Paraguay: comunicado de prensa sobre ley “De Control de Productos Fitosanitarios de uso Agrícola”

Idioma Español
País Paraguay

Alter Vida- Centro de Estudios y Formación para el Ecodesarrollo manifiesta que es urgente la reglamentación de Ley No. 3742/09 “De Control de Productos Fitosanitarios de uso Agrícola”

 

Si bien reconocemos que la mencionada Ley, fue redactada a la medida de los sectores dedicados a la agricultura mecanizada y al comercio de plaguicidas y se orienta a la ampliación de la frontera agrícola así como sobre comunidades campesinas e indígenas y sobre zonas actualmente destinadas a la protección de fuentes de agua.

 

Se precisan reglas claras para el uso de los agroquímicos, ya que constituye una problemática muy sensible a los temas socioambientales relacionados con la sustentabilidad de la producción, el respeto a los recursos naturales y la salud de la ciudadanía en general.

 

Mencionamos que la reglamentación de la Ley No. 3742/09 “De Control de Productos Fitosanitarios de uso Agrícola”., no solo involucra al sector productivo agroexportador convencional y afines, sino que debe tener en cuenta la opinión de la Secretaria del Ambiente- SEAM, el Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social- MSP y BS, de los gremios de productores agroecológicos y orgánicos, así como las Organizaciones civiles.

 

Por ultimo cabe resaltar la gestión del Ing. Agr. Miguel Lovera, quien desde que asumió la presidencia del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), se aplican las normativas vigentes y dicha Institución fortalece el diálogo con todos aquellos sectores interesados en construir en nuestro país una convivencia productiva con equidad y respeto para todos.

 

Considerando lo anteriormente expuesto Alter Vida manifiesta:

 

1. Que los plaguicidas regulados por la ley constituyen una problemática que afecta a toda la población paraguaya, pero su incidencia es particularmente crítica sobre los sectores campesinos e indígenas, por lo tanto se necesita urgente la reglamentación de la Ley Nº. 3742/09.

 

2. Su preocupación en la utilización de plaguicidas por los sectores agroexportadores convencionales de manera indiscriminada y su deseo de seguir realizándolo al margen de las normas vigentes, sin considerar sus consecuencias sobre la vida, la salud y el ambiente.

 

3. El apoyo a la gestión que realiza el Presidente del SENAVE para reglamentar la Ley con la participación de todos los sectores, en coordinación con la Secretaria del Ambiente- SEAM, el Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social- MSP y BS.

 

Red Rural, Internet, 16-11-10

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