Bolivia: derecho soberano del Estado a controlar recursos naturales
La Comisión de Recursos Naturales Renovables, Tierra Territorio y Medio Ambiente de la Asamblea Constituyente concluye: Ningún tratado internacional puede violar el derecho soberano del Estado a controlar sus recursos naturales
La Comisión de Recursos Naturales Renovables, Tierra Territorio y Medio Ambiente de la Asamblea Constituyente terminó de redactar los artículos de la materia que le ocupa. Los constituyentes de diferentes partidos coincidieron en la necesidad de elevar a rango constitucional el principio de conservación de un medio ambiente sano para las futuras generaciones; el reconocimiento de derechos y deberes ambientales, y la preservación de la soberanía nacional y los derechos del pueblo en la suscripción de cualquier convenio o tratado internacional.
En las deliberaciones de la Asamblea Constituyente y en los diversos foros territoriales celebrados en todo el país quedó en evidencia que en el abordaje del tema medioambiental sobresalen los consensos y casi desaparecen los disensos, a pesar de la diversidad ideológica de los representantes políticos y líderes sociales.
Todos coinciden en la necesidad de constitucionalizar políticas de gestión ambiental que apunten a la conservación y aprovechamiento sostenible de la biodiversidad y los recursos naturales. La generalidad concuerda en que, dada la crisis ambiental planetaria, es una tarea ineludible del Estado y la sociedad la defensa del patrimonio natural del Estado como un pilar del desarrollo del país.
El presidente de la Comisión Carlos Romero declaró a la agencia ABI que la constitucionalización de los derechos y deberes ambientales obligará al Estado a brindar los mecanismos necesarios para que la ciudadanía disfrute de un medio ambiente sano.
Dos artículos relevantes aprobados por la Comisión de Recursos Naturales Renovables, Tierra Territorio y Medio Ambiente son:
1. "Todas las personas tienen el derecho a un medio ambiente sano, protegido y ecológicamente equilibrado, que permita a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente. Cualquier persona, a titulo individual o en representación de una colectividad, está legitimada para accionar en defensa de este derecho con las mismas prerrogativas y responsabilidades del régimen común de legitimación procesal".
2. "En todo acuerdo, convenio o norma internacional que suscriba el Estado sobre recursos de biodiversidad o actividades que afecten el medio ambiente se deberá garantizar los derechos del pueblo boliviano, la soberanía nacional y el control de los recursos naturales".