
Código Nacional de Buenas Prácticas Forestales:
“Los Códigos de Buenas Prácticas Forestales son un conjunto ordenado de prescripciones, procedimientos, conceptos, estilos y guías de trabajo estandarizados aplicables al recurso forestal y sus variables asociadas, las que en carácter de recomendaciones u obligatoriedad procurarán que éste sea gestionado sobre bases sustentables mínimas. Las prácticas que se recomiendan se entenderán apropiadas si cumplen con las condiciones de ser socialmente aceptables, económicamente viables y ambientalmente adecuadas. Dichas prácticas, a su vez, no deberán contraponerse con la legislación, normativa y reglamentación existente, así como tampoco con aquellas de carácter general que indirectamente también se relacionan con la actividad forestal y que habrá que tomar en cuenta para su debido cumplimiento...”
Es así que también podrá dar cumplimiento al punto 2 de los Lineamientos Políticos del MGAP y la Institucionalidad Pública Agropecuaria 2010-2015:
“Promover y aplicar prácticas culturales que aseguren sostenibilidad en el uso y manejo del suelo en las cadenas productivas.”
5) Cumplimiento inmediato del Artículo 201 de la ley 16.226 y de los artículos 3, 8 y 9 de la ley 17.115.
Con referencia al artículo 3º, de la Ley 17115, la Comisión Honoraria de Desarrollo Apícola tendrá los siguientes cometidos de acuerdo al punto B): Coordinar las acciones de entidades públicas y privadas dirigidas al sector.
Con referencia al artículo 8º, de la Ley 17115, instamos a solicitar un inmediato revelamiento que informe y detalle sobre proyectos de explotación agrícola, pecuaria o forestal que hayan sido beneficiados por subsidio público, incluyendo crédito en condiciones preferenciales, exoneraciones impositivas o arancelarias específicas, y que no estén incluyendo una adecuada explotación del potencial apícola vinculada al emprendimiento ante los siguientes organismos:
Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca, Ministerio de Industria, Energía y Minería, Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Ministerio de Economía y Finanzas, Banco República, Microfinanzas S.A., Intendencia de Artigas, Intendencia de Canelones, Intendencia de Cerro Largo, Intendencia de Durazno, Intendencia de Flores, Intendencia de Florida, Intendencia de Maldonado, Intendencia de Montevideo, Intendencia de Paysandú, Intendencia de Rivera, Intendencia de Rocha, Intendencia de Salto, Intendencia de Soriano, Intendencia de Tacuarembó, Intendencia de Treinta y Tres. Intendencia de Lavalleja, Intendencia de Colonia, Intendencia de Rio Negro, Intendencia de San José.
Con referencia al artículo 9º de la Ley 17.115: “las violaciones o infracciones a las disposiciones legales o reglamentarias en materia apícola serán sancionadas con multas que se graduarán según la importancia de la infracción y el carácter de reincidente o no del infractor, de acuerdo a la reglamentación que dictará el Poder Ejecutivo, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que el hecho dé lugar”.
Instamos a la CHDA a realizar las debidas denuncias de los incumplimientos del artículo 8º de la Ley 17,115, ante el Poder Ejecutivo.
Instamos la inmediata comunicación por parte de la CHDA, al Poder Ejecutivo: “Los apicultores que desarrollamos la actividad Apícola reclamamos que las políticas fijadas por el Poder Ejecutivo en materia de desarrollo Apícola se ajusten según la expresión de la Ley 17.115, Articulo 1º: “Al Poder Ejecutivo compete la fijación de la política nacional en materia de desarrollo apícola, contando para ello con el asesoramiento de la Comisión Honoraria de Desarrollo Apícola. La formulación de dicha política tendrá en cuenta la declaratoria de interés nacional dispuesta por el artículo 201 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991.” De acuerdo al Artículo 201 de la Ley 16.226 (“Declárase de interés nacional la actividad apícola en todo el territorio nacional”), la actividad que desarrollamos la haremos, según la Ley, en todo el territorio nacional y no podrá estar sujeta o afectada por efectos o necesidades de otro tipo de actividades que no revisten el mismo elevado rango de interés dispuesto en la Ley.
Por lo tanto rechazamos enfáticamente que nuestras colmenas tengan que llevar implantados “chips electrónicos” para mejorar el Sistema de Trazabilidad de los Productos Apícolas. Del mismo modo rechazamos la propuesta de que los apicultores seamos quienes debamos de tomar las medidas preventivas de envenenamiento por agrotóxicos basados en el sistema de geo-referenciación de apiarios. No aceptamos que nuestras colmenas puedan ser afectadas por agrotóxicos que el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca pueda autorizar aplicar en ningún caso.
Si el sistema de geo-referenciación de apiarios y de aplicaciones de agrotóxicos fuese llevado a cabo, será para que las personas que apliquen agrotóxicos no afecten con ellos la Salud de los habitantes del País, ni sus domicilios, ni las escuelas rurales, ni el Medio Ambiente, ni sus actividades, y especialmente las actividades declaradas de INTERÉS NACIONAL.
Si comprobásemos el no cumplimiento de las leyes vigentes iniciaremos las demandas legales que estén al alcance.
Por Asamblea Nacional de Apicultores
Enviado por moc.liamg@orotledardeiprfsserotlucipa