Argentina: Minería, paradigma de entrega incondicional
El lunes 15 de febrero, se publicó en el Boletín Oficial la promulgación del Decreto 349/2016 que elimina los derechos de exportación, denominadas retenciones, para los productos provenientes de la actividad minera. Los considerandos del mencionado decreto son una retahíla de cinismo e inexactitudes que alarman.
Entre otras cuestiones, los argumentos giran alrededor de la recomposición de los márgenes de utilidad de las empresas operadoras. Esto implicaría que aumenten las inversiones, que según el Decreto se encuentran retrasadas respecto de países como Chile, Perú, Colombia y Brasil. Esta afirmación es cuestionable, dado que la disminución en el precio de las materias primas mineras afecta a todos los países por igual. La línea conceptual sería la aplicación de la teoría del “derrame”. Cuanto más ganen las empresas, mayor confianza para hacer negocios se genera y la riqueza que acumulan se derrama en el resto de la sociedad mediante mayor actividad económica. Esto nunca sucedió. Al menos no en la medida de dar a nuestro pueblo estándares de vida aceptables. Dado que por más que se genere ese campo fértil para los negocios, las empresas multinacionales no tienen el menor interés de realizar otra actividad económica que no sea la de esquilmación hasta el agotamiento total.
Otro de los argumentos es el sesgo unitario de los derechos de exportación, afirmando que de esta manera se están devolviendo recursos a las provincias. Nos toman por giles. No hay manera de que los U$S 220 millones que aproximadamente dejará de percibir el Estado Nacional no la embolsen directamente las empresas multinacionales que exportan su producción. No hay manera de ver cómo terminará en las provincias, sin ningún tipo de obligación al respecto. Este monto se sumará a todos los beneficios impositivos que ya venían disfrutando.
Estos beneficios existentes, indicados en la Ley de Inversiones Mineras 24.196, incluyen lo siguiente:
– Estabilidad cambiaria por 30 años (Art. 8)
– Importación libre de derechos de maquinarias, equipos, partes, repuestos e insumos mineros (Art. 21). O sea, cero impuesto a la importación. Algo que comúnmente en un país “serio” se denomina contrabando.
– Tope de regalías del 3% (Art. 22). Irrisorio porcentaje sobre el valor de boca de mina.
– Exención de Impuesto sobre los Activos (Art. 17)
– Doble deducción de gastos de exploración, prospección, etc. para Impuesto a las Ganancias (Art. 12)
– Devolución del IVA sobre inversiones en exploraciones (Art. 14 bis).
– Régimen beneficioso de amortización para el Impuesto a las Ganancias para Invesiones de Capital (Art. 13)
Además, exención en el pago de Ingresos Brutos a las provincias sobre las exportaciones. Algunas provincias ofrecen beneficios ampliados. Catamarca, por ejemplo, ofrece la exención del pago de cualquier impuesto provincial (Ingresos Brutos, Sellos, Automotor, e Inmobiliario).
El argumento de la caída de los precios internacionales también contiene imprecisiones. Los proyectos mineros comenzaron a desarrollarse a comienzos del 2003, cuando el oro estaba en U$S 350 x onza ( http://goldprice.org/), la plata estaba U$S 155 x kg ( http://silverprice.org/) y el cobre alrededor de U$S 1.800 x ton ( ver aquí).
En un contexto de aumento del precio de las materias primas, los minerales aumentaron, junto a las ganancias de las empresas y consecuente recuperación de la inversión inicial, hasta llegar a un pico de U$S 1.830 x onza el oro, U$S 1.450 x kg la plata y U$S 9.800 x ton el cobre en el año 2011.
A partir de ese punto, los precios cayeron en forma sostenida, con alguna recuperación esporádica, llegando hasta los actuales U$S 1.235 x onza, U$S 505 x kg, U$S 4.475 x ton, el oro, la plata y el cobre respectivamente. Este es parte del guión de las multinacionales mineras. La caída de los precios no permiten que sus negocios se desarrollen y, en consecuencia, disminuye la inversión. Sin embargo, los precios aún siguen siendo altos respecto de los del 2003. A pesar de los aumentos de costos, las empresas siguen ganando millones de dólares, como lo refleja el Informe Anual de Barrick Gold del 2014 ( ver aquí). Veladero, ubicado en la provincia de San Juan, figura con una EBIT (Ganancias antes de intereses e impuestos) de U$S 330 millones en ese año.
La política minera de los últimos 12 años fue indudablemente una continuación de la de los noventa, con la diferencia de que el Estado Nacional se apropió de parte de la renta mediante las retenciones a la exportación. Con esta nueva medida, se ha cerrado el círculo volviendo al inicio, en donde la entrega incondicional de nuestra riqueza viene acompañada de impactos medioambientales y sociales, dejando un paisaje arrasado, agujeros en las montañas, ríos con menos agua y solución cianurada derramada.
Martín Scalabrini Ortiz. Ingeniero Químico. Consejero por Graduados FIUBA.
Fuente: Marcha