Argentina, La Rioja: comunicado de prensa de las Asambleas de Sanagasta, Famatina y Chilecito

"La Asamblea de Sanagasta, la Asamblea de Famatina y la Asamblea Chilecito, de manera alborozada comparten con todos sus miembros, los vecinos de toda la provincia y de mas compañeros de lucha, el histórico fallo que la Corte Suprema de Justicia poniendo así en plena vigencia en la Provincia de San Juan y esperemos que en todo el país (sin excepciones) la Ley de Glaciares ."

COMUNICADO DE PRENSA

La Rioja, 03 de julio de 2012

La Asamblea de Sanagasta, la Asamblea de Famatina y la Asamblea Chilecito, de manera alborozada comparten con todos sus miembros, los vecinos de toda la provincia y de mas compañeros de lucha, el histórico fallo que la Corte Suprema de Justicia a través de sus ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Santiago Petracchi y Juan Carlos Maqueda, concretó poniendo así en plena vigencia en la Provincia de San Juan y esperemos que en todo el país (sin excepciones) la Ley de Glaciares .

El fallo en sí, dejó sin efecto las medidas cautelares presentadas por Minera Argentina Gold, Barrick Gold S.A. (vinculadas a las Minas Veladero y Pascua-Lama) y las cautelares solicitadas por la Asociación Obrera Minera Argentina (Aoma) y Aoma seccional San Juan, la Cámara Minera de San Juan, la Confederación General del Trabajo Regional San Juan, la Cámara de Servicios Mineros y la Cámara Argentina de la Construcción, que de hecho, impedía la aplicación de los artículos: Articulo 3º, que dispone realizar un inventario de recursos; el Artículo 5º, que prohíbe actividades que impliquen la destrucción de glaciares; el Artículo 7º, que obliga a realizar estudios de impacto ambiental; el Artículo que establecía la obligación de presentar un cronograma para la ejecución del inventario. También, el artículo 15º, que obliga a someter a realizar una auditoría ambiental.

Despejada la vía legal, es de esperar que ahora el IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, Conicet) pueda realizar las tareas encomendadas por la ley, de efectuar el relevamiento de glaciares y ambientes periglaciares en la provincia de San Juan y el resto del país.

Esto obliga al gobernador Beder Herrera, a respetar los 400 glaciares de la provincia, y fundamentalmente a anular el convenio con Osisko, toda vez que en el Famatina existen glaciares y zonas periglaciares protegida por la Ley.

El FAMATINA NO SE TOCA!
NO AL PLAN NACIONAL NUCLEAR!

Fuente: UAC

Temas: Minería

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