El obtentor de las semillas y su pecado original

Idioma Español
País Venezuela

¿Quién vela por los derechos de los hacedores o creadores culturales de las semillas indocampesinas?

Por Andrés Avellaneda

En este proceso de movilización contra los transgénicos, activado por las reiteradas manifestaciones de emplazamiento para ser usados en Venezuela, por parte de la organización empresarial FEDEAGRO; surge desde el parlamento la propuesta de revisión de la Ley de semillas, materiales para la reproducción animal e insumos biológicos y/o la creación de una nueva ley de semillas; bajo la justificación de garantizar el suministro de semillas certificadas e incluso hacer otra ley de fertilizantes ( ver aquí). Ante la coincidencia en tiempo y espacio de ambos planteamientos, por supuesto se ha generado la suspicacia y activación de colectivos y movimientos de las fuerzas populares.

Desde C.A.R.I.A.C.O. nuestro modo de ver y así lo hemos expuesto en los escenarios de lucha, el tema de los transgénicos parece un pote de humo, por ahora, para negociar y obligar a discutir una ley de semillas, que garantizará amarrarnos aún más a los sistemas de producción de la Rockefeller y ordenados desde el imperio científico técnico del CGIAR; a la apropiación, mercantilización, patentización de semillas y el uso de insumos agrotóxicos (fertilizantes); así como hacerse de todas las semillas indocampesina con su preciado acervo cultural, sus bondades de adaptación, propagación, resistencia, su variabilidad, su diversidad, características envidiables y apetecibles ante un mundo que se presenta caótico, por los desequilibrios causados a la madre naturaleza. Debemos ampliar el debate y el tino de nuestras luchas; no encerrarnos en la lucha pues, el problema no sólo son los transgénicos y la Monsanto (esta tiene muchísimas fachadas y vías).

Creemos se debe debatir (en ese gran debate al que hemos llamado) acerca de la pertinencia o no, de una ley que privatiza las semillas, e incluya para rematar, a las semillas indocampesinas, esas que cimarronean desde los saberes y haceres de la agricultura indocampesina; ¿será conveniente que legislen sobre ellas?, ¿le van a aplicar las “normas de certificación” que favorecen a las empresas privadas y al malinchismo agroprofesional público y privado? Al legislar sobre ellas, ¿que consecuencias traerá en este marasmo contradictorio de leyes nacionales e internacionales y esa especie de supraconstitucionalidad en que se han convertidos los convenios internacionales? ¿Quién, cómo y con qué criterio se validaran los miles de hacedores indocampesinos de semillas? ¿Cómo evaluaran para certificar el comportamiento local de las semillas?

Si el gran debate resulta en legislar para privatizar las semillas, es un error acuñar las semillas indocampesinas con toda su carga cultural, en una ley descontextualizada, ajena, estructurada para privilegiar a las semillas obtenidas por agroempresariales. Los ajustes que se pretenden hacer a la ley original (G.O. 37.552 del 18 de octubre de 2002), sólo eliminando frases y adicionando conceptos, etc., no cambia la concepción de la misma: fitomejoradores; obtentores; empresas; certificación; omg; Inst. Nac. Semillas; es la reproducción del modelo Rockefeller-CGIAR; meter allí a las semillas indocampesinas, es incompatible y hacerle el juego al modelo agroempresarial internacional o nacional, privado o “público” para seguirse apropiando de las semillas autóctonas.

En este caso, habría que crear un instrumento legal contextualizado a las semillas indocampesinas, que la proteja y defienda nacional y supranacionalmente, como patrimonio y derecho de los pueblos a su autodeterminación y soberanía; nutrida con otras leyes, como la ley de patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas, por ejemplo. En los borradores de ley que han salido a chorritos a la luz pública, sinceramente no vemos mayor hincapié hacia los transgénicos, con los cuales estamos abiertamente en contra, eso debe desaparecer de esa ley; pero lo que poco se ha debatido es acerca de la “protección del derecho de obtentor de semillas”. Hay un sagaz juego de palabras de obtentor, creación genética, germoplasma, variedades, cultivar, que legaliza la actuación empresarial. Es bien sabido y concebido a nivel mundial, que todo lo “lícito” montado a partir de lo ilícito, es ilegal e ilegítimo. He aquí el fondo del asunto.

¿De dónde nace el derecho de los “obtentores y/o fitomejoradores”? de una actividad encubierta de biopiratería y bioespionaje con fachada “de trabajos científicos”. Véase en los anexos, que un grupo de “investigadores” pertenecientes a la National Academy of Sciences-National Research Council y la Fundación Rockefeller, colectaron en Venezuela las denominadas razas de maíces, y agradecieron (Ackowledgments) a los productores (campesinos y originarios) por haber permitido que su maíz fuera colectado. Todas estas razas de maíces fueron a parar al exterior, para ser trabajadas por los fitomejoradores (Obtentores) y ser reintroducidas como semillas comerciales (obtenidas). Sobre la buena fe de los campesinos y pueblos originarios actuaron deliberadamente y con alevosía. El lenguaje especializado cambió razas, por variedades, cultivares, obtenidos por los fitomejoradores y en la ley aseguran su derecho, y ¿Quién vela por los derechos de los hacedores o creadores culturales de las semillas indocampesinas? Se puede obtener algo heredado, encontrado, comprado, robado, saqueado, despojado; entonces, ¿cual derecho debe ser privilegiado el del creador cultural o el del obtentor? La lógica capitalista de la ley la lleva a privilegiar y proteger al que gastó dinero en la obtención a partir del saqueo primigenio y no de la justicia históricocultural.

A nuestro modo de ver desde allí debe partir la discusión, desde la legalidad y legitimidad históricocultural, desde la develación de la dominación del modelo agroindustrial capitalista extractivista y su incompatibilidad con la revolución, si ésta es antiimperialista, bolivariana, socialista.

Fuente: Aporrea

Temas: Derechos de propiedad intelectual, Semillas

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