Otra vez lo ambiental es marginal: Explotación petrolera en Ecuador
Acción Ecológica opina sobre la Ley de Hidrocarburos: "La Reforma a la Ley de Hidrocarburos no está respetando el nuevo marco Constitucional, vigente desde hace dos años. Si fuese así, entonces tendría que desalentar la expansión de la industria petrolera, por conllevar múltiples impactos negativos sobre las comunidades, la naturaleza, el entorno."
30 de julio del 2010
Desde que se inició la explotación petrolera en el país, hace más de 40 años, las consecuencias ambientales que ésta trajo han sido manejadas de forma marginal, no se lo ha considerado importante dentro de las políticas, ni para la toma de decisiones ni para elaborar el marco jurídico que la ha regido. Siempre se priorizaron los ingresos económicos que la extracción de este recurso generaba sobre los graves impactos ambientales, sociales y culturales que son inherentes a esta actividad.
Acaba de aprobarse por “el ministerio de la Ley” Reformas a la ley de Hidrocarburos en las que lamentablemente no se ve que haya diferencias con lo actuado históricamente. Antes y ahora el tema ambiental únicamente ha sido un discurso necesario de incluirlo para mantener una buena imagen, sobre todo a nivel internacional donde el problema del cambio climático íntimamente relacionado con el petroleo y en general los combustibles fósiles esta en debate.
Este uso del “discurso ambiental”, muchas veces cae en contradicciones, así tenemos por ejemplo: que en la Exposición de Motivos de la Reforma a la Ley de Hidrocarburos se dice que los recursos naturales no renovables “son de carácter estratégico y para su explotación se debe garantizar un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad, la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras.” ¿Cómo podemos hablar de explotación sustentable de un recurso no renovable? Si es No Renovable éste se agota y de ninguna manera podrá asegurar la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras. Además es conocido, y el caso Texaco en Ecuador y el derrame del Golfo de México lo demuestran, que no existe posibilidad de extraer petróleo sin causar impactos ambientales y sociales. Por lo tanto esta actividad no puede ser amigable con la naturaleza, conservar la biodiversidad ni la diversidad cultural.
La Reforma a la Ley de Hidrocarburos no está respetando el nuevo marco Constitucional, vigente desde hace dos años. Si fuese así, entonces tendría que desalentar la expansión de la industria petrolera, por conllevar múltiples impactos negativos sobre las comunidades, la naturaleza, el entorno, etc. sin embargo, lo que hace es alentar la producción, como se ve en la misma Exposición de Motivos que manifiesta: “..... resulta necesario Reformar la Ley de Hidrocarburos, introduciendo disposiciones que permitan impulsar la actividad hidrocarburífera, incrementando los niveles de producción de los campos petroleros.” Esto, además, va en contra de lo que ha defendido el estado ecuatoriano internacionalmente en relación con el ITT.
En en el Art. 12 de la Ley reformatoria a la Ley de Hidrocarburos se añade al Art. 74 de la Ley de Hidrocarburos, referente a las causas de caducidad de los contratos, una nueva causal de caducidad relacionada con el aspecto ambiental. Así tenemos “El Ministerio del Ramo podrá declarar la caducidad de los contratos, si el contratista: Provocare, por acción u omisión, daños al medio ambiente, calificados por el Ministerio Sectorial; siempre que no los remediare conforme a lo dispuesto por la autoridad competente.” Parecería un logro importante la introducción de esta causal, sin embargo, ¿hasta qué punto es viable que se llegue realmente a cumplir esto? si el daño ambiental será calificado por el Ministerio Sectorial, es decir: el de Recursos Naturales no renovables. En otras palabras, puede esperarse que el Ministerio, cuya función es promover la explotación petrolera, califique un daño ambiental con la posibilidad de caducar un contrato? La segunda parte del texto añadido dice “.....siempre que no los remediare.....” La población que vive en las zonas petroleras sabe que remediar significa eliminar la mancha negra de petroleo para que no se vea y nada más. Remediar es lo que hizo Texaco después de sus operaciones y que sin embargo durante las inspecciones del juicio que se ventila en las cortes de Lago Agrio contra esta empresa, se ha demostrado que esa zona sigue gravemente contaminada. Es por esto que en la Constitución vigente se adopta el término reparación integral, dentro del cual está la restauración de la naturaleza, que es mucho más amplio que la simple remediación que siempre se ha usado y que no ha sido eficiente.
Una de las novedades ovacionadas por el gobierno, que se ha añadido en esta Ley reformatoria es la obligación de destinar el 12% de las utilidades para proyectos de inversión social en salud y educación para la población que se encuentre dentro del área delimitada por cada contrato. Esto también suena bien, pero recordemos que proveer de atención social en salud y educación es una obligación del Estado para con toda la población, independientemente de donde se encuentre ubicada. Resulta, entonces, muy cuestionable someter el desarrollo o la satisfacción de derechos a que las comunidades acepten o convivan con la industria petrolera. Dicho de otra manera, para que una comunidad reciba ese fondo en salud y educación debe permitir que una empresa le contamine el agua, el suelo, el aire y le cause enfermedades.
El presidente de la República ha dicho que ahora las cosas han cambiado porque antes venía una empresa, extraía el petróleo, se llevaba toda la plata y dejaba el “basurero” en la comunidad; en cambio ahora la empresa vendrá, extraerá el petróleo y dejará una parte de la plata en la comunidad. Pero, Y el “basurero”? Lo que no se dice es que el “basurero” seguirá quedando en la comunidad, esta vez legitimizado puesto que estarán recibiendo plata de las utilidades.
Todos los Gobiernos han insistido en la necesidad de extraer el petróleo para salir de la pobreza. Recordemos que Gustavo Noboa decía que la construcción del OCP era de vida o muerte, que no íbamos a priorizar pajaritos y mariposas mientras los niños pobres se mueren de hambre. Y ahora el actual gobierno dice que no podemos ser pobres encima de un colchón de oro. ¿Se trata de los mismos pobres de hace 7 años? Por qué sigue habiendo pobres si el OCP se construyó en el 2003? Algo está pasando. Se repite una y otra vez que la explotación petrolera contribuye con el desarrollo, si queremos ponernos a tono con la Constitución, sería más correcto que contribuya al régimen del buen vivir, que comprende toda una gama de derechos. Y no como el desarrollo, que sólo crea meras expectativas. Ya es hora de pensar seriamente en el Ecuador Post Petrolero, no les parece?
gro.acigolocenoicca@inusay