La OMC y el comercio mundial: algunos pensamientos acerca de la seguridad alimentaria en países en vía de desarrollo, por Carsta Neuenroth y Martin Petry
Los resultados de las negociaciones sobre la liberalización del comercio mundial y las reglas del juego ya han afectado y afectarán aún más la vida de la mayoría de la población en el mundo, específicamente en los países en vía de desarrollo en el Sur por las implicaciones sobre la lucha contra la pobreza y la seguridad alimentaria
Fuente: FAKT
Por: Carsta Neuenroth y Martin Petry
Boletín Alerta Nº 18, ILSA
Correo electrónico: silsa@col1.telecom.com.co
Varios acuerdos forman la base de la OMC. Aparte de los artículos sobre el Sistema Mundial del Comercio del GATT que forman parte de la OMC desde su fundación, otras nuevas series de acuerdos están vigentes desde la fundación de la OMC. El comercio en servicios está regulado por medio del Acuerdo General de Comercio en Servicios (GATS -General Agreement on Trade in Services) y la propiedad intelectual por el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC o TRIPS -Trade Related Aspects of Intellectual Property Rights). Otro acuerdo importante regula la solución de pleitos relacionados al comercio (DSU = Dispute Settlement Understanding). Las cuatro series de acuerdos definen y regulan el comercio mundial y su liberalización.
La seguridad alimentaria se encuentra más afectada por el Acuerdo sobre Agricultura (AsA) y el Acuerdo, se encuentra endosado en el AsA, sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, negociados en la Ronda de Uruguay del GATT, y el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC). El AsA está vigente desde 1995 cuando se fundó la OMC y regula la liberalización del comercio con productos agropecuarios. Las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias fueron definidas para proteger la salud humana y controlar plagas y enfermedades de plantas y animales. El acuerdo ADPIC incluye todos los aspectos sobre los derechos de la propiedad intelectual. Es importante para la producción agropecuaria y la seguridad alimentaria porque regula el otorgamiento de la propiedad intelectual sobre plantas y otro material vivo, con énfasis en la protección de variedades de plantas y patentes.
Algunas Implicaciones del AsA y ADPIC sobre la Seguridad Alimentaria
El Acuerdo sobre Agricultura puede tener efectos muy negativos sobre la producción agropecuario y la seguridad alimentaria en los países en vía de desarrollo. Muchos países del Sur esperaban que el AsA iba a resultar en cortes de subsidios para los productores fuertemente subsidiados en el norte y abrir espacios para una competencia más equilibrada en el mercado. Desgraciadamente eso no pasó. Productos agropecuarios subsidiados del norte todavía se encuentran exitosamente en competencia con los productos producidos sin subsidios en el Sur, poniendo en peligro la sobrevivencia de muchos productores en los países del Sur. Los pequeños productores que producen principalmente alimentos para el consumo local están más afectados porque el sistema de comercio favorece la producción industrializada y de gran escala de productos para la exportación sin tomar en cuenta la degradación del medio ambiente que causa esta forma de producir. Grandes compañías transnacionales controlan los insumos agropecuarios y el procesamiento y mercadeo de los productos. Este tipo de sistema afecta la producción de alimentos para el consumo local en los países del Sur, resultando en escasez de alimentos y su importación desde el mercado mundial, aumentando la vulnerabilidad de los países importadores de alimentos sobre las fluctuaciones de los precios en el mercado mundial.
El sistema de comercio promovido por la OMC define la seguridad alimentaria simplemente como la disponibilidad de alimentos, adquiridos por el comercio. No importa si los alimentos vienen del otro lado del mundo. Lo que resultaría en la verdadera seguridad alimentaria como la autosuficiencia de alimentos, el acceso a la tierra y los recursos, la sostenibilidad de los sistemas de producción y una vida digna para la población local no aparece en la agenda de la OMC.
Los derechos de la propiedad intelectual sobre plantas y otro material vivo como están regulados en el ADPIC fácilmente pueden cortar los países del Sur del uso comercial de sus propios recursos genéticos. Para cumplir con el ADPIC los países miembros de la OMC tienen que promulgar leyes de patentes o implementar otros sistemas de protección, los sistemas sui generis.
Patentes y otros tipos de derechos sobre plantas y material vivo suelen proteger principalmente los intereses comerciales de compañías poderosas en el norte. Las patentes garantizan la protección más completa de la propiedad intelectual y pueden estar vigentes aproximadamente 20 años. Para los países en desarrollo la promulgación de leyes de patentes o la creación de sistemas sui generis cuesta mucho tiempo y dinero. Entretanto son otros los que aprovechan comercialmente los recursos y conocimientos de los pueblos indígenas, los cuales van perdiendo los incentivos para seguir cuidando la diversidad biológica. Los conocimientos y contribuciones de generaciones de poblaciones locales acerca del cultivo, mejoramiento y uso de muchas variedades de plantas para la agricultura y la medicina no son suficientemente protegidos. Al contrario, compañías agrícolas y farmacéuticas han usado recursos genéticos y conocimientos del Sur para desarrollar productos protegidos por medio de patentes. Como consecuencia es posible que la población local se vea forzada a comprar semillas y medicinas que tienen su origen en los propios conocimientos y recursos locales.
¿Qué se puede hacer?
De todas las organizaciones la OMC es la organización internacional más poderosa que cuenta con instrumentos que garantizan la implementación de los diferentes acuerdos por parte de los países miembros. Pocas organizaciones internacionales cuentan con este tipo de instrumentos.
Menos poderosos pero no menos importantes son algunos acuerdos internacionales que favorecen más que la OMC las posiciones de los países en desarrollo del Sur. Cabe mencionar el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD), negociado en 1992 durante la cumbre de la ONU sobre desarrollo y medio ambiente en Río de Janeiro, Brasil. El CBD pone énfasis en la protección y el reconocimiento de la soberanía nacional y de los derechos de las poblaciones indígenas sobre sus propios recursos genéticos. Lobbyistas de ONG demandan que la CBD tenga prioridad sobre el ADPIC.
Otro acuerdo importante es el Compromiso Internacional sobre Recursos Fitogenéticos (CIRF o IU = International Undertaking on Plant Genetic Resources ), negociado por una comisión intergubernamental bajo los auspicios de la FAO. El CIRF define que el intercambio de los recursos fitogenéticos de los cultivos agrícolas más importantes debe ser posible abiertamente por medio de un sistema multilateral y sin el otorgamiento de derechos intelectuales de propiedad sobre los recursos fitogenéticos. El CIRF hace el esfuerzo de mantener la biodiversidad agrícola bajo el dominio público.
Dentro del ADPIC la oportunidad de otorgar protección para variedades de plantas por medio de sistemas sui generis abre algunas posibilidades de evitar la protección por patentes. El ADPIC además prevee la posibilidad de proteger ciertos productos cuando su cualidad o reputación se da por su origen geográfico.
Dentro del Acuerdo sobre Agricultura existen algunas posibilidades que permiten la implementación de ciertas políticas para soportar la producción agropecuaria a nivel nacional bajo las condiciones que no afectan el comercio. El acuerdo permite a los gobiernos nacionales apoyar la investigación, la extensión, los programas de ajuste estructural, el acopio de alimentos para la seguridad alimentaria y los pagos en casos de catástrofes.