Desalojo en Villa Mascardi: “Si estas mujeres no fueran mapuches, estarían en libertad”
Las cuatro mapuches detenidas en el allanamiento y desalojo del 4 de octubre pasado en Villa Mascardi continúan presas, si bien “no hay elementos legales para sostener la prisión preventiva”, explicó a BiodiversidadLA Gustavo Franquet, miembro de la Gremial de Abogados y Abogadas de la Argentina e integrante de la defensa legal de las mujeres.
Las cuatro mujeres mapuches detenidas hace un mes durante el violento desalojo en Villa Mascardi se encuentran con prisión domiciliaria a la espera de que comience un probable juicio, cuando se cierre la etapa de instrucción. Betiana Colhuan, Martha Luciana Jaramillo y Romina Rosas están procesada en dos causas, por la supuesta participación en las usurpaciones del ex Hotel Mascardi y de la finca La Escondida. En el caso de María Celeste Ardaiz Guenumil, se encuentra procesada en el caso de supuesta usurpación de la finca La Escondida.
También se ordenó la detención de Matías Santana, Ariel Quiroga, Yéssica Bonnefoi, Cristian Germán Colhuan, Lucas Ariel Vera y Juan Pablo Colhuan sobre la base de que encontraron documentos personales de ellxs durante el allanamiento del 4 de octubre. Además, se levantó la falta de mérito que tenían en la causa del ex Hotel Mascardi y se decidió el procesamiento con prisión preventiva de las seis personas, por lo que ésta se suma a la causa por la usurpación de la finca Los Radales, que fue la que motivó el desalojo en Villa Mascardi. Tanto sobre las mujeres detenidas como las personas con pedido de captura pesa, además, un juicio por una supuesta usurpación en Parques Nacionales, que comenzará el año que viene.
Gustavo Franquet, integrante de la Gremial de Abogados y Abogadas de la Argentina y parte del equipo legal que defiende a las detenidas, explicó que “la detención de todas ellas es por la supuesta usurpación de la finca Los Radales, su incendio y por atentado contra la autoridad. En esa causa están todas con falta de mérito, es decir, que no han surgido elementos en la investigación que las involucren”.
Sobre las órdenes de captura emitidas por la supuesta participación en las usurpaciones de la finca La Escondida y del ex Hotel Mascardi, el abogado agregó que “las pruebas son que habrían encontrado durante el allanamiento, para nosotros irregular, documentación y elementos varios que, para la fiscalía y para las juezas, hacen presumir que ellos vivían en esos lugares y por lo tanto los estaban usurpando”. Sobre este punto, el letrado consideró que varias de las personas que también se encontraban en el lugar y que estaban viviendo transitoriamente ahí no fueron imputadas, por lo que el hecho de vivir no significa necesariamente estar usurpando el lugar. “La jueza no tiene elementos suficientes para afirmar que se trató de una usurpación”, consideró.
Franquet explicó que presentaron un escrito de más de 50 páginas exigiendo la liberación de las detenidas ya que encontraron “innumerables irregularidades que se han cometido durante este proceso” y pidieron que se aparte a la jueza de la causa, Silvina Domínguez, debido a que “adelantó su opinión sobre cuestiones en las cuales, en esta etapa procesal, ella no estaba autorizada”.
El punto central del escrito que presentaron los y las abogadas es que “con la acusación de usurpación que pesa sobre todas las personas imputadas y todas las personas procesadas, no se sostiene una prisión preventiva. Para ser claro, si estas mujeres no fueran mapuches, estarían en libertad”, remató el abogado.
Incluso en caso de que fueran condenadas, la pena prevista es menor. Además, al no poseer antecedentes ninguna de ellas, lo más probable es que la sentencia, en caso que hubiera, sería de cumplimiento condicional y no efectivo, es decir, no deberían ir a prisión. “Algunas de ellas ni siquiera irían a juicio, porque probablemente podrían acceder a una suspensión del juicio a prueba”, sumó el abogado de la Gremial.
En relación a por qué las mujeres mapuches no pueden transitar el proceso judicial en libertad, Franquet consideró que “la jueza tranquilamente podría haber dictado el procesamiento, si es que entendía que debían ser procesadas, sin prisión preventiva, tomando el recaudo de hacerles fijar un domicilio, del cual no pueden ausentarse sin informarle a la jueza. Eso se hace normalmente con el común de las personas que están acusadas de delitos menores. Evidentemente, en este caso no se hace porque son mapuches. La jueza tiene una idea de lo que es ser mapuche que no entra en sus parámetros de normalidad”.
Para la Gremial de Abogadas y Abogados de la Argentina, el allanamiento se hizo de forma irregular porque en ningún momento las personas que supuestamente usurpaban el predio fueron anoticiadas de que iban a ser allanadas, por lo que no pudieron acceder a que se realizara el procedimiento, sin necesidad de violencia. “Sin previo aviso cayeron disparando contra la comunidad, arrojando gases lacrimógenos y gases vomitivos en un lugar donde sabían perfectamente que había niños”, consideró Franquet y agregó que “muchas de las pruebas que se esgrimen contra estas personas fueron obtenidas en un allanamiento absolutamente irregular. Incluso, las personas que están prófugas podrían tranquilamente presentarse a declarar, si supieran que no van a ser automáticamente detenidas”.