Biopatentes o la apropiación mercantil de la vida

Idioma Español

"Las biopatentes o patentes biológicas, representan las piezas inconfundibles de un sistema abusivo y fuera de control de transferencia arbitraria de propiedad sobre la vida, que las naciones industrializadas pretenden imponerle a toda la Humanidad."

 

Por Pedro Rivera Ramos

 

Como concepto, las llamadas biopatentes contienen una connotación ideológica y mercantil muy pronunciada. Es atribuible, si seguimos el hilo discursivo de las corporaciones transnacionales que están detrás de ellas, al tipo de propiedad intelectual que concede derechos exclusivos y monopólicos de explotación y usufructo, a los que por vía legal logran obtener una cuestionable propiedad privada sobre organismos vivos (plantas, animales, microorganismos), procesos biológicos o componentes esenciales de la vida. Es decir, que las biopatentes o patentes biológicas, representan las piezas inconfundibles de un sistema abusivo y fuera de control de transferencia arbitraria de propiedad sobre la vida, que las naciones industrializadas pretenden imponerle a toda la Humanidad. Esta singular manera de extender el concepto de propiedad a la vida y sus formas diversas, ha necesitado que las oficinas de Patentes de las naciones poderosas, interpreten con laxitud las exigencias tradicionales nacidas hace más de cinco siglos para conceder patentes y que soslayen con excesiva facilidad y no poco interés en garantizar el lucro desmedido de las transnacionales, que los “descubrimientos novedosos” por ellas encontrados, ya existían en la Naturaleza y sólo han sido alterados recientemente en uno o en unos cuantos caracteres.

 

Pero no se puede hablar sobre el patentamiento de la vida o de los seres vivos, sin mencionar a la llamada prospección biológica; actividad tan antigua como el colonialismo que soportaron las naciones latinoamericanas y caribeñas y que hoy con muchas más razones, tiende a semejar una verdadera acción de biopiratería o de despojo de nuestros recursos naturales y el saber contenido en ellos. De modo que la exploración sistemática de nuestros territorios por representantes o enviados de las grandes empresas farmacéuticas o de ingeniería genética, en la búsqueda de algún recurso biológico o bioquímico con utilidad mercantil, se viene haciendo en la mayoría de los casos, sin la anuencia de los Estados involucrados y mucho menos, de sus comunidades campesinas e indígenas.

 

Aún cuando se puedan desarrollar e invocar justificaciones y normas legales, para conceder propiedad privada sobre plantas y animales a través de las Patentes y del llamado Derecho del Obtentor, regulado por la Unión Internacional de Protección Vegetal (UPOV) en su versión 91, lo cierto es que tal proceder carece de legitimidad alguna, ya que esas plantas y animales llegaron hasta nuestros días gracias al trabajo de domesticación, conservación y mejoramiento, que desde la aparición de la agricultura hace ya 12,000 años atrás, fueron realizando los seres humanos. Por ello resulta además contrario a cualquier ética, reclamar propiedad sobre organismos vivos o sus componentes básicos, que por ser obra del trabajo y esfuerzo colectivo, pertenecen a toda la Humanidad. Sin embargo, las empresas transnacionales empeñadas en controlar totalmente nuestra alimentación y los recursos esenciales para producirlos, con su poderoso poder económico y su muy respetable arsenal de influencias y presiones políticas, han conseguido lo que algunas décadas atrás podría parecer impensable: obtener derechos de propiedad sobre nuestros principales cultivos alimenticios y sobre bienes intangibles asociados también a éstos.

 

En la actualidad la actividad de patentar seres vivos, está fuertemente concentrada en grandes corporaciones transnacionales, que intervienen no sólo en semillas agrícolas, sino además en plaguicidas, medicamentos humanos y veterinarios, fertilizantes, alimentos, etc. Gran parte de la supuesta “mejora” que estas empresas vienen desarrollando hoy, por ejemplo, con los cultivos alimenticios, descansa en la producción de plantas transgénicas con resistencia a herbicidas o capaces de producir la toxina del Bacillus thuringiensis. También buscan que tecnologías tan perversas como lucrativas, como “Terminator” y “Zombie”, les sean finalmente permitidas. Naturalmente que todo esto exige contar con patentes con el objetivo, según nos aseguran, de recuperar sus inversiones, protegerlas durante un largo tiempo y garantizarle a sus socios las ganancias correspondientes. En este contexto, muy poca participación y beneficio pueden alcanzar los sistemas de mejoramiento nacionales y mucho menos los fitomejoradores independientes.

 

Las biopatentes o patentes biológicas para el sector agropecuario, forman parte de la estrategia capitalista que se inicia con la apropiación privada de las semillas agrícolas y continúa con la aparición de los híbridos. Luego aparece la transgénesis como anillo al dedo e inaugura con ello, una nueva fase en la escalada por el control de las semillas, los campesinos y los alimentos. De ese modo, es que el énfasis actual por el patentamiento de los elementos fundamentales para producir alimentos, amenazan con desplazar ahora y en el futuro inmediato a los campesinos e indígenas de sus tierras y hacer de la agricultura, un negocio enteramente capitalista, donde lo que importa no es la producción de alimentos para la Humanidad, sino el lucro y la ganancia.

 

Aquí en Panamá, un ligero repaso a las legislaciones que rigen la materia de Patentes y Derecho del Obtentor, pone de manifiesto que las mismas responden íntegramente a las concepciones predominantes sobre el llamado libre comercio y sobre la necesidad de proteger inventos y descubrimientos, bajo la supuesta finalidad de estimular el desarrollo de la ciencia y de la creatividad humanas. Sin embargo, para el caso específico de las patentes biológicas y los derechos sobre variedades vegetales, no parece que tales objetivos sean los que orienten el creciente interés por el patentamiento de la vida.

 

De allí que, pese a que la legislación nacional que crea la Dirección General de Registro de la Propiedad Industrial (DIGERPI), establece claramente que exceptúa de patentabilidad “las especies vegetales y las especies y razas animales” y que nuestra adhesión en la UPOV es al Acta del 78, que concede algunas libertades en cuanto a las cosechas y el mejoramiento, existen razones poderosas para creer que esto va a cambiar pronto, una vez entre en vigencia el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Panamá. Este engendro exige que nuestro país se adhiera según su capítulo 15, al menos a 10 normas internacionales relacionadas con la propiedad intelectual, entre ellas a la versión 91 de la UPOV, para convertir, como recientemente ocurrió en Chile, el Derecho de Obtentor en una verdadera patente sobre variedades vegetales.

 

Resulta evidente que las poderosas transnacionales y sus tecnologías fundadas únicamente en el negocio capitalista, no tienen el más mínimo interés en resolver los problemas del hambre en el mundo. Lo que persiguen fundamentalmente, es tener el control sobre el principal eslabón del sistema alimentario y obligar a los más de 1,400 millones de campesinos del planeta que guardan sus semillas para las siembras próximas, a comprarlas inevitablemente todos los años. Esto lógicamente, contribuirá a acentuar en mayor grado, la pérdida irreversible de la biodiversidad universal.

 

Por ello, urge retirar cuanto antes el patentamiento de cualquier forma de vida, principalmente de las plantas y animales de la esfera mercantil y de todo espacio o foro económico internacional. De no hacerlo, aumentará la pobreza en el área rural; se reducirá significativamente la riqueza biológica y natural del planeta; se transformará el paisaje y la vida en los campos y la agricultura perderá, finalmente, su verdadera razón de ser.

Temas: Derechos de propiedad intelectual

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